Fundamentos de la
Ley 14062
HONORABLE LEGISLATURA:
Me dirijo a Vuestra Honorabilidad para someter a su consideración el proyecto de ley de Presupuesto General de la Administración Pública de la Provincia de Buenos Aires para el ejercicio fiscal 2010.
La elaboración del presente proyecto se enmarca en un contexto atípico. Transitamos un año signado por la sucesión de diferentes y complejas situaciones, como la crisis financiera internacional y las emergencias sufridas en materia agropecuaria y de salud, lo que exigió que los diferentes niveles del Estado asumieron un rol de vital preponderancia, debiendo acentuar su presencia mediante la implementación de políticas activas que consolidaron los logros obtenidos en lo económico y social.
Pasada la crisis internacional, Argentina se exhibe fortalecida económicamente hablando, estimándose que a partir de 2010 recobre progresivamente las tasas de crecimiento alcanzadas en los últimos años. La Provincia de Buenos Aires verá reflejado un impacto positivo que traccionará su actividad económica, pero continuará evidenciando la brecha fiscal que persiste año a año, pese a sus sucesivos esfuerzos e3n pos de potenciar su recaudación con medidas de estricta equidad tributaria.
El gobierno nacional no se muestra ajeno a esta realidad, y mantiene su acompañamiento permanente, instrumentando mecanismos de asistencia a las jurisdicciones que, como Buenos Aires, deben afrontar dificultades. A efectos de preservar la sustentabilidad de los esquemas fiscal y financiero de las provincias argentinas, prevé la continuidad de programas de financiamiento y propicia un programa para la regularización de situaciones excepcionales de las tesorerías, a la vez que propone herramientas referidas al tratamiento de las deudas provinciales, lo suficientemente amplias y ambiciosas, que mejoren la estructura y el perfil de vencimientos de los servicios de las mismas.
En este escenario, elevamos un presupuesto que se considera austero, pero que preserva los ejes que son centrales para la gestión actual en materia de políticas públicas. Así, mantiene y refuerza la pauta de prioridad de inversión en aspectos sustanciales como la salud, la inclusión social, el sostenimiento del nivel de empleo, la educación, la seguridad y la justicia.
Buscamos generar una ingeniería que compatibilice y administre los recursos escasos, aportando racionalidad y jerarquización política al gasto público.
Ponderamos la prestación de servicios esenciales, la creación de infraestructura social y productiva, que contribuya a la generación de más y mejor producción y empleo.
Nuestra Provincia está realizando un enorme esfuerzo en materia tributaria. En este sentido, hemos profundizado y acentuado la reforma realizada durante 2008, con el objeto de tener un tratamiento más equitativo a la hora de definir la política fiscal.
De esta manera, se alcanza con mayor imposición a los contribuyentes que poseen una significativa capacidad contributiva, y se implementan exenciones y rebajas en los niveles de imposición de aquellos pequeños y medianos agentes económicos, distinguiendo la situación social de nuestros habitantes al momento de la definición del cobro de impuestos.
Necesitamos contar con mayores ingresos y mejor presupuesto para gobernar, crear trabajo y generar más riqueza mejor distribuida.
Teniendo en cuenta el problema de la insuficiencia estructural de recursos y la distribución vigente de la renta federal, es indudable que las necesidades de financiamiento de la Provincia no se resuelven únicamente con medidas de índole tributaria.
En el entendimiento de que la gobernabilidad se cimenta en la prudencia y la responsabilidad, no se prevén en este proyecto de presupuesto recursos cuyo ingreso no resulta medianamente previsible.
Esta decisión no implica que el gobierno de la provincia de Buenos Aires no continúe reclamando en todos los ámbitos institucionales que correspondan una asignación de los recursos de origen nacional más justa y apropiada para atender sus necesidades fiscales emergentes de los desafíos sociales que debe afrontar.
En tanto se obtienen los resultados esperados de este proceso de negociación de cambios en la distribución de la renta federa, se contempla una autorización de endeudamiento destinado a financiar parte de los gastos que la Provincia deberá afrontar durante el ejercicio 2010, en consonancia con la política de financiamiento que el gobierno nacional propicia en su proyecto de ley de presupuesto.
El presupuesto y las financias como expresión política cuantitativa y cualitativa de lo que se pretende lograr cuando se gobierno, no son un tecnicismo inocuo. En este proyecto intentamos plasmar las múltiples acciones que la provincia de Buenos Aires realiza, en la indeclinable búsqueda de soluciones estructurales que aseguren el flujo de recursos necesarios para el establecimiento de políticas públicas que constituyan verdaderos pilares para el desarrollo humano de sus habitantes.
1. CONTEXTO ECONÓMICO.
Luego del período 2003-2008, de crecimiento sin precedentes, que se destacó por su duración y baja volatilidad, y por las tasas de expansión sumamente elevadas respecto a los estándares históricos nacionales, a partir del segundo semestre de 2008 la economía argentina se vio afectada por la crisis internacional, replicando ligeramente las tendencias observadas a nivel global.
El impacto que el cambio de contexto externo causó sobre las economías locales se vio acentuado en 2009 por el efecto que la pandemia de la Influenza H1N1 y la sequía impusieron sobre determinadas actividades. Sin embargo, contrariamente a lo que podía esperarse tomando en consideración la experiencia argentina en antecedentes similares, la robustez de los fundamentos macroeconómicos internos y la adecuación de las políticas públicas a la nueva coyuntura permitieron amortiguar considerablemente los efectos negativos.
La volatilidad financiera internacional tuvo repercusiones relativas sobre el sistema financiero local. Si bien hacia fines de 2008 se evidenció un deterioro de los principales indicadores del sector a raíz de la incertidumbre reinante, éstos tendieron a normalizarse transcurridos los primeros meses de 2009. Una menor dependencia de fuentes de financiamiento externo y una demanda de divisas relativamente acotada (y sustentable a partir de los excedentes del comercio exterior), tornaron a la economía argentina menos vulnerable a las reversiones de los flujos de capital y a las restricciones crediticias derivadas del shock externo.
Por otra parte, el elevado stock de reservas internacionales, producto de la estrategia de acumulación que caracterizó a todo el período de expansión, y la implementación de regulaciones prudenciales sobre el sistema financiero que morigeraron los efectos de ingresos y egresos de capitales especulativos, permitieron que la autoridad monetaria regulara eficazmente el mercado cambiario local, evitando fluctuaciones bruscas del tipo de cambio nominal y convalidando cierta adecuación del mismo a la nueva coyuntura internacional, al tiempo que se preservaba la liquidez y la solvencia del sistema financiero local.
En tanto, la propagación de la crisis vía del canal comercial se vio acotada en cuanto a su efecto sobre el superávit comercial externo. Junto con la reducción de las colocaciones al exterior, se registró una fuerte contracción de las importaciones a raíz de las políticas implementadas por el gobierno nacional para la preservación de la producción local. Ello permitió que la cuenta corriente permaneciera sólida, registrando superávit comerciales de magnitud considerable.
La fortaleza externa que exhibió la economía argentina permitió la instrumentación de políticas públicas para sostener el nivel de actividad y el empleo, mediante el estímulo al consumo, el fomento del crédito y la promoción sectorial, entre otras medidas.
2. LA SITUACIÓN FISCAL DE LA PROVINCIA – EJECUCIÓN 2009
Teniendo a la vista el contexto atípico descrito y los esfuerzos realizados por el gobierno provincial para contrarrestar los efectos adversos antes mencionados, para el corriente año se espera un resultado financiero deficitario del orden de los $5.787,0 millones. Si se tienen en cuenta las fuentes y aplicaciones financieras, el resultado total del ejercicio cerraría con un déficit de $2.527,2 millones, variando en $652,0 millones respecto de lo observado durante el año anterior.
En el siguiente cuadro se comparan los esquemas ahorro-inversión-financiamiento (AIF) correspondientes al cierre 2008 y a la proyección de cierre del año 2009. Esta información hace referencia al universo de la Administración Pública no financiera contemplado en la Ley de Administración Financiera № 13.767
Esquema AIF: Cierre 2008 y Proyección 2009 Administración Pública No Financiera, en millones |
|||||||
Concepto |
Cierre 2008 (1) |
Proyección 2009 (2) |
Variación |
||||
|
Absoluta (3)=(2)-(1) |
Relativa (4)=(2)/(1)-1 |
|||||
I. Ingresos Corrientes |
42.616,1 |
52.154,1 |
9.538,0 |
22,4% |
|||
|
Tributarios |
31.622,4 |
36.956,6 |
5.334,1 |
16,9% |
||
|
|
De Origen Provincial |
17.749,7 |
21.888,8 |
4.139,2 |
23,3% |
|
|
|
|
Ingresos Brutos |
12.741,2 |
16.225,3 |
3.484,1 |
27,3% |
|
|
|
Inmobiliario |
1.351,1 |
1.422,5 |
71,4 |
5,3% |
|
|
|
Sellos |
1.391,4 |
1.439,8 |
48,4 |
3,5% |
|
|
|
Automotores |
1.054,9 |
1.285,5 |
230,5 |
21,9% |
|
|
|
Plan de Regularización Ley 11253 (Moratoria) |
846,1 |
1.089,2 |
243,1 |
28,7% |
|
|
|
Energía |
289,8 |
315,1 |
25,3 |
8,7% |
|
|
|
Otros Tributarios Provinciales |
75,1 |
111,5 |
36,4 |
48,5% |
|
|
De Origen Nacional |
13.872,8 |
15.067,7 |
1.195,0 |
8,6% |
|
|
|
|
Coparticipación Federal |
11.551,1 |
12.628,1 |
1.077,0 |
9,3% |
|
|
|
Impuesto a las Ganancias Ley 24621 Art. 1 inc. B) – Reconst |
650,0 |
650,0 |
0,0 |
0,0% |
|
|
|
Ley 23966 Recurso FO.NA.VI (Vivienda) |
179,5 |
199,1 |
19,7 |
11,0% |
|
|
|
Ley 23966 IPS |
310,3 |
372,0 |
61,6 |
19,8% |
|
|
|
Régimen de Coparticipación Vial |
112,7 |
133,6 |
20,8 |
18,5% |
|
|
|
Otros RON |
1.069,1 |
1.085,0 |
15,9 |
1,5% |
|
Contribuciones a la Seguridad Social |
6.552,5 |
8.790,9 |
2.238,4 |
34,2% |
||
No Tributarios |
4.441,2 |
6.406,7 |
1.965,5 |
44,3% |
|||
|
|
No Tributarios |
1.493,5 |
1.373,4 |
-120,2 |
-8,0% |
|
|
|
Transferencias Corrientes |
2.947,6 |
5.033,3 |
2.085,7 |
70,8% |
|
|
|
|
Provinciales |
1.483,4 |
2.034,1 |
550,7 |
37,1% |
|
|
|
Nacionales |
1.464,2 |
2.999,1 |
1.534,9 |
104,8% |
II. Gastos Corrientes |
44.348,3 |
56.062,7 |
11.714,5 |
26,4% |
|||
|
Personal |
22.379,2 |
27.768,8 |
5.389,6 |
24,1% |
||
|
Bienes y Servicios |
2.663,1 |
4.052,2 |
1.389,2 |
52,2% |
||
|
Rentas de la Propiedad |
1.020,5 |
1.237,7 |
217,2 |
21,3% |
||
|
Prestaciones de la Seguridad Social |
7.261,7 |
9.008,4 |
1.746,7 |
24,1% |
||
|
Transferencias Corrientes |
11.022,6 |
13.993,8 |
2.971,2 |
27,0% |
||
|
Otros |
1,3 |
1,9 |
0,6 |
48,9% |
||
III. Resultado Económico |
-1.732,2 |
-3.908,6 |
-2.176,4 |
125,6% |
|||
IV. Ingresos de Capital |
853,3 |
1.301,0 |
447,7 |
52,5% |
|||
V. Gastos de Capital |
2.114,2 |
3.179,3 |
1.065,1 |
50,4% |
|||
|
Inversión Real Directa |
1.082,9 |
1.758,0 |
675,1 |
62,3% |
||
|
Transferencias de Capital |
543,0 |
776,0 |
233,0 |
42,9% |
||
|
Inversión Financiera |
488,3 |
645,3 |
157,1 |
32,2% |
||
VI. Ingresos totales (I+IV) |
43.469,3 |
53.455,1 |
9.985,8 |
23,0% |
|||
VII. Gastos Totales (II+V) |
46.462,5 |
59.242,1 |
12.779,6 |
27,5% |
|||
VII. Gastos Primarios (VII -Rentas de la Propiedad) |
45.442,0 |
58.004,4 |
12.562,4 |
27,6% |
|||
IX. Resultado Primario (VI-VIII |
-1.972,7 |
-4.549,3 |
-2.576,6 |
130,6% |
|||
X. Resultado Financiero (VI-VII) |
-2.993,1 |
-5.787,0 |
-2.793,8 |
93,3% |
|||
XI. Fuentes financieras |
4.830,2 |
6.376,6 |
1.546,4 |
32,0% |
|||
|
Disminución de la Inversión Financiera |
1.181,6 |
861,7 |
-320,0 |
-27,1% |
||
|
Endeudamiento Público e Increm. de Otros Pasivos |
3.648,6 |
5.541,9 |
1.866,4 |
51,2% |
||
XII. Aplicaciones Financieras |
3.712,4 |
3.116,9 |
-595,5 |
-16,0% |
|||
|
Inversión Financiera |
836,1 |
314,5 |
-521,6 |
-62,4% |
||
|
Amortiz. Deuda y Disminución Otros Pasivos |
2.876,3 |
2.802,4 |
-73,9 |
-2,6% |
||
XIII. Resultado total |
-1.875,3 |
-2.527,2 |
-632,0 |
|
2.1. LOS RECURSOS
Al cierre del año 2009 se estima que los recursos totales a $53.455,1 millones, lo que representa un aumento de 23% respecto a lo observado en el ejercicio anterior. Este incremento se origina principalmente en la expansión interanual de los recursos corrientes (22,4%), ya que los ingresos de capital, si bien crecerán respecto al año previo (52,5%), representan solo el 2,4% de los recursos totales.
