DECRETO 1262/2024

LA PLATA, 27 de Julio de 2024

VISTO el expediente EX-2022-00520703-GDEBA-HIAEPSSMLMSALGP del Ministerio de Salud, por el cual tramita la designación de Lucia Andrea MARTINEZ BARONE en Hospital Interzonal de Agudos Especializado en Pediatría "Superiora Sor María Ludovica" de La Plata, y

CONSIDERANDO:

Que atento lo establecido por la Resolución N° 3491/21 del Ministerio de Salud y modificatoria y la Disposición N° 248/21 y modificatoria de la Dirección Delegada de la Dirección Provincial de Personal ante el referido Ministerio, se formuló un llamado a concurso abierto de ingreso al escalafón de la Carrera Profesional Hospitalaria, de acuerdo con lo determinado en los artículos 5º y 21 inciso b) de la Ley Nº 10.471 y modificatorias, reglamentada por Decreto Nº 1192/91 y su ampliatorio Decreto Nº 1719/91, para cubrir, entre otros, dos (2) cargos de Medico/a - Especialidad: Psiquiatría y Psicología Pediátrica, en grado de Asistente, con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales guardia de labor en el Hospital Interzonal de Agudos Especializado en Pediatría "Superiora Sor María Ludovica" de La Plata;

Que conforme Acta labrada por el jurado constituido a tales efectos, se seleccionó a Lucia Andrea MARTINEZ BARONE para cubrir uno de los cargos de la Planta Permanente de la Ley N° 10.471 y modificatorias detallado en el párrafo que antecede;

Que, en consecuencia, se propicia la designación de la citada agente, a partir del 14 de diciembre de 2021, quien reúne los recaudos legales, condiciones y aptitudes necesarios para desempeñar dicha función, por haber obtenido el puntaje necesario;

Que, a fin de obtener la vacante respectiva, se propicia limitar, a partir del 14 de diciembre de 2021, la designación con carácter interino de Lucia Andrea MARTINEZ BARONE, en idénticos cargo, lugar de prestación de servicios y régimen horario, oportunamente formalizada mediante Decreto Nº 1463/19;

Que la agente cuya designación se propicia se desempeña efectivamente en un establecimiento hospitalario del Ministerio de Salud, y dicha jurisdicción cuenta con el cargo necesario, de acuerdo con lo previsto en el Presupuesto General Ejercicio 2023 – Ley N° 15.394, prorrogado para el Ejercicio 2024 mediante Decreto N° 12/24;

Que por el artículo 4º inciso b) del Decreto-Ley Nº 9650/80 (Texto Ordenado por Decreto Nº 600/94), se estableció que el personal que realice tareas insalubres efectuará un aporte previsional mensual obligatorio del dieciséis por ciento (16%) sobre la remuneración que perciba;

Que en virtud de lo normado por Decreto Nº 947/89, la mencionada profesional debe efectuar el aporte previsional al que se alude en el acápite anterior;

Que, asimismo, la postulante se encuentra alcanzada por los términos del Decreto N° 598/15, modificado por Decreto N° 1554/22, por el cual se declaró el desgaste laboral o agotamiento prematuro para el personal que presta servicios en los establecimientos asistenciales dependientes del Ministerio de Salud;

Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público, la Dirección Provincial de Asuntos Jurídicos dependiente de la Subsecretaría Legal y Técnica, ambas de Secretaría General, y la Dirección Provincial de Presupuesto Público dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Economía;

Que la gestión que se promueve se exceptúa de lo dispuesto en el primer párrafo del artículo 11 del Decreto N° 272/17 E y modificatorios, y se impulsa conforme los términos de los artículos 5°, 7° inciso 1), 21 inciso b), 26 y 50 de la Ley N° 10.471 y modificatorias, reglamentada por Decreto Nº 1192/91 y su ampliatorio Decreto Nº 1719/91;

Que, asimismo, la medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1°. Limitar, en la Jurisdicción 1.1.1.12 – MINISTERIO DE SALUD, a partir del 14 de diciembre de 2021, la designación de Lucia Andrea MARTINEZ BARONE (DNI Nº 32.108.941 – Clase 1986) como Médica – Especialidad: Psiquiatría y Psicología Pediátrica, en grado de Asistente, con carácter interino y un régimen de treinta y seis (36) horas semanales guardia de labor en el Hospital Interzonal de Agudos Especializado en Pediatría "Superiora Sor María Ludovica" de La Plata, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales, oportunamente formalizada por Decreto Nº 1463/19, de conformidad con lo establecido en el artículo 50 de la Ley N° 10.471 y modificatorias.

ARTÍCULO 2°. Designar, en la Jurisdicción 1.1.1.12 – MINISTERIO DE SALUD, a partir del 14 de diciembre de 2021, en un cargo de la Planta Permanente con Estabilidad de la Ley N° 10.471, a Lucia Andrea MARTINEZ BARONE (DNI Nº 32.108.941 – Clase 1986) como Médica – Especialidad: Psiquiatría y Psicología Pediátrica, en grado de Asistente, con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales guardia de labor en el Hospital Interzonal de Agudos Especializado en Pediatría "Superiora Sor María Ludovica" de La Plata, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales, conforme Concurso Abierto de Méritos, Antecedentes y Evaluación, en los términos de lo establecido en los artículos 5°, 7° inciso 1), 21 inciso b) y 26 de la Ley N° 10.471 y modificatorias, exceptuando la medida de lo dispuesto por primer párrafo del artículo 11 del Decreto N° 272/17 E y modificatorios.

ARTÍCULO 3°. Dejar establecido que, a partir del 14 de diciembre de 2021, la profesional citada en el artículo precedente debe efectuar un aporte previsional mensual obligatorio del dieciséis por ciento (16%) sobre la remuneración que percibe, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 4° inciso b) del Decreto-Ley N° 9650/80 (Texto Ordenado por Decreto N° 600/94), en virtud de lo previsto por Decreto Nº 947/89.

ARTÍCULO 4°. Atender el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el presente, con imputación a la Jurisdicción 1.1.1.12: MINISTERIO DE SALUD - Jurisdicción Auxiliar 00 – Unidad Ejecutora: 99 - Programa: 0019 – Subprograma: 007 – Actividad: 01 – Ubicación Geográfica: 441 - Finalidad 3 – Función 1 – Subfunción 0 - Fuente de Financiamiento 1.1 - Inciso 1 - Partida Principal 1 – Parcial 0 - Régimen Estatutario 09 - Personal comprendido en la Carrera Profesional Hospitalaria – Presupuesto General Ejercicio 2023 – Ley N° 15.394, prorrogado para el Ejercicio 2024 por Decreto N °12/24.

ARTÍCULO 5°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud, Economía y Gobierno.

ARTÍCULO 6. Registrar, comunicar y dar al SINDMA. Cumplido, archivar.

Nicolas Kreplak, Ministro; Pablo Julio López, Ministro; Carlos Alberto Bianco, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador.