RESOLUCIÓN N° 133- SSTRANSPMIYSPGP-18

 

LA PLATA, 25 de octubre de 2018.

 

VISTO el EX 2018-22564261-GDEBA-DPCLMIYSPGP del Registro del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Pcia. de Buenos Aires, y la RESOL-2018—GDEBA-SSTRANSPMIYSPG, por la cual se aprobó el nuevo marco normativo para la implementación de los Servicios Especializados de Turismo de Temporada, establecidos en el artículo 18 de la Ley Orgánica del Transporte de Pasajeros Decreto-ley N° 16378/57, y 27, 29, 30, 31 y 35 del Decreto reglamentario N° 6864/58, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que a través de la RESOL-2018-132-GDEBA-SSTRANSPMIYSPGP, se aprobó el procedimiento aplicable al otorgamiento de permisos de Servicios Especializados de Turismo Temporada, con ajuste al artículo 27 del decreto N° 6864/58, con destino a las localidades ubicadas sobre la Costa Atlántica;

 

Que a tenor de lo establecido en el artículo 18 los servicios de “Turismo” inciso b) “se autorizarán por cada temporada, y en ningún caso por un plazo mayor de cinco (5) meses”;

 

Que atento el inminente inicio de la temporada estival corresponde establecer el plazo de inicio y finalización para la presentación de las propuestas para realizar servicio de turismo temporada con ajuste a la RESOL-2018-132-GDEBA-SSTRANSPMIYSPGP;

 

Que el presente acto se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 17, 18 y 56 Inc. 1°, 4° y 9° del Decreto-Ley N° 16.378/57 -Ley Orgánica de Transporte de Pasajeros-, y 27, 30, 31 y 35 de su Decreto Reglamentario N° 6.864/58; Ley N° 14.989 y Decreto N° 35/18;

 

Por ello,

 

EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE

DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1°. Declarar abierta la inscripción para la presentación de propuestas para realizar servicios de turismo en el marco de la RESOL-2018-132-GDEBA-STRANSPMIYSPGP, correspondientes a la Temporada 2018/2019, desde el día 29 de octubre hasta el día 9 de noviembre de 2018.

 

ARTÍCULO 2°. El periodo de Turismo de Temporada Alta 2018/2019, es el comprendido entre el 3 de diciembre de 2018 y el 10 de mayo de 2019.

 

ARTÍCULO 3°. Las solicitudes deberán presentarse en la Mesa de Entradas de la Subsecretaría de Transporte, sita en calle 7 N° 1267 entre 58 y 59 piso 7mo de la ciudad de La Plata, y deberán ajustarse a los requisitos establecidos en la RESOL-2018-132-GDEBA-SSTRANSPMIYSPGP.

Si los interesados no cumplimentan los requisitos y pautas básicas establecidas en dicha resolución, serán intimados y debidamente notificados a fin de que en un plazo perentorio de cinco (5) días hábiles administrativos, cumplan con los mismos, bajo apercibimiento de tener por desistidas las propuestas formuladas.

Sin perjuicio de lo establecido en el párrafo anterior, si al día 30 de noviembre de 2018 los interesados debidamente intimados no acreditan el total cumplimiento de los requisitos impuestos por la RESOL-2018- 132-GDEBA-SSTRANSPMIYSPGP, se tendrá por desistida la propuesta.

 

ARTÍCULO 4°. Registrar, publicar en el Boletín Oficial, comunicar. Cumplido archivar.

 

Mariano Daniel Campos, Subsecretario.

 

C.C. 12156