Se prevé que los recursos corrientes experimenten en 2009 una suba interanual de $9.538 millones, sostenida en una muy buena perfomance de los ingresos tributarios. Esta favorable evolución deriva de la conjunción de una serie de factores relacionados al contexto macroeconómico, la administración tributaria y la política tributaria.
Si se analiza la participación relativa en el total de ingresos tributarios, puede observarse que en 2009 los de origen provincial representan el 59,2% del total, versus una participación en el 2008 de 56,1%. De esta manera, los tributarios de origen nacional pierden peso relativo, pasando del 43,9% en 2008 al 40,8% en 2009.
Las distintas medidas de política tributaria implementadas y la plena incidencia de la Ley № 13.850, de Reforma Tributaria, han permitido fortalecer los ingresos propios del fisco provincial durante 2009. Asimismo, también influyen los cambios recientemente introducidos por la Ley Impositiva 2010 cuya vigencia se previó a partir de la última parte del año.
Este resultado satisfactorio de la relación conjunta del Poder Ejecutivo y de la Legislatura de la Provincia que permitió anticiparnos a la crisis financiera y proponer esquemas progresivos de tributación sobre los sectores más concentrados de la economía, convirtiendo al fisco provincial en el de mejor perfomance recaudatoria durante el ejercicio 2009, es una clara demostración de la importancia de la labor conjunta de los distintos estamentos del Estado provincial.
Asimismo, la tarea llevada a cabo por la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires en la búsqueda de mejores resultados en materia de eficiencia recaudatoria y mayores niveles de cumplimiento voluntario de los contribuyentes ha asegurado importantes niveles de recaudación tributaria propia.
En el mismo sentido, confluye la reacción satisfactoria de la actividad económica nacional y provincial, con un consecuente impacto en los ingresos impositivos nacionales y provinciales que generan tasas de crecimiento positivas.
Los Recursos Tributarios de Origen Provincial ascienden a $21.888,8 millones, un 23,3% adicional a lo recaudado en 2008. Dentro de éstos, el rubro de mayor peso relativo corresponde al Impuesto sobre los Ingresos Brutos (74,1% de los recursos tributarios provinciales), experimentando una variación interanual del 27,3%.
Otros recursos que dan cuenta de la buena perfomance tributaria provincial son el Impuesto a los Automotores, con un 21,9% de variación interanual ($230,5 millones adicionales), y los Planes de Regularización de Deudas, con un 28,7% ($243,1 millones).
En cuanto a los Recursos Tributarios de Origen Nacional, los mismos alcanzarán al cierre del ejercicio los $15.067,7 millones, evidenciando un incremento interanual del 8,6%. En particular, la Coparticipación Federal de Impuestos que en 2008 aportó $11.551,1 millones se incrementará a $12.628,1 millones durante este ejercicio, implicando un crecimiento del 9,3%.
En lo que concierne al resto de los Recursos Corrientes, es de destacar la mejora de 2.085,7 millones que muestran las Transferencias tanto de origen provincial (Lotería y Otras) como nacional. Entre las transferencias nacionales se destacan los aportes del Programa Nacional de Compensación Salarial Docente, que financian parcialmente las políticas salariales otorgadas durante el año 2009, y los fondos que se reciben para el financiamiento del déficit de los subsistemas previsionales.
Por su parte, las contribuciones a las Seguridad Social muestran un nivel de $8.790,9 millones en 2009.
Por último, los recursos de capital muestran al cierre de 2009 un aumento de $447,7 millones con respecto al ejercicio anterior, aunque su aporte a los ingresos totales continúa siendo de carácter marginal.
2.2. LAS EROGACIONES
Se estima que durante el año 2009 las Erogaciones Totales asciendan a $59.242,1 millones, 27,5% superior al año 2008. Si bien se verifica la participación mayoritaria de los Gastos Corrientes por sobre los de Capital, se evidencia una leve reducción de la participación de los mismos.
Dentro de los Gastos Corrientes, se espera que el gasto en personal y transferencias vinculadas (educación subvencionada de gestión privada) ascienda a $30.283,8 millones, lo que representará aproximadamente el 51,1% del Gasto Total de la provincia de Buenos Aires.
El
incremento de gasto asociado al personal durante 2009 se explica por el mayor
costo salarial anualizado generado por los aumentos salariales otorgados en
marzo y agosto de 2008 (acumulados alcanzaron el 39%), que dejaron una nómina
salarial de base para el 2009 aproximadamente un 13% superior a la del cierre
Los
Bienes y Servicios asociados al funcionamiento de la Administración Pública y
la prestación de servicios aumentaron su participación en el Gasto Corriente
pasando del 6% al 7,2% en 2009 incrementándose en $
Dos políticas públicas y un cambio metodológico explican principalmente este incremento. Se aumentó esta partida destinada al Ministerio de Salud, como reflejo de la mayor demanda asociada a enfermedades como el dengue y la Influenza H1N1. Por su parte, el Ministerio de Seguridad ejecutará mayores créditos asociados al proceso de renovación y reequipamiento policial iniciado en 2008 (nuevos patrulleros, municiones, etc.).
Las Transferencias Corrientes registrarán un incremento del 27% respecto a lo observado en el año precedente. Las transferencias a municipios (coparticipación, descentralización tributaria, y los fondos específicos) aumentan un 21,5% debido a los mayores recursos coparticipables.
Por su parte, dentro del resto de las transferencias corrientes se destacan por el Ministerio de Desarrollo Social, que totalizarán aproximadamente $2.100 millones, las que han permitido atender las necesidades sociales generadas en 2009 y continúan apuntalando el fuerte compromiso social de la gestión.
Teniendo como objetivo central la mejora en la infraestructura provincial y la provisión de mayor equipamiento, el gasto de capital proyectado para 2009 representa un aumento de alrededor del 50% respecto al año previo, explicado en gran medida por el incremento en la inversión real directa.
Deben resaltarse las obras realizadas en el ámbito del Ministerio de Justicia, entre las que se destacan la construcción de escuelas y talleres para que los internos del servicio penitenciario estudien y aprendan oficios, la rehabilitación de celdas, baños y cocinas en diversas unidades penitenciarias, la refacción y construcción de cases destinadas a internos que están por retirarse y/o hacen salidas transitorias, la ampliación y construcción de pabellones en las Unidades № 18 de Gorina, № 28 y 36 de Magdalena y № 38 de Sierra Chica.
Asimismo, con aportes del Fondo Fiduciario Federal de Infraestructura Regional, se procedió a la construcción de alcaidías en Olmos, San Martín, Lomas de Zamora y Avellaneda.
Contribuyendo al mejoramiento de la infraestructura provincial, la Dirección Provincial de Vialidad prevé cerrar el ejercicio 2009 con un gasto de $380 millones destinado a la construcción y reparación de la red vial provincial, superando en casi un 85% lo ejecutado el año anterior.
