Decreto 259/2020
La Plata, 17 de abril de 2020
VISTO el expediente EX-2020-02044319-GDEBA-DPPOSMSALGP y agregado en tramitación conjunta del Ministerio de Salud, por el cual tramita la aceptación de la renuncia de Enrique Alberto RIFOURCAT, a partir del 17 de diciembre de 2019, al cargo de Director Ejecutivo del Ente Descentralizado Hospital Integrado de la Región Sanitaria XI, dependiente de la Dirección de Regiones y Redes Sanitarias de la Dirección Provincial de Planificación Operativa en Salud dependiente de la Subsecretaría de Planificación y Contralor Sanitario, y la designación en su reemplazo, a partir del 2 de febrero de 2020, delMédico Armando Claudio CARDOSO, y
CONSIDERANDO:
Que Enrique Alberto RIFOURCAT presentó su renuncia al cargo mencionado en el exordio, a partir del 17 de diciembre de 2019, quien había sido designado por Decreto Nº 746/16;
Que la presente situación se encuentra contemplada en lo establecido por el artículo 14 inciso b) de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96), reglamentada por Decreto Nº 4161/96, en
concordancia con el artículo 45 inciso b) de la Ley Nº 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley Nº 10.528;
Que la Dirección de Sumarios Administrativos informa que el agente saliente no registra actuaciones sumariales pendientes de resolución;
Que, por otra parte, se propicia aceptar, a partir del 1° de febrero de 2020, la renuncia presentada por Armando Claudio CARDOSO a las funciones interinas de Jefe de Unidad de internación o Consulta Diagnóstico por Imágenes – treinta y seis (36) horas semanales de labor en el Hospital Zonal General de Agudos "Dr. Horacio Cestino" de Ensenada, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas, asignadas oportunamente mediante Resolución N° 2528/16 del Ministerio de Salud;
Que, en consecuencia, se propicia designar, a partir del 2 de febrero de 2020, como Director Ejecutivo del Ente Descentralizado Hospital Integrado de la Región Sanitaria XI, dependiente de la Dirección de Regiones y Redes Sanitarias de la Dirección Provincial de Planificación Operativa en Salud dependiente de la Subsecretaría de Planificación y Contralor Sanitario, en el régimen laboral de disposición permanente, de acuerdo a lo determinado por el artículo 9º del Decreto Nº 135/03, reglamentario de la Ley Nº 11.072 de Descentralización Hospitalaria, al Médico Armando Claudio CARDOSO;
Que corresponde concretar la medida tramitada por esas actuaciones, exceptuándola de las condiciones determinadas en el segundo párrafo de la norma legal mencionada precedentemente, por cuanto en el nosocomio de marras no se ha constituido Consejo de Administración, y por contar el causante con la idoneidad necesaria para desempeñar el cargo de Director Ejecutivo;
Que el nombramiento se gestiona a partir de fecha cierta por motivos de servicio, como excepción al artículo 11 del Decreto Nº 272/17 E, modificado por el artículo 3° del Decreto N° 99/20;
Que en virtud del trámite propiciado, el profesional mencionado reserva el cargo que posee como Médico de Hospital “A”- Especialidad: Clínica Médica – treinta y seis (36) horas semanales guardia en el Hospital Zonal General de Agudos "Dr. Horacio Cestino" de Ensenada, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas, mientras se desempeñe como Director Ejecutivo del establecimiento citado en el exordio del presente, de conformidad con lo determinado por el artículo 23 de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96), reglamentada por Decreto N° 4161/96, en concordancia con el artículo 33 de la Ley N° 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 10528;
Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal dependiente de la Subsecretaría de Empleo Público y Gestión de Bienes del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, y la Dirección Provincial de Presupuesto Público dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1°. Aceptar en la Jurisdicción 1.1.1.12 – Ministerio de Salud, a partir del 17 de diciembre de 2019, de acuerdo a lo establecido por el artículo 14 inciso b) de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96), reglamentada por Decreto Nº 4161/96, en concordancia con el artículo 45 inciso b) de la Ley Nº 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley Nº 10.528, la renuncia presentada por Enrique Alberto RIFOURCAT (DNI N° 18.333.306 – Clase 1967), como Director Ejecutivo del Ente
Descentralizado Hospital Integrado de la Región Sanitaria XI, dependiente de la Dirección de Regiones y Redes Sanitarias de la Dirección Provincial de Planificación Operativa en Salud dependiente de la Subsecretaría de Planificación y Contralor Sanitario, en el que había sido designado por Decreto N° 746/16.
ARTÍCULO 2°. Aceptar en la Jurisdicción 1.1.1.12 – Ministerio de Salud, a partir del 1° de febrero de 2020, la renuncia presentada por Armando Claudio CARDOSO (DNI N° 13.327.883 – Clase 1959), a las funciones interinas de Jefe de Unidad de internación o Consulta Diagnóstico por Imágenes – treinta y seis (36) horas semanales de labor, en el Hospital Zonal General de Agudos "Dr. Horacio Cestino" de Ensenada, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas, asignadas oportunamente mediante Resolución N° 2528/16.
ARTÍCULO 3°. Designar en la Jurisdicción 1.1.1.12 – Ministerio de Salud, exceptuándose de los alcances del artículo 11 del Decreto Nº 272/17 E, modificado por el artículo 3° del Decreto N° 99/20, a partir del 2 de febrero de 2020, al Médico Armando Claudio CARDOSO (DNI N° 13.327.883 – Clase1959) como
Director Ejecutivo del Ente Descentralizado Hospital Integrado de la Región Sanitaria XI, dependiente de la Dirección de Regiones y Redes Sanitarias de la Dirección Provincial de Planificación Operativa en Salud dependiente de la Subsecretaría de Planificación y Contralor Sanitario, con un régimen laboral de disposición permanente, de conformidad con lo establecido por el artículo 9º del Decreto Nº 135/03, reglamentario de la Ley Nº 11.072 de Descentralización Hospitalaria, con excepción de las condiciones determinadas en el segundo párrafo de dicha norma legal.
ARTÍCULO 4º. Reservar en la Jurisdicción 1.1.1.12 - Ministerio de Salud, a partir del 2 de febrero 2020, el cargo que posee el profesional mencionado en el artículo precedente, como Médico de Hospital “A”Especialidad Clínica Médica – treinta y seis (36) horas semanales guardia en el Hospital Zonal General de Agudos "Dr. Horacio Cestino" de Ensenada, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas, mientras se desempeñe como Director Ejecutivo del Ente Descentralizado Hospital Integrado de la Región Sanitaria XI, dependiente de la Dirección de Regiones y Redes Sanitarias de la Dirección Provincial de Planificación Operativa en Salud dependiente de la Subsecretaría de Planificación y Contralor Sanitario, de conformidad con lo determinado por el artículo 23 de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96), reglamentada por Decreto N° 4161/96, en concordancia con el artículo 33 de la Ley N° 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 10.528.
ARTÍCULO 5º. El presente Decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud y de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 6º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
Daniel Gustavo Gollán, Ministro; Carlos Alberto Bianco, Ministro; Axel Kicillof, Gobernador