DECRETO 8777/87
LA PLATA, 6 de octubre de 1987.
VISTO el expediente 4083-1320/86 por el que la MUNICIPALIDAD DE OLAVARRÍA amplía el Área Urbana del Núcleo Cabecera del Partido, y
CONSIDERANDO:
Lo establecido por el artículo 83 del Decreto-Ley 8912/77, según texto Decreto-Ley 10128/83 y lo dictaminado por Asesoría General de Gobierno;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Apruébase la propuesta presentada por la MUNICIPALIDAD DE OLAVARRÍA por la que se amplía el Área Urbana del Núcleo Cabecera del Partido, conforme la ordenanza obrante a fojas 14/15 y la aclaración consignada a fojas 44/44 vuelta del expediente 4083-1320/86 que forman parte integrante del presente.
ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios en los Departamentos de Gobierno, de Economía y de Obras y Servicios Públicos.
ARTÍCULO 3º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y pase a la Subsecretaría de Asuntos Municipales a sus efectos.
NOTA: El Anexo puede ser consultado en nuestro sitio web en su versión PDF.