En 2009 el gasto en infraestructura pública constituyó uno de los ejes y pilares de la gestión, observándose una fuerte inversión en obras de saneamiento ambiental e hídrico y construcción de viviendas, siendo las más representativas de ellas, las que se describen en el siguiente cuadro:
CONCEPTO |
DIRECCIÓN DE VIALIDAD |
REPAVIMENTACIÓN ENSANCHE RP 21 TR CALLE LASALLE EVA PERON – LA MATANZA- MERLO |
REPAV RP4 TRIII ENTRE RN3 Y AV FLEMING LA MATANZA – HURLINGHAM - 3 DE FREBRERO – GRAL. SAN MARTIN – SAN ISIDRO. |
REPAV Y ENSANCHE AVDA. C. PELLEGRINI E/PTE LA NORIA Y PTE URIBURU |
CONSTRUCCIÓN CURCE BAJO NIVEL EN RP4 Y VIAS DEL FFCC GRAL. BELGRANO – ESTACIÓN BOULOGNE – AVDA. ROLON |
REPAV. RP4 TR.II ENTRE RN3 Y AV. FLEMILNG LA MATANZA – HURLINGHAM – 3 DE FEBRERO – GRAL. SAN MARTÍN – SAN ISIDRO |
REPAV ACCESO A OPEN DOOR LUJAN Y EXALTAC. DE LA CRUZ |
REPAV INSENACHE RP205 TRAMO CALLE R. SANTAMARINA – AV. J. NEWBERY – PDO. ECHEVERRÍA |
REPAV RP30 TRAMO KM 148,500 – RP50 TANDIL – AYACUCHO – RAUCH |
REPAV Y ENSANCHE RP21 TRAMO RN3 CALLE LASALLE LA MATANZA |
PAV 2DA. CIRCUNVALACIÓN DE CHIVILCOY ETAPA III |
RP76 TR. 17 DE AGOSTO – F. SOLA PUAN |
REPAV RP30 TR RP74 – KM 148,500 TANDIL |
REPAV RP4 TR. |
PAV RP50 TR COLON A DEL MEDIO – SEC COLON – PEARSON |
REHABILITACIÓN Y ENSANCHE RP 201 TRAMO - VÍAS DEL FERROCARRIL (ESTACIÓN RUBÉN DARÍO) – AVENIDA VERGARA – HURLINGHAM |
REPAV ENSANCHE RP21 TRAMO CALLE EVA PERÓN – AV. RIVADAVIA MERLO – ITUZAINGÓ – MORÓN |
REPAV ACCESO A CARLOS KEEN DESDE RN7 PDO LUJÁN |
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA |
AMPLIACION SIST. RECOLECCIÓN, CONDUCCIÓN Y DISPOSICIÓN FINAL DE DESAGÜES CLOACALES – AMPLIACIÓN Y REACOMODAMIENTO DEL SIST. DE PROVISIÓN, ALMACENAMIENTO CONDUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE |
RED DESAGÜES CLOACALES Y RED DE DISTRIB. DE AGUA POTABLE B. SAMBRIZZI Y ZAPIOLA |
SANEAMIENTO CUENCA APORTE EN EL ZANJON MARTINEZ – I ETAPA – MORÓN |
SANEAMIENTO CUENCA ARROYOS SAN FRANCISCO Y LAS PIEDRAS – QUILMES |
DESAGÜES PLUVIALES EN CUANCA AL TA DEL a SOTO – II PARTE – ITUZAINGÓ |
RED DESAGÜES CLOACALES SAN MIGUEL OESTE I Y EB. |
SANEAMIENTO DE LA CUENCA DEL A DON MARIO – ETAPA V – RAMAL CRISTIANIA – LA MATANZA |
PUENTE EN VÍAS DEL FERROCARRIL GRAL. SAN MARTÍN Y PUENTE EN VÍAS FERROCARRIL GRAL. URQUIZA – MORÓN Y HURLINGHAM |
RED, COLECTORAS Y CONEXIONES DOMICILIARIAS DE DESAGÜES CLOACALES CIUDAD DE SAN NICOLÁS |
SANEAMIENTO CUENCA A LAS PERDICES – IX ETAPA – LANÚS Y LOMAS DE ZAMORA |
OBRAS DE REGULACIÓN DE EXCESOS PLUVIALES CCA DEL RAMAL H – TANDIL |
TEATRO ARGENTINO – LA PLATA |
DESAGÜES PLUVIALES EN CUENCA DEL A DEL REY – ALIVIADOR ESTE – ETAPA II |
RED DE DESAGÜES CLOACALES SAN MIGUEL OESTE II |
INSTITUTO DE LA VIVIENDA |
PROGRAMA FEDERAL DE CONSTRUCCIÓN Y MEJORAMIENTO DE VIVIENDAS |
REACTIVACIÓN DE OBRAS PARALIZADAS Y/O NO INDICIADAS (CONVENIO DECRETO № 1013/05 OFCV) |
EMERGENCIA HABITACIONAL |
Finalmente, en lo atinente a la inversión financiera, la misma será un 32,2% mayor a la del año 2008. Dentro de los $645,3 millones proyectados, se destacan los aportes de capital realizados por el tesoro provincial a A.B.S.A. y C.E.A.M.S.E. por $ 244,2 y $172,9 millones, respectivamente.
2.2.1. La Política Salarial
En materia de política salarial, esta gestión realiza un abordaje integral, contemplando tanto los aspectos cuantitativos como cualitativos de la temática.
En este orden de ideas, durante el mes de marzo el sector público provincial vio reflejado un incremento en sus salarios del 8,9%. Paralelamente, se trabajó durante todo el ejercicio fiscal en la conformación cualitativa de las remuneraciones y en la carrera laboral.
Con la convicción de que la revalorización de los agentes estimula el desempeño de la función pública e impacta directamente en la mejor prestación de los servicios a cargo del Estado provincial, los alcances de la política salarial para el año 2009 fueron definidos con especial basamento en los principios de jerarquización laboral y fortalecimiento de la carrera administrativa.
La racionalidad y eficiencia en el gasto salarial han sido pautas directrices de las medidas concretas adoptadas para el sector en el transcurso de este año.
En cuanto a los aspectos político institucionales, se trabajó en las comisiones técnicas laborales encargadas de analizar problemáticas particulares vinculadas a las negociaciones colectivas, lo cual contribuyó significativamente a mejorar la relación con los representantes de los trabajadores.
En lo que hace a las cualidades de las remuneraciones, las medidas adoptadas se caracterizaron fundamentalmente por el tratamiento del carácter remunerativo de los conceptos salariales. De este modo, la participación relativa de las sumas remunerativas en el ingreso de bolsillo de los agentes públicos se mantuvo en los altos niveles alcanzados en 2008.
Asimismo, se procedió a la equiparación y reconversión de las Unidades Retributivas por Productividad y Eficiencia (URPE), transformándolas en bonificaciones remunerativas no bonificables, contribuyendo a la mejora de los niveles del sueldo anual complementario, los aportes previsionales con destino al Instituto de Previsión Social, los aportes asistenciales con destino al Instituto de Obra Médico Asistencia, y la situación de los trabajadores pasivos.
En
el Instituto Cultural se hizo efectiva la conversión de cargos de la Ley
№
También se efectivizó el pase a planta permanente de aproximadamente tres mil agentes que revistaban en el agrupamiento “servicios” en establecimientos educativos bajo jurisdicción de la Dirección General de Cultura y Educación, y se instrumentó idéntica política para los becarios de los Ministerios de Salud y de la Producción.
Adicionalmente, se continuó con la implementación del régimen único para el personal del Régimen de la Ley № 10.430 que desempeña funciones de chofer.
El incremento salarial otorgado a partir del mes de marzo para todos los agentes del sector público provincial implicó un aumento en la masa salarial -en términos de costos para el erario provincial- de alrededor del 9,1% (el equivalente a un incremento en los gastos salariales de $220 millones mensuales, aproximadamente).
Por otra parte, se elevaron las bonificaciones remunerativas no bonificables previstas para los agentes del Agrupamiento Personal de Servicio -Ley № 10.430- en establecimientos educativos bajo jurisdicción de la Dirección General de Cultura y Educación, y para los agentes que revistan en el Agrupamiento Técnico (Personal de Enfermería o Auxiliares de Enfermería) en establecimientos hospitalarios bajo jurisdicción del Ministerio de Salud.
En su conjunto, la política salarias descripta tuvo como resultado que (en términos de número índice) en marzo de 2009 se registrara el mayor salario real desde 2001, manteniéndose prácticamente inalterado en los meses siguientes.
Al cierre del ejercicio 2009, la proyección del total de gasto en personal arroja una ejecución estimada en $27.768,8 millones, lo que representa un 24,1% más que el monto con que se cerró el ejercicio 2008 ($22.379,2 millones). Impacta, principalmente, la anualización de los dos aumentos salariales otorgados en 2008, y en mayor medida, el aumento otorgado en 2009 y las medidas correctivas sobre la composición de los adicionales salariales.
En síntesis, la política salarial de los dos últimos años ha producido una fuerte recuperación del poder adquisitivo de los salarios públicos y una mejora cualitativa en los componentes salariales, mostrando la vocación del gobierno provincial de jerarquizar a sus empleados, extremando nuestro esfuerzo financiero para dignificar el trabajo de los servidores públicos.
2.2.2. La Coordinación municipal
Las circunstancias excepcionales del año 2009 requirieron la coordinación de acciones y esfuerzos entre los distintos niveles de gobierno para dar las respuestas necesarias al estado de emergencia agropecuaria y sanitaria. En este sentido, el gobierno provincial asumió un fuere compromiso en la asistencia económica y financiera de los municipios.
Así, junto al gobierno nacional, se implementó el plan de contingencia de Influenza H1N1, que garantizó el acceso a la salud a todos los habitantes de la Provincia. Este plan fue fortalecido con apoyo financiero a los municipios para la compra de insumos hospitalarios por un monto de $ 15,6 millones. A su vez, se transfirieron recursos para otorgar una bonificación especial al personal que se desempeña en establecimientos hospitalarios y centros de salud bajo jurisdicción municipal, y que fue afectado a la atención directa de la pandemia, por un monto aproximado a los $24 millones.
Por otra parte, con la coparticipación a las Provincias del Fondo Federal Solidario, y la creación en la provincia de Buenos Aires del Fondo Federal Solidario Provincial que se transfiere en forma automática a los municipios, se prevé girar a los 134 municipios aproximadamente $ 198 millones de recursos para destinar a la inversión en infraestructura sanitaria, educativa, hospitalaria, de vivienda y vial.
En el transcurso del corriente año se profundizó la política de fortalecimiento de las administraciones municipales mediante distintos instrumentos. Por un lado, en 2009 los municipios recibieron en forma plena los recursos provenientes de los fondos específicos creados en 2008, esto es, el Fondo de Fortalecimiento de Recursos Municipales y el Fondo Municipal de Inclusión Social. Por otra parte, se incremento la asistencia vía aportes del tesoro provincial, de modo que en conjunto los municipios recibirán en 2009, unos $400 millones por sobre lo destinado en 2008 por estos conceptos.
Asimismo, el Programa de Equipamiento Vial Municipal se hizo efectivo en el corriente año, alcanzando 38 municipios por un monto total de $37 millones. Se prevé la continuidad de este programa para el ejercicio 2010, dada la importancia que el mismo reviste para la gestión de las administraciones municipales.
2.3. LOS SERVICIOS DE LA DEUDA Y EL FINANCIAMIENTO
2.3.1. La deuda de la Provincial
Se estima que la Provincia finalizará el año con un stock de deuda proyectado en $46.001,6 millones, lo que implica un incremento del 13,3% respectote 2008 ($5.413,6 millones adicionales, aproximadamente).
Es importante destacar que el incremento neto de la deuda durante 2009 se explica, en gran medida, por el efecto de la depreciación del peso frente al dólar y al euro (31,5%) y el ajuste por CER (14,5%)
La composición de la deuda por acreedor al 31 de diciembre de 2009 muestra que los compromisos financieros con el gobierno nacional representarán el 61,6% del stock total de deuda, constituyéndose en la principal fuente de financiamiento de las Provincias. Dentro de esta fuente de financiamiento, los ítems más importantes son el Canje de Deuda (47,8%) y los Programas de Asistencia Financiera (37,4%).
Si se analizan las obligaciones consolidadas, por moneda de origen, se evidencia que las deudas denominadas en moneda extranjera representan la mayor proporción de la deuda de la Provincia (37,7%).
Dentro de las deudas denominadas en pesos y ajustada por CER (31,8%) se encuentran las dos operaciones de financiamiento más importantes acordadas con el gobierno nacional (el canje de deuda provincial y el Programa de Unificación Monetaria), la deuda originada en la emisión de los Bonos PyMEs Ley № 12.421 y el Bono Malvinas Ley № 13.763.
El subconjunto deudas denominadas en pesos (30,5%) conformado por los PAF 2005, 2006, 2007, 2008 y 2009, los préstamos con el Fondo Fiduciario de Desarrollo Provincial, las deudas que surgen de los Convenios de Suspensión de Intereses con el gobierno nacional de 2007, 2008 y 2009, la emisión de BOCONBA (Ley № 12.836) y otras líneas de créditos menores, ha ido aumentando su participación en los últimos años.
Composición estimada de la deuda, por acreedor, al 31 de diciembre de 2009
Agregar gráficos
En tal sentido, con motivo de la firma de los sucesivos PAF con el gobierno nacional, los fondos captados mediante este instrumento de financiamiento fueron utilizados exclusivamente para cancelar casi la totalidad de los vencimientos de amortización de la deuda provincial. De ellos, casi dos tercios corresponden a cancelaciones de deudas con el gobierno nacional.
2.3.2. Servicios de la deuda.
En 2009, los pagos al gobierno nacional representarán el 68,4% de los pagos totales por servicios de la deuda. Luego, en orden de importancia, le seguirán los pagos a los tenedores de títulos públicos, explicando el 18,9% de los servicios totales, y dentro de este subconjunto los pagos por eurobonos representarán el 87,1% de los servicios de títulos públicos. Los pagos a organismos multilaterales de crédito, BID y BIRF, explicarán el restante 12,6% de los servicios de deuda.
Al finalizar el corriente ejercicio, se estima que la Provincia habrá pagado servicios de deuda totales por $ 4.040 millones.
|
Servicios Estimados año 2009¹ |
||||||
Amortización |
Intereses² |
Total Servicios (a) |
%sobre el Total de Ss. |
Servicios Totales Ley Presupuesto 2009 (b) |
Diferencia (a) - (b) |
||
Deuda con el gobierno Nacional |
2.374,4 |
389,5 |
2.763,9 |
68,4% |
2.806,7 |
(42,8) |
|
|
Canje de Deuda |
829,8 |
273,1 |
1.102,9 |
27,3% |
1.133,0 |
(30,1) |
|
PUM |
597,6 |
0,0 |
597,6 |
14,8% |
611,6 |
(14,0) |
|
PAF 2005, 2006, 2007 Y 2008 |
891,8 |
38,5 |
930,3 |
23,0% |
930,3 |
(0,0) |
|
Convenios de Suspensión de Intereses 2007/2008 |
36,3 |
38,0 |
74,3 |
1,8% |
74,3 |
(0,0) |
|
Préstamo FFDP ($460m) |
|
32,4 |
32,4 |
0,8% |
32,5 |
(0,1) |
|
FFFIR/FTSP |
18,9 |
7,5 |
26,4 |
0,7% |
25,0 |
1,5 |
Créditos Multilaterales |
370,9 |
137,7 |
508,5 |
12,6% |
446,2 |
62,3 |
|
Títulos Públicos |
53,7 |
709,7 |
763,4 |
18,9% |
843,2 |
(79,6) |
|
|
Bonos Domésticos |
53,7 |
45,0 |
98,7 |
2,4% |
278,4 |
(179,7) |
|
Eurobonos |
0,0 |
664,7 |
664,7 |
16,5% |
564,6 |
100,1 |
Resto |
3,4 |
0,8 |
4,3 |
0,1% |
2,4 |
1,9 |
|
TOTAL |
2.802,4 |
|
4.040,0 |
100,0% |
4.098,3 |
-58,26 |
(1) Incluye los pagos por servicios de la deuda realizados al 30 de septiembre. Para la conversión a $ de los servicios de deuda denominados en moneda extranjera se utilizó un tipo de cambio estimado de $/U$S=3,74, $/Euro=5,61 y una inflación del 5,6% anual.
(2) Incluye la suspensión de intereses del año 2009 de acuerdo al Convenio PAF ’09 firmado entre la Provincia y el gobierno nacional al 31/03/09.
Fuente: Dirección Provincial de Deuda y Crédito Público, Subsecretaría de Hacienda.
2.3.3. Financiamiento 2009-12-16
La necesidad de financiamiento del Presupuesto para el ejercicio 2009 fue estimada en $7.267 millones y la Provincia previó cubrirla a partir de diversas fuentes, tales como la firma de un nuevo Programa de Asistencia Financiera, la utilización de un SWAP del Banco Mundial, los desembolsos de líneas de préstamos con Banco Mundial y BID, y la obtención de endeudamiento para el financiamiento de la inversión pública.
Presupuesto 2009 – Fuentes de Financiamiento -en millones de $- |
|
PAF 2009 |
2.936 |
Financiamiento de la Inversión Pública |
1.649 |
Operación SWAP (U$S250m) |
797 |
Multilaterales |
881 |
Incremento de otros pasivos |
1.004 |
Total Necesidad de Financiamiento |
7.267 |
Para la cancelación parcial de los servicios de amortización de la deuda pública provincial con vencimiento durante el año 2009, estimados originalmente en $2.953 millones, y en concordancia con lo dispuesto por el artículo 26 de la Ley № 25.917 de Responsabilidad Fiscal, la Provincia firmó un PAF por un monto de $2.932 millones. Los términos y condiciones de esta operación de financiamiento fueron idénticos a los del PAF de los años 2007 y 2008.
El PAF 2009, al igual que el suscripto en 2008, incluyó un capítulo mediante el cual las partes acordaron una reprogramación del pago de los servicios de interés de las deudas contraídas con el gobierno nacional que tuvieran vencimientos durante el año 2009. De esta manera, se reprogramaron vencimientos por $490 millones que tenían su origen en deudas correspondientes al Programa de Unificación Monetaria y a los PAF 2005, 2006, 2007 y 2008.
Adicionalmente, la Provincia firmó dos convenios de préstamo con el Fondo Fiduciario para el Desarrollo Provincial destinados al financiamiento de obras de infraestructura, uno por $600 millones, aprobado por Decreto 761/09, y otro por $ 1.000 millones, aprobado por Decreto № 761/09, y otro por $1.000 millones, aprobado por Decreto № 890/09.
En
el mes de mayo se emitió un bono en el mercado local suscripto voluntariamente
por las cajas de previsión social de profesionales de la provincia de Buenos
Aires, denominado “Bonos con vencimiento en
Financiamiento 2009 – Términos y Condiciones |
|||||
|
PAF 2009 |
Préstamo del FFDP |
Bono con vencimiento en 2016 |
Préstamo
ANSES |
|
Monto total préstamo/ suscripto |
$2.932.000.000 |
$600.000.000 |
$1.000.000.000 |
USD 28.899.276 |
$ 350.000.000 |
Moneda de denominación |
Pesos |
Pesos |
Dólares Estadounidenses |
Pesos |
|
Fecha de emisión |
- |
- |
1 de Mayo de 2009 |
- |
|
Tasas de interés aplicada |
Fija 6 % nominal anual |
7 % nominal anual |
BADLAR Bancos Privados en U$S + 1,50 %, con un límite superior del 7,00 % nominal anual |
BADLAR Bancos Privados en $ + 3,5 % |
|
Amortización del capital |
se efectuará en 83 cuotas mensuales y consecutivas equivalentes al 1,19 % y una última cuota de 1,23 % del capital |
se efectuará en 59 cuotas mensuales y consecutivas equivalentes al 1,67 % y una última cuota de 1,47 % del capital |
se efectuará en 35 cuotas mensuales y consecutivas equivalentes al 2,77 % y una última cuota de 3,05 % del capital |
9 cuotas semestrales, iguales y consecutivas |
Integra el vencimiento |
Plazo |
8 años |
6 años |
4 años |
7 años |
24 meses a partir del desembolso |
Periodo de gracia del capital |
1 año |
1 año |
3 años |
- |
|
Inicio de servicios del capital |
Enero de 2011 |
Enero de 2011 |
Julio de 2010 |
1 de Mayo de 2012 |
- |
Fecha de vencimiento |
Diciembre de 2017 |
Diciembre de 2015 |
Junio de 2013 |
1 de Mayo de 2016 |
- |
Intereses |
Se capitalizan intereses desde el momento de cada desembolso hasta el 31 de diciembre de 2009 y se pagan mensualmente a partir de enero de 2010 |
Se capitalizan intereses desde el momento de cada desembolso hasta el 31 de diciembre de 2009, y se pagan mensualmente a partir de enero de 2010 |
Se capitalizan intereses en el primer semestre, luego se pagarán semestralmente a partir del 1 de mayo de 2010 |
- |
|
Frecuencia de pago de servicio |
Mensual |
Mensual |
Semestral |
Trimestral |
|
Garantía otorgada |
Cesión pro solvendo recursos a percibir por el Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos ( arts. 1°, 2° y 3° del Acuerdo Nación Provincias) |
Cesión pro solvendo de recursos a percibir por el Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos ( arts. 1°, 2° y 3° del Acuerdo Nación Provincias) |
Cesión en garantía de los recursos a percibir por el Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos |
Cesión en garantía de los recursos a percibir por el Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos |
3. ESCENARIO 2010
Se vislumbran factores externos e internos que evidencian un repunte del nivel de actividad hacia fines del corriente año y permiten prever una recuperación paulatina de los niveles de crecimiento durante 2010.
En lo que refiere al sector externo, hay indicios promisorios. En primer lugar, desde hace varios meses se perciben señales de recuperación en el ámbito internacional que indicarían que la crisis alcanzó un piso. Asimismo, y pese a la severidad con que la misma castigó a muchas de las economías más importantes del mundo, nuestros principales socios comerciales (Brasil y China) han exhibido un buen desempeño post crisis. Por último, los precios de los principales commodities exportados por nuestro país se estabilizaron en niveles elevados respecto a los promedios históricos, como consecuencia de los factores estructurales que determinan su dinámica y que resultan sustentables a futuro.
En el ámbito interno, se identifican signos de recuperación tales como el repunte de la producción y las ventas de algunos sectores industriales, la mejora del comercio minorista luego de culminada la emergencia sanitaria de la Influenza H1N1, y el crecimiento de la cantidad exportada de algunos rubros.
Adicionalmente, de verificarse condiciones climáticas normales, la producción agrícola alcanzaría importantes niveles durante la campaña 2009/2010, lo cual constituiría un impulso adicional sobre el nivel de actividad económica.
Por otra parte, la situación fiscal nacional continúa siendo superavitaria, al tiempo que la habilidad demostrada por la autoridad monetaria para manejar la política monetario-cambiaria en una coyuntura sumamente adversa pone de manifiesto que están dadas las condiciones para que la economía vuelva a crecer en un contexto de estabilidad cambiaria y financiera.
Las perspectivas para los próximos años sugieren una paulatina convergencia a tasas de crecimiento sostenibles en el largo plazo, tal como lo reflejan las proyecciones de las principales categorías macroeconómicas que enmarcan el Proyecto de Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio Fiscal del año 2010.
Concepto |
2008 |
2009 |
2010 |
2011 |
2012 |
Producto Interno Bruto (PIB) |
|
|
|
|
|
En millones de $ corrientes |
1.032.758 |
1.122.469 |
1.250.783 |
1.377.376 |
1.496.815 |
Variación real |
6,8% |
0,5% |
2,5% |
3,6% |
4,0% |
Variación nominal |
27,1% |
8,7% |
11,4% |
10,1% |
8,7% |
Variación precios implícitos |
19,1% |
8,1% |
8,8% |
6,3% |
4,5% |
Consumo total |
|
|
|
|
|
En Millones de $ corrientes |
733.839 |
828.985 |
916.210 |
1.008275 |
1.096.205 |
Variación real |
6,6% |
0,9% |
2,7% |
3,2% |
3,6% |
Variación nominal |
26,3% |
13,0% |
10,5% |
10,0% |
8,7% |
Variación precios implícitos |
18,5% |
11,9% |
7,6% |
6,6% |
5,0% |
|
|
|
|
|
|
Inversión Bruta Interna Fija (IBIF) |
|
|
|
|
|
En millones de $ corrientes |
240.486 |
241.481 |
284.171 |
324.813 |
363.534 |
Variación real |
9,1% |
-8,9% |
8,2% |
6,1% |
6,9% |
Variación nominal |
22,3% |
0,4% |
17,7% |
14,3% |
11,9% |
Variación precios implícitos |
12,1% |
10,2% |
8,7% |
7,7% |
4,7% |
|
|
|
|
|
|
Exportaciones |
|
|
|
|
|
En millones de $ corrientes |
252.772 |
252.246 |
296.701 |
329.072 |
362.239 |
Variación real |
1,2% |
-8,6% |
8,4% |
3,7% |
4,0% |
Variación nominal |
26,3% |
-0,2% |
17,6% |
10,9% |
10,1% |
Variación precios implícitos |
24,9% |
9,2% |
8,5% |
7,0% |
5,8% |
|
|
|
|
|
|
Importaciones |
|
|
|
|
|
En millones de $ corrientes |
213.269 |
200.275 |
244.606 |
283.851 |
324.814 |
Variación real |
14,1% |
-18,0% |
7,4% |
7,6% |
8,1% |
Variación nominal |
29,1% |
-6,1% |
22,1% |
16,0% |
14,4% |
Variación precios implícitos |
13,1% |
14,5% |
13,8% |
7,9% |
5,9% |
|
|
|
|
|
|
Tipo de cambio nominal ($/u$s) |
3,16 |
3,74 |
3,95 |
4,15 |
4,27 |
|
|
|
|
|
|
Índice de Precios al Consumidor (IPC) |
|
|
|
|
|
Variación (promedio anual) |
8,6 % |
5,8% |
6,1% |
6,3% |
4,2% |
Variación (cuarto trimestre) |
7,8 % |
5,6% |
6,6% |
5,4% |
3,8% |
|
|
|
|
|
|
Índice de Precios Internos Mayoristas (IPIM) |
|
|
|
|
|
Variación (promedio anual) |
12,8% |
6,2% |
7,8% |
6,4% |
5,2% |
|
|
|
|
|
|
Exportaciones FOB (millones de u$s) |
70.021 |
57.783 |
65.173 |
68.938 |
74.070 |
|
|
|
|
|
|
Importaciones CIF (millones de u$s) |
57.423 |
43.656 |
50.995 |
58.200 |
66.001 |
|
|
|
|
|
|
La reactivación proyectada para el nivel de actividad durante 2010 se sustenta en la previsión de una recuperación de los componentes de la demanda agregada, que se contrajeron durante este año, y de una aceleración de la tasa de crecimiento del consumo interno.
Se espera un clima de negocios más optimista que el imperante durante 2009, y que el acceso a mercados internacionales de crédito por parte de la Argentina y de la Provincia de Buenos Aires impulsen una significativa reactivación de la demanda de inversión que este año se vio restringida.
Asimismo, se proyecta un importante repunte de las exportaciones, en sintonía con las exportaciones a una tasa superior al de las importaciones, se confirmarán la continuidad de los superávits externos derivados de saldos comerciales positivos registrados desde 2003, y la expansión de la demanda agregada.
En definitiva, se prevé la continuidad de los fundamentos macroeconómicos (superávit fiscal y comercial, alto nivel de reservas, y crecimiento de la actividad y el empleo) que sustentan el modelo económico de la Argentina.
4. EJERCICIO FISCAL 2010 –PRINCIPALES POLÍTICAS
El presente Proyecto de Presupuesto ha sido formulado atendiendo los lineamientos macroeconómicos previstos en el Proyecto de Ley de Presupuesto Nacional 2010. En consecuencia, se siguió la pauta de crecimiento real del 2,5 % para el Producto Interno Bruto y variación de precios medidos por el Índice de Precios al Consumidor del 6,1%.
En el cuadro siguiente se presenta el esquema ahorro-inversión-financiamiento (AIF) para el año 2010 conjuntamente con la proyección de cierre del presente ejercicio.
Fueron presupuestos Ingresos Totales por $ 60.472,7 millones y Gastos Primarios por $ 64.581,8 millones, generando un resultado primario deficitario de $ 4.109,1 millones. Si se consideran los intereses de la deuda, el resultado financiero presupuestado para el año 2010 asciende a los $ 5.387, 7 millones y será cubierto por el financiamiento neto del ejercicio.
Concepto |
Proyección 2009 |
Proy. Pto. 2010 |
Variación
|
|
Absoluta |
Relativa
|
|||
(1) |
(2) |
(3)=(2)-(1) |
(4)=(2)/(1)-1 |
|
I. Ingresos Corrientes |
52.154,1 |
57.946,5 |
5.792,4 |
11,1% |
Tributarios |
36.956,6 |
41.248,5 |
4.248,5 |
11,6% |
De Origen Provincial |
21.888,8 |
24.535,3 |
2.649,4 |
12,1% |
Ingresos Brutos |
16.225,3 |
18.286,1 |
2.060,8 |
12,7% |
Inmobiliario |
1.422,5 |
1.622,2 |
199,7 |
14,0% |
Sellos |
1.439,8 |
1.574,6 |
134,8 |
9,4% |
Automotores |
1.285,5 |
1.469,0 |
183,5 |
14,3% |
Plan de Regularización Ley 11253 (Moratoria) |
1.089,2 |
931,5 |
-157,7 |
-14,5% |
Transmisión Gratuita de Bienes |
0,0 |
200,0 |
200,0 |
|
Energía |
315,1 |
339,1 |
24,0 |
7,6% |
Otros Tributos Provinciales |
111,5 |
112,8 |
1,3 |
1,2% |
De origen Nacional |
15.067,7 |
16.713,2 |
1.645,5 |
10,9% |
Coparticipación Federal |
12.628,1 |
14.005,8 |
1.377,7 |
10,9% |
Impuestos a las Ganancias Ley 24621 Art. 1° inc. B) – Ley 23966 Recursos FO.NA.VI (Vivienda) |
199,1 |
229,3 |
30,2 |
15,2% |
Ley 23966 IPS |
372,0 |
415,3 |
43,4 |
11,7% |
Régimen de Coparticipación Vial |
133,6 |
152,9 |
19,4 |
14,5% |
Otros RON |
1.085,0 |
1.259,9 |
174,9 |
16,1% |
Contribuciones a la Seguridad Social |
8.790,9 |
9.178,9 |
388,0 |
4,4% |
No Tributarios |
6.406,7 |
7.519,1 |
1.112,4 |
17,4% |
No Tributarios |
1.373,4 |
1.716,2 |
342,8 |
25,0% |
Transferencias Corrientes |
5.033,3 |
5.802,9 |
769,6 |
15,3% |
Provinciales |
2.034,1 |
2.163,8 |
129,7 |
6,4% |
Nacionales |
2.999,1 |
3.639,0 |
639,9 |
21,3% |
|
|
|
|
|
II Gastos Corrientes |
56.062,7 |
60.504,6 |
4.441,9 |
7,9% |
Personal |
27.768,8 |
28.743,4 |
974,6 |
3,5% |
Bienes y Servicios |
4.052,2 |
4.454,0 |
401,8 |
9,9% |
Rentas de la Propiedad |
1.237,7 |
1.278,7 |
41,0 |
3,3% |
Prestaciones de la Seguridad Social |
9.008,4 |
9506,2 |
497,8 |
5,5% |
Transferencias Corrientes |
13.993,8 |
16.520,4 |
2.526,6 |
18,1% |
Otros |
1,9 |
1,9 |
0,0 |
0,0% |
|
|
|
|
|
III. Resultado Económico |
-3.908,6 |
-2.558,1 |
1.350,5 |
-34,6% |
IV. Ingresos de Capital |
1.301,0 |
2.526,2 |
1.225,2 |
94,2% |
V. Gastos de Capital |
3.179,3 |
5.355,8 |
2.176,4 |
68,5% |
Inversión Real Directa |
1.758,0 |
3.168,9 |
1.410,9 |
80,3% |
Transferencias de Capital |
776,0 |
1.319,5 |
543,5 |
70,0% |
Inversión Financiera |
645,3 |
867,4 |
222,0 |
34,4% |
|
|
|
|
|
VI. Ingresos Totales (I+IV) |
53.455,1 |
60.472,7 |
7.017,6 |
13,1% |
VII. Gastos Totales (II+V) |
59.242,1 |
65.860,4 |
6.618,3 |
11,2% |
VIII: Gastos Primarios (VII – Rentas de la Propiedad) |
58.004,4 |
64.581,7 |
6.577,3 |
11,3% |
IX. Resultado Primario (VI-VIII) |
-4.549,3 |
-4.190,0 |
440,3 |
-9,7% |
X. Resultado Financiero (VI-VII) |
-5.787,0 |
-5.387,7 |
399,3 |
-6,9% |
XI. Fuentes Financieras |
6.376,6 |
10.716,9 |
4.340,3 |
68,1% |
Disminución de la Inversión Financiera |
861,7 |
22,8 |
-838,9 |
-97,4% |
Endeudamiento Público e Increm. De Otros Pasivos |
5.514,9 |
10.694,1 |
5.179,2 |
93,9% |
XII. Aplicaciones Financieras |
3.116,9 |
5.329,2 |
2.212,3 |
71,0% |
Inversión Financiera |
314,5 |
821,6 |
507,1 |
161,2% |
Amortiz. Deuda y Disminución Otros Pasivos |
2.802,4 |
4.507,6 |
1.705,2 |
60,8% |
XIII. Resultado total |
-2.527,2 |
0,0 |
2.527,3 |
|
|
|
|
|
|
4.1. LOS RECURSOS
Los Recursos Totales presupuestados para el ejercicio 2010 presentan un crecimiento del orden de los $ 7.017,6 millones respecto a la proyección de cierre 2009. En tal sentido, y en línea con las perspectivas macroeconómicas esperadas para el año próximo, se estima una mejora interanual de 13,1 %.
Los recursos corrientes han sido presupuestados en $ 57.946,5 millones, mostrando un aumento de $ 5.792,4 millones respecto a 2009 ( +11,1%).
En cuanto a los Recursos Tributarios de Origen Provincial se prevé un nivel de $ 24.535,3 millones con un incremento del 12,1 % en relación a 2009.
El impuesto de mayor importancia recaudatoria dentro de la estructura tributaria provincial, Ingresos Brutos, mostrará un crecimiento del 12,7 %, ascendiendo la recaudación anual a los % 18.286,1 millones. El crecimiento esperado no sólo responde al escenario económico provincial previsto, sino también al impacto positivo de los cambios implementados en este gravamen por Ley Impositiva 2010 y a la profundización de las medidas de administración tributaria adoptadas por la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires con el objetivo de fortalecer los ingresos del fisco provincial.
En sintonía con lo anterior, debe señalarse que se prevé recaudar por Planes de Regularización de Deudas un monto levemente inferior al que se estima para 2009 ($ 931.5 millones).
Por su parte, el Impuesto a los Automotores se presupuesta con un aumento del 14,3% respecto a 2009, alcanzado los $ 1.469 millones.
Debe señalarse que el incremento esperado resulta neto del impacto de la descentralización a los Municipios del impuesto correspondiente a los vehículos patentados en el año 1998, establecida por la Ley Impositiva 2010, lo que disminuye la base de imposición provincial.
En lo que respecta a los ingresos generados por el Impuesto Inmobiliario, se advierte un crecimiento del 14 % en relación a 2009.
Asimismo, el 61 % del monto que se prevé recaudar corresponde a la Planta Urbana y el 39 % a la Rural.
En referencia a la Planta Urbana, los mayores ingresos surgen como consecuencia de la combinación de una serie de medidas orientadas a mejorar la equidad del gravamen.
En tal sentido, se profundiza la bonificación de partidas edificadas de menor valuación fiscal y se incrementa el impuesto para aquellas con valores más altos. Asimismo, en las partidas baldías se incrementa la presión fiscal, con particular atención a las tierras de mayor valuación (desalentando su tenencia especulativa, que atenta a su vez con la seguridad y con la higiene y valorización del espacio urbano).
Respecto de la Planta Rural, se espera un mayor ingreso de recursos producto del incremento previsto en la imposición de los inmuebles rurales.
El impuesto de Sellos tendrá una recaudación de $ 1.574,6 millones, superior en un 9,4% a lo registrado en el ejercicio 2009. La evolución mencionada responde a la incidencia que se espera tengan las operaciones inmobiliarias y del mercado automotor en los ingresos por este tributo. Con respecto a este último fenómeno, debe señalarse que la Ley Impositiva 2010 incorporó una alícuota mayor para la compra venta de automotores usados que no presenten factura al momento de realizar la transferencia del vehículo, extinguiendo la imposición que por idéntico motivo y alícuota se realizaba anteriormente a través del impuesto sobre ingresos brutos.
Por último, la Ley Impositiva 2010 dispuso la plena vigencia de una nueva fuente tributaria provincial a través del Impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes. En tal sentido, los ingresos esperados para el próximo ejercicio ascienden a $ 200 millones.
En tanto, la previsión de los recursos Tributarios de Origen Nacional responde a lo establecido en el marco del proyecto de Ley de Presupuesto de la Administración Nacional 2010. El monto total asciende entonces a $ 16.713,2 millones, demostrando un aumento interanual del 10,9%.
La Distribución Secundaria de la Coparticipación Cereal de Impuestos (Ley N° 23.548 y modificatorias) más los envíos en concepto de la Ley de Financiamiento Educativo, que explican más del 80 % de las rentas de origen federal, se incrementarán en $ 1.377,7 millones con respecto a 2009 ( +10,9%), y alcanzan en conjunto los $ 14.00,8 millones.
El resto de las transferencias asociadas a otros regímenes de distribución muestran incrementos de magnitudes relativas muy similares a las presentadas para el conjunto de conceptos mencionados en el párrafo anterior.
Por el lado de las Contribuciones a la Seguridad Social se estima un escaso crecimiento explicado por el arrastre de la política salarial de 2009. Por lo tanto, el monto total previsto ronda los $ 9.178,9 millones.
En cuanto al resto de los Recursos Corrientes, los No Tributarios presentarán una mejora del 17,4%. Por su parte, las Transferencias suben un 15,3% debido a la evolución que manifiesta el producido de los juegos de azar. Entre las transferencias nacionales figura el Programa Nacional de Compensación Salarial Docente, presupuestado en $ 1.529,7 millones. En lo referido al financiamiento de los Déficit de los Subsistemas Provisionales se prevén $ 1.229 millones.
Por último, los recursos de capital ascenderán a $ 2.526,2 millones, lo que representa un aumento del 94,2% respecto a 2009. Este incremento será impulsado por las transferencias con destino al Fondo Federal Solidario que asciende a $ 1.369,6 millones.
4.2 LAS EROGACIONES
Las Erogaciones Totales presupuestadas para el año 2010 ascienden a $ 65.860,5 millones, e implican un crecimiento respecto del año 2009 del 11,2 %. Los Gastos Corrientes, calculados en $ 60.504,6 millones, representan el 91,8 % del total del gasto de la Provincia. Al deducir intereses de deuda por $ 1.278,7 millones, el Gasto Corriente Primario alcanzará los $ 64.581,8 millones, un 11,# mayor al 2009. Por su parte, los Gastos de Capital se proyectan en $ 5.355,8 millones, un 68,5% superior a las estimaciones de ejecución del año 2009.
Las principales erogaciones corrientes surgen de aquellas asociadas al gasto en personal de la Provincia de Buenos Aires. En particular, si se toman en conjunto la partida personal y las transferencias vinculadas, se verifica un crecimiento respecto al año 3,7%. Este mayor gasto es producto del efecto que tendrá en la nómina de 2010 la política salarial otorgada durante 2009, la vigencia de la nueva Ley de Escalafón Policial y la Ley de Heridos de nuestras Fuerzas de Seguridad, y el incremento de cargos previstos en el presente Proyecto de Ley.
Adicionalmente,
es de destacar que a partir de marzo de 2009 se incrementó de
Asimismo, se dará continuidad al proceso de transformación de URPES a sumas remunerativas iniciado en el 2009, sin preverse nuevos incrementos salariales en 2010, los cuales, de verificarse, serán informados a la Honorable Legislatura de la Provincia y darán origen a las consecuentes modificaciones presupuestarias.
Los Bienes y servicios fueron presupuestados en $ 4.454 millones y generan un mayor gasto respecto de 2009 de $ 401,8 millones. En términos generales, tanto el aumento en costos de los insumos como ampliación de servicios prestados explican esta dinámica.
En particular, se destacan las mayores erogaciones del Ministerio de Salud con las que se proyecta asegurar las condiciones necesarias para el normal funcionamiento de la prestación de los servicios.
Por su parte, en la Dirección General de Escuelas se presupuestaron mayores créditos destinados a reforzar el apoyo a la prestación de los servicios educativos. Cabe mencionar que se destinan mayores fondos para el transporte de los alumnos, como así también para el programa de licencias médicas docentes.
Otra área reforzada en este ítem será la de Seguridad, ya que con el reequipamiento y modernización de estas fuerzas sobreviene la necesidad de proveerlas de distintos elementos de asociados al mencionado equipamiento.
Las prestaciones a la seguridad Social fueron proyectadas un 5,5% por encima del gasto de 2009. En 2010 alcanzarán los $ 9.506,2 millones, reflejo básicamente de la movilidad de tales erogaciones.
Las transferencias corrientes totales fueron presupuestadas en $ 16.520,4 millones, superiores en un 18,1% a lo registrado en el año precedente. Cuando se analizan las transferencias corrientes destinadas a los Municipios, se verifica que las mismas ascenderán a los $ 6.373,6 millones. Este monto representa un incremento interanual de $ 551 millones, y refleja un aumento de la masa coparticipable a los Municipios, producto de factores tales como la reforma tributaria 2010 y la mejor eficacia recaudatoria, entre otros.
Continuando con la Política Social como pilar de esta gestión, se espera que las transferencias del Ministerio de Desarrollo Social aumenten, respecto del año 2009, un 16%.Dentro de estas transferencias se incluye, por ejemplo, el Plan Más Vida, que con la implementación de la Tarjeta Magnética Recargable contribuye a que 520.000 familias puedan mejorar su calidad de vida y tener la alternativa de elegir libremente los alimentos, el comercio y los horarios de compra, entre otros beneficios.
Por último, es de destacar el impacto pleno durante 2010 del Programa Envión, mediante el cual se pretende consolidar el proceso de asistencia y desarrollo social de los sectores más vulnerables, como así también reforzar los programas actualmente en marcha destinados a la niñez y adolescencia.
Al
igual que en 2009, se pone de manifiesto el objetivo de mejorar la
infraestructura provincial y dotar de mayor equipamiento a diferentes áreas. La
expansión del gasto de capital, iniciada con ímpetu en el
La inversión real directa, presupuestada en $ 3.168,9 millones, supera en un 80,3% lo que se espera ejecutar en 2009. Para el financiamiento parcial de este nivel de obras, el presente Proyecto prevé una emisión de títulos públicos y endeudamiento con organismos Multilaterales de Crédito (BID y BIRF).
El Instituto de la Vivienda continuará desarrollando los Programas Federal y de Mejoramiento de Viviendas, y los programas habitacionales propios.
Por su parte, el Ministerio de Infraestructura proseguirá con la ejecución de los proyectos licitados e iniciados en el ejercicio 2009, entre los que se encuentran obras de saneamiento y control de inundaciones en diversas cuencas y arroyos, de saneamiento pluvial y cloacal, la construcción del Hospital Ciudad Evita de La Matanza, y de diversas unidades sanitarias y jardines de infantes.
La Dirección de Vialidad prevé la prosecución de obras de infraestructura vial a través del Programa de Desarrollo de Inversión Sustentable financiado por el Banco Mundial, mientras que la Dirección General de Cultura y Educación proyecta realizar en el transcurso del ejercicio 77 jardines de infantes en distintos municipios, enmarcados en el Programa de Apoyo a la Inversión en los Sectores Sociales de la Provincia de Buenos Aires con financiamiento del Banco Interamericano de Desarrollo (BID).
En cuanto a la compra de equipamiento para el ejercicio 2010, se prevé –entre otras adquisiciones- las de equipamiento para hospitales, regiones sanitarias y Centros de Atención Primaria de la Salud (CAPS) por una suma cercana a los $95 millones, con el fin de mejorar y ampliar la prestación de servicios a la comunidad.
En el siguiente cuadro se detallan algunas de las obras más relevantes a proseguir e iniciar en el transcurso del ejercicio 2010, por organismo ejecutor:
CONCEPTO |
DIRECCION DE VIALIDAD |
RP. 50 TRAMO COLON – A DEL MEDIO ACC. A PERSON – COLÓN |
PAVIMENTACIÓN DE LA RP. 40 – TRAMO: 25 DE MAYO-NORBERTO DE LA RIESTRA-SECCIÓN I-25 DE MAYO |
SEGUNDA CALZADA Y PAVIMENTACIÓN CAMINO 087-07 (TRAMO: CAMINO 987-01-RN. 9)-PAVIMENTACIÓN CAMINO 087-07-REPAVIMENTACIÓN CAMINOS 087-01 Y 087-11-RAMALLO |
REPAV. Y ENSANCHE AVDA. C. PELLEGRINI E/ PTE LA NORIA Y PTE. URIBURU |
PAVIMENTACIÓN RP № 72-TRAMO: SAN FRANCISO DE BELLOCQ-COPETONAS-SECCIÓN II-TRES ARROYOS. |
PAVIMENTACIÓN RP № 67-TRAMO: CORONEL SUÁREZ-LA COLINA-SECCIÓN I-CORONEL SUÁREZ-GENERAL LA MADRID |
PAVIMENTACIÓN RP № 67-TRAMO: CORONEL SUÁREZ-LA MADRID-SECCIÓN ii-LA COLINA-GENERAL LA MADRID |
PAVIMENTACIÓN DEL ACCESO A HENDERSON DESDE RP. 65 (CAMINOS 119-2 Y 011-07)-HIPÓLITO YRIGOYEN Y BOLÍVAR |
RECUPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LA RP 31 TRAMO- RN 7-RP 191 (CREMA)-PARTIDOS DE CARMEN DE ARECO, SALTO Y ROJAS |
RP 21 CALLE PERÓN –AVDA. RIVADAVIA-MERLO-ITUZAINGÓ |
CONSTRUCCIÓN DOBLE CALZADA CON 007-05/06 Y REP. EX RN 252-TR.: AVDA 14 DE JULIO-ACC A AEROCLUB Y RP 51 – VÍAS DEL FFCC – BAHÍA BLANCA |
VINCULACIÓN RP 6 Y ACC PARQUE INDUSTRIAL – PILAR |
OBRAS EN LA RED VIAL – PARTIDOS VARIOS |
PAV. RP 76 TR. 17 DE AGOSTO FELIPE SOLA-PDO. PUÁN |
PAVIMENTACIÓN CAMIO 031-08 (EX RN 193) TRAMO: RN 8 – RP 39 – SECCIÓN II: PR. KM 4,00 – RP 39 – EXALTACIÓN DE LA CRUZ. |
RP 21 CALLE LASALLE-CALLE PERÓN-LA MATANZA-MERLO |
RP 21 – TRAMO iii: RN 3 Y C. LASALLE – LA MATANZA |
RP 4 TRAMO ii_ E/ RN3 Y AVDA. FLEMING – VARIOS PARTIDOS |
CONSTR. ALCANTARILLAS CON DEL CEREAL DAIREAUZ-MONES CAZON-PARTIDOS VARIOS |
ACCESO A PUERTO DE CAMPANA TRAMO I: AMPLIACIÓN AVDA 6 DE JULIO –E/AVDA PRESIDENTE PERÓN E IRIGOYEN |
REPAV. RP 55 – TRAMO: ACCESO A BALCARCE – LOS PINOS – BALCARCE |
RP. 4 TRAMO III: RN 3 Y AV. FLEMING – VARIOS PARTIDOS |
REP Y ENSANCHE AVDA. GRAL. ROCA (RP 201), VÍAS DEL FERROCARRIL URQUIZA – HURLINGHAM |
REPAV. RP 11 TR BAVIO – RP20 – MAGDALENA |
REP. CON 107-05-ACC. 30 DE AGOSTO –TR. RN 33 – PDO TRENQUE LAUQUEN |
PAVIMENTACIÓN RP № 65 – TRAMO: EMPALME RN № 205 – RN № 226 – BOLÍVAR |
REPAV RP 4 – TRAMO: CAMINO GRAL. BELGRANO – RN 3 – VARIOS PARTIDOS |
PAVIMENTACIÓN ACCESO A PARQUE INDUSTRIAL – SAN ANDRÉS DE GILES |
ACCESO A PUERTO SAN PEDRO ZONA DE PLAYÓN Y MUELLE |
PAVIMENTACIÓN, REPAVIMENTACIÓN Y ENSANCHE DE LA AV. FLEMING – ACCESO AL CAMPUS UNIVERSITARIO – TANDIL |
ACCESO A SAN CLEMENTE – RP 11 – REPAVIMENTACIÓN Y ENSANCHE – PARTIDO DE LA COSTA |
PAVIMENTO URBANO – VILLARINO |
REPAVIMENTACIÓN DE ACCESO A URIBELARREA DESDE RP 205 – CAÑUELAS |
PAVIMENTACIÓN ACCESO A PUERTO LAS PALMAS – DESDE RN 9 – ESTACIÓN LAS PALMAS – ZÁRATE |
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA |
SANEAMIENTO HIDRÁULICO DE LA CUENCA DEL ARROYO FINOCHIETO – PARTIDO DE LA MATANZA |
DESAGUES CLOACALES EN LA CUENCA DE LA IV COLECTORA MÁXIMA – PARTIDO DE GENERAL PUEYRREDÓN |
CONSTRUCCIÓN HOSPITAL CIUDAD EVITA – LA MATANZA |
RED CLOACAL PLANTA CATONAS I – PARTIDO DE MORENO |
EST. TRANSF. MONTE HERMOSO Y LAT 132 KV DE VINCULACIÓN – PARTIDOS VARIOS |
RED DE DESAGUES CLOACALES B° PARQUE SAN MARTÍN – S. NOROESTE MERLO |
OBRAS DE INFRAESTRUCTURA ENERGÉTICA – PARTIDOS VARIOS |
PLANTA DE TRATAMIENTO DE EFLUENTES CLOACALES – SAN NICOLÁS |
DESAGUES CLOACALES MARIANO ACOSTA Y FERRARI – S. ESTE - MERLO |
RED DE DESAGUES CLOACALES B° PARQUE SAN MARTÍN – S. SUROESTE - MERLO |
SANEAMIENTO DE LA CUENCA DEL A° TORRES – ETAPA I – 2DA. PARTE – TRAMO I - MERLO |
DESAGUES CLOACALES MARIANO ACOSTA Y FERRARI – S. OESTE - MERLO |
RED DE DESAGUES CLOACALES SAN MIGUEL OESTE I Y EB |
LMT 33 KV AYACUCJO LANGUEYU UDAQUIOLA |
DESAGUES PLUVIALES MATANZA AL CILDAÑEZ – GR. 1 |
LMT 33 KV HENDERSON – MONES CAZÓN – SALAZAR – PARTIDOS VARIOS |
LMT 33 CORONEL SUÁREZ – GENERAL LA MADRID Y ET EN LA COLINA – CORONEL SUÁREZ Y GENERAL LA MADRID |
RED DE DESAGUES CLOACALES Y RED DE DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE B° SAMBRIZZI Y ZAPIOLA |
CENTRO CÍVICO – PARTIDO DE CHIVILCOY |
PROGRAMA DE RECUPERACIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO – VARIOS PARTIDOS |
RED DE RECOLECCIÓN DE AGUAS SERVIDAS PARQUE ORENSE Y LA ARGENTINA – GRAL. RODRÍGUEZ |
LMT 33 KV SEGUNDA ALIMENTACIÓN A CARMEN DE ARECO |
SISTEMA CLOACAL PARA GENERAL CERRI – BAHÍA BLANCA |
SANEAMIENTO AMBIENTAL Y CONTROL EN LA CUENCA DEL RÍO RECONQUISTA – PARTIDOS VARIOS |
RED DE AGUA CORRIENTE Y PERFORACIONES EN ZÁRATE |
RED CLOACAL Y PLANTA DEPURADORA – CARMEN DE PATAGONES |
PROGRAMA DE CONSTRUCCIÓN DE OBRAS DE SALUD, EDUCACIÓN, Y CULTURA, Y PROMOCIÓN SOCIAL – BID – PAISS – VARIOS PARTIDOS |
JARDÍN DE INFANTES N° 901 – TRENQUE LAUNQUEN |
CENTRO DE INTEGRACIÓN SOCIAL B° TRINCAVELLI - PERGAMINO |
SISTEMA DE CALEFACCIÓN CÁRCEL DE MUJERES MERCEDES |
SANEAMIENTO CUENTA ARROYO TORRES (CONDUCTO ALIVIADOR) – MERLO |
INSTITUTO DE LA VIVIENDA |
PROGRAMA FEDERAL DE CONSTRUCCIÓN Y MEJORAMIENTO DE VIVIENDA – PARTIDOS VARIOS |
REACTIVACIÓN OBRAS PARALIZADAS Y/O NO INICIADAS (CONVENIO DECRETO N° 1013/05 P.F.C.V.) – VARIOS PARTIDOS |
EMERGENCIA HABITACIONAL – PARTIDOS VARIOS |
En el ámbito del Ministerio de Seguridad se continuará con el Plan de Obras vinculado a la construcción y/o refacción de las unidades policiales que alojan a personas privadas de su libertad y demás dependencias. Así también se prevé iniciar un proceso de modernización del Sistema de Localización Vehicular, que incluye equipamiento para 116 Terminales de Monitoreo y Control, y 6.773 para terminales móviles. Asimismo, se llevará a cabo la reprogramación del Sistema en las terminales móviles que actualmente cuentan con este instrumento y se instalará en las nuevas unidades recientemente adquiridas.
A su vez, en el marco de la Ley n° 13.795 que declara en emergencia la infraestructura edilicia del Poder Judicial, se desarrollarán los emprendimientos que se consideran prioritarios, los cuales son incluidos en el Plan de Infraestructura Edilicia del Poder Judicial. Al respecto, cabe señalar que la citada norma obedece a la necesidad de aumentar y mejorar dicha infraestructura a efectos de paliar un déficit que en los últimos años se ha incrementado y que ha requerido la puesta en marcha del citado programa.
En lo concerniente a las transferencias de capital, las cuales se estima alcancen los $ 1.319,5 millones, se destaca el impacto del Fondo Federal Solidario creado en el primer trimestre de 2009. Cabe recordar que por dicho concepto de derechos de exportación de soja y sus derivados, los Municipios recibirán recursos por $ 410,8 millones, más que duplicando la cifra estimada para el corriente año. Asimismo, se prevé continuar con la modernización del Parque de Generación de Energía de Centrales de la Costa Atlántica S.A.
La inversión financiera para el año 2010 fue presupuestada en $ 867,4 millones, siendo $ 222 millones superior a la proyección de cierre de 2009. Se destaca dentro de estos gastos el financiamiento a los Municipios a través del Programa de Financiamiento y Desarrollo Municipal por el cual se proyectan gastos por $ 55 millones, más del doble del gasto del año 2009.
Para el ejercicio 2010 se prevé la profundización de los lineamientos fijados por esta gestión en el diseño de la Política Salarial y ocupacional, a fin de continuar con la jerarquización de los agentes y el fortalecimiento de la carrera administrativa, en el marco de las negociaciones paritarias del sector Público que continuarán desarrollándose en un contexto de sustentabilidad fiscal.
En lo referido a la planta de personal, se estima mantener los actuales planteles (con las modificaciones previstas en el articulado del presente Proyecto de Ley), siempre acompañando las Políticas de Gobierno en materia de educación, salud, desarrollo social y seguridad definidas como prioritarias por el Gobierno Provincial.
4.2.2 La Coordinación Municipal
Durante el próximo año el Gobierno Provincial continuará con la política de fortalecimiento de los gobiernos municipales, mediante el incremento de la transferencia de recursos y la implementación de instrumentos amplios para el tratamiento de las deudas municipales, que permitan implementar un mejoramiento de la estructura y el perfil de vencimientos de los servicios de las mismas
En este orden de ideas, se propone brindar a los Municipios que incurrieran en déficit al cierre del ejercicio 2009, la posibilidad de que el mismo sea cancelado durante el ejercicio 2010, siempre que esté justificado mediante un informe técnico-financiero y económico. En ese sentido, se faculta al Tribunal de Cuentas a suspender las sanciones previstas para estos casos
4.3. LOS SERVICIOS DE DEUDA Y EL FINANCIAMIENTO
4.3.1. Los servicios de la deuda
El cálculo de servicios totales de deuda para el año 2010 arroja una estimación de $ 5.786,3 millones, teniendo como base las proyecciones macro fiscales 2010-2012 elaboradas por el Gobierno Nacional en el marco del Régimen Federal de responsabilidad Fiscal y utilizadas en la elaboración del Proyecto de Presupuesto de la Nación.
Del total de servicios de deuda que deberá afrontar la Provincia durante 2010, las amortizaciones representarían el 77,9%, y el 22,1% restante, el pago de intereses.
Estimación del pago de los servicios de la deuda del año 2010
-en millones de $-
|
Servicios Estimados año 2010 (*) |
|||
Amortización |
Intereses |
Total Servicios |
% sobre el Total de Ss |
|
Deudas con el Gobierno Nacional |
3.613,2 |
130,4 |
3.743,6 |
64,7% |
Canje de Deuda |
1.283,8 |
0,0 |
1.283,8 |
22,2% |
PUM |
641,9 |
0,0 |
641,9 |
11,1% |
PFO´s y PAF´s |
1.303,8 |
47,3 |
1.351,1 |
23,3% |
Conv. Suspensión de intereses ´07, ´08 y´09 |
93,4 |
5,2 |
98,6 |
1,7% |
Préstamo FFDP_2008 y 2009 |
264,9 |
11,0 |
275,9 |
4,8% |
FFFIR/FTSP |
25,6 |
9,2 |
34,8 |
0,6% |
Préstamo ANSES |
|
57,6 |
57,6 |
1,0% |
Créditos Multilaterales |
385,6 |
168,2 |
553,8 |
9,6% |
Títulos Públicos |
501,2 |
973,2 |
1.474,3 |
25,5% |
Bonos Domésticos |
501,2 |
171,9 |
673,1 |
11,6% |
Eurobonos |
0,0 |
801,2 |
801,2 |
13,8% |
Resto |
7,6 |
7,0 |
14,6 |
0,3% |
Total |
4.507,6 |
1.278,7 |
5.786,3 |
100,0% |
(*) Para la conversión a $ de los servicios de deuda denominados en moneda extrajera se utilizó el Marco macro fiscal del Proyecto de Ley de Presupuesto del Gobierno Nacional para el ejercicio 2010.
Fuente: Dirección Provincial de Deuda y Crédito Público, Subsecretaria de Hacienda
Al analizar la composición estimada para 2010, se verifica que los pagos al Gobierno Nacional continuarían explicando la porción más importante de los servicios totales (64,7%), en tanto que los que se efectuarían a tenedores de títulos públicos tendrían una participación del 25,5%. Por su parte, los Organismos Multilaterales de Crédito representarían, aproximadamente, el 9,6% de los servicios de deuda a pagar por la Provincia.
En este contexto, resultan sumamente promisorios para la Provincia los artículos 73 y 74 del Proyecto de Ley de Presupuesto de la Administración Nacional, toda vez que se abre la posibilidad de reprogramaciones, quitas, remisiones y novaciones de deuda pública contraídas por las Provincias con el Gobierno Nacional, e inclusive aquellas que hayan sido tomadas con otros acreedores pero que cuenten con avales y garantías del Gobierno nacional. A su Vez, la posibilidad de que el Gobierno Nacional. A su vez, la posibilidad de que el Gobierno Nacional financie atrasos de tesorería de los Gobiernos provinciales es otra fuente de alivio fiscal potencial para la Provincia de Buenos Aires, lo que conllevará las necesarias negociaciones entre ambos niveles de Gobierno, tendientes al acceso de Buenos Aires a los citados programas.
4.3.2. El financiamiento 2010
El presente Proyecto de Presupuesto prevé autorizaciones al Poder Ejecutivo para utilizar distintas herramientas de financiamiento, a fin de solventar actividades que promuevan planes estratégicos y el desarrollo territorial provincial, programas sociales, la ampliación de la capacidad de transporte de energía eléctrica en la Provincia de Buenos Aires, la construcción de vivienda, la ejecución de proyectos de inversión pública, como así también la atención del déficit financiero y la regularización de atrasos de tesorería.
Asimismo, en línea con la política de reinserción del gobierno Nacional a los mercados internacionales, se propicia la reinserción de nuestra Provincia en busca de financiamiento.
4.3.3. Estimación de Gastos Tributarios 2010
En lo que sigue se presenta analíticamente el detalle de los gastos tributarios estimados para el año 2009 y los proyectados para el 2010 y, en medida de lo posible, su cuantificación para los principales tributos provinciales: impuestos Inmobiliarios, a los Automotores, sobre los Ingresos Brutos y de Sellos.
Cabe destacar que en 2009 se avanzó en el perfeccionamiento del cálculo y actualización de datos, por lo que los montos del actual informe no son estrictamente comparables con los del año anterior.
IMPUESTO A LOS AUTOMOTORES |
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Detalle |
Gasto Tributario 2009 (e) (en millones de $) |
Gasto Tributario 2010 (p) (en millones de $) |
Por los vehículos de su propiedad y uso exclusivo destinados a sus actividades propias, los Cuerpos de Bomberos Voluntarios, las instituciones de beneficencia pública con personería jurídica, las cooperadoras, las instituciones religiosas debidamente reconocidas por autoridad competente y la Cruz Roja Argentina. |
1,35 |
1,69 |
Los vehículos nuevos o usados, destinados al uso exclusivo de personas discapacitadas y conducidos por las mismas; aquellos que por la naturaleza y grados de discapacidad o por tratarse de un menor de edad discapacitado, la autoridad competente autorice el manejo del automotor por un tercero y los adquiridos por instituciones asistenciales sin fines de lucro, oficialmente reconocidas, dedicadas a la rehabilitación de personas con discapacidad. |
6,78 |
9,01 |
Las ambulancias de propiedad de obras sociales y/o mutuales sindicales. |
0,03 |
0,04 |
Los vehículos automotores cuyos propietarios acrediten el pago del impuesto análogo en jurisdicción nacional o de otras provincias y que circulen en el territorio de la Provincia de Buenos Aires, siempre que sus titulares no tengan domicilio real en jurisdicción provincial. |
Sin dato |
Sin dato |
Representaciones diplomáticas y consulares acreditadas ante el gobierno de la República y las agencias establecidas con fines oficiales, a condición de reciprocidad. |
Sin dato |
Sin dato |
Los comerciantes habitualistas inscriptos en los términos del Decreto-Ley 6.582/58 por las cuotas del impuesto correspondiente a vehículos usados registrados a su nombre. |
Sin dato |
Sin dato |
Los vehículos de asociaciones gremiales de trabajadores con personería jurídica y/o gremial |
Sin dato |
Sin dato |
Otras Exenciones: Contribuyentes que realizan actividades económicas en Partidos declarados en desastre, con ingresos inferiores al mínimo del impuesto sobre los Ingresos Brutos. La exención se aplica a camiones, camionetas, pick-up, jeeps y acoplados. La Caja de Previsión Social para abogados. La corporación del Mercado Central de Buenos Aires. La Caja de Previsión y Seguro Médico de la Prov. De Buenos Aires La Caja de Previsión Social para Agrimensores; Arquitectos; Ingenieros y Técnicos. El Comité interjurisdiccional del Río Colorado (C.O.I.R.C.O.) Máquinas de uso agrícola, aplanadoras, gúas, tractores y similares. Los vehículos de propiedad de los partidos políticos o agrupaciones municipales, debidamente reconocidas. |
0,12 |
0,14 |
Total Gastos Tributarios Impuesto a los Automotores |
8,28 |
10,89 |
(e) Estimado
(p) Proyectado
IMPUESTO INMOBILIARIO |
||
Detalle |
Gasto Tributario 2009 (e) (en millones de $)
|
Gasto Tributario 2010 (p) (en millones de $) |
Los templos religiosos pertenecientes a cultos reconocidos por autoridad competente y los institutos de vida consagrada. |
1,24 |
1,37 |
El Arzobispado y los Obispados en la Provincia |
1,54 |
1,69 |
Las fundaciones debidamente reconocidas como tales, cuyos inmuebles estén destinados exclusivamente a cumplir con su objeto estatutario. |
2,52 |
2,64 |
Las universidades reconocidas como tales. |
0,31 |
0,34 |
La Cruz Roja Argentina. |
0,01 |
0,01 |
Los inmuebles declarados monumentos históricos, por autoridad competente. |
0,01 |
0,01 |
Los propietarios y demás responsables de inmuebles pertenecientes a la planta urbana baldía cuyo avalúo fiscal no supere la suma que fije la Ley Impositiva ($6.000) y además sean propietarios, usufructuarios o poseedores de ese sólo inmueble. |
0,01 |
0,01 |
Los inmuebles ocupados por asociaciones gremiales de trabajadores con personería jurídica y/o gremial, siempre que les pertenezcan en propiedad, usufructo, o les hayan sido cedidos gratuitamente en uso, siempre que el uso y/o la explotación sean realizadas exclusivamente por dichas entidades. Los inmuebles ocupados por los partidos políticos y agrupaciones municipales, debidamente reconocidos, siempre que les pertenezcan en propiedad, usufructo o les hayan sido cedidos gratuitamente en uso y se encontraren destinados en forma exclusiva y habitual a las actividades del partido o agrupación municipal. |
1,84 |
1,93 |
Los Talleres Protegidos de Producción y Centros de Día contemplados en la Ley 10.592, por los inmuebles de su propiedad o cedidos en uso gratuito. |
0,01 |
0,01 |
Los inmuebles o partes de los mismos destinados a forestación o reforestación con experimentales, de producción y montes especiales. |
0,00 |
0,00 |
Las asociaciones y sociedades civiles, y sociedades comerciales constituidas de conformidad al artículo 3 de la Ley 19.550, con personería jurídica, cuando el producto de sus actividades se afecte exclusivamente a los fines de su creación y que no distribuyan suma alguna de su producto entre asociados y socios, y solamente respecto de aquellos inmuebles se utilicen principalmente para los fines que a continuación se expresan: servicio de bomberos voluntarios; salud pública y asistencia social gratuitas; y beneficencia; bibliotecas públicas y actividades culturales; enseñanza e investigación científica; actividades deportivas y servicios especializado en la rehabilitación de personas discapacitadas. |
12,36 |
13,60 |
Los inmuebles de hasta cincuenta (50) hectáreas destinados exclusivamente a la explotación tambera, siempre que el contribuyente sea propietario, usufructuario o poseedor de ese solo inmueble, realice por sí la explotación y se encuentre debidamente inscripto en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos. |
0,02 |
0,02 |
Los titulares de dominio o
demás responsables por los edificios, sus obras accesoria, instalaciones y
demás mejoras de los inmuebles de las plantas rural y subrural, según ley |
0,90 |
0,90 |
El valor correspondiente a las plantaciones de los inmuebles de la zona suburbana, según la clasificación de la ley de catastro. |
Sin dato |
Sin dato |
Los inmuebles pertenecientes a la planta urbana edificada con valuación que no supere los $20.000 y cuyo propietario sea una persona física. |
31,40 |
- |
Los inmuebles pertenecientes a la planta urbana edificada con valuación que no supere los $25.000 y cuyo propietario sea una persona física |
- |
48,40 |
Los propietarios, usufructuarios o poseedores de un único inmueble perteneciente a la planta urbana edificada, cuyo evalúo fiscal no supere $ 44.000. |
1,75 |
1,75 |
Los jubilados o pensionados que sean propietarios, usufructuarios o poseedor de un solo inmueble -perteneciente a la planta urbana edificada-, cuyo avalúo fiscal total no supere los $ 200.000, y cuando sus ingresos mensuales no superen $1.500 en el año 2009 y $2.000 en el año 2010. |
46,20 |
46,20 |
Los ex combatientes de Malvinas o sus derecho-habientes que sean propietarios de vivienda única y destinada a uso familiar, cuya valuación no supere $ 80.000. El límite de valuación no se aplica en el caso de ex soldados conscriptos y civiles. No pueden acceder los condenados por crímenes de lesa humanidad. Los inmuebles que hayan sido la última vivienda de personas que se encuentren en situación de desaparición forzada o que hubiesen fallecido como consecuencia del accionar de las fuerzas armadas, de seguridad o de cualquier grupo paramilitar con anterioridad al 10 de diciembre de 1983, mientras que mantengan la titularidad dominial de los mismos sus derecho-habientes comprendidos en el beneficio establecido en la ley Nacional 24.411 y modificatorias. |
0,20 |
0,20 |
Energía eòlica: Los inmuebles o parte de los mismos destinados a la instalación de equipos de transformación de energías renovables en eléctrica por 10 años. |
Sin dato |
Sin dato |
Inmuebles habilitados por autoridad competente para el desarrollo de actividades teatrales. |
Sin dato |
Sin dato |
Los bienes inmuebles públicos municipales y los privados declarados provisoria o definitivamente como patrimonio cultural. |
Sin dato |
Sin dato |
Los afectados a plantas industriales alcanzadas por el régimen de promoción industrial - por un período mínimo de 3 años y máximo de 10 años-, según la región de emplazamiento. |
Sin dato |
Sin dato |
Productores agropecuarios afectados en su producción o capacidad de producción en por lo menos el 80 % (Desastre agropecuario) se eximen del Inmobiliario Rural, en un porcentaje igual al de afectación. |
14,40 |
- |
Productores agropecuarios alcanzados por la exención establecida en la Ley Impositiva 2010. |
- |
33,20 |
Transmisiones de inmuebles realizadas en el marco de planes de regularizaciones dominial de interés social en los que intervenga la Escribanía General de Gobierno (se condonan las deudas por impuesto Inmobiliario que registre el bien, hasta la fecha de transmisión). Monto máximo de valuación del inmueble se establece en un incremento del 100% de lo estipulado en la Ley Impositiva ($60.000) |
Sin dato
|
Sin dato |
La Caja de Previsión Social para abogados |
Sin dato |
Sin dato |
La Corporación del Mercado Central de Buenos Aires |
Sin dato |
Sin dato |
Las Asociaciones de Bomberos Voluntarios |
Sin dato |
Sin dato |
La caja de Previsión y Seguro Médico de la Provincia de Buenos Aires. |
Sin dato |
Sin dato |
La Caja de Previsión para Agrimensores; Arquitectos; Ingenieros y Técnicos. |
Sin dato |
Sin dato |
El Comité Interjurisdiccional del Río Colorado (C.O.I.R.C.O) |
Sin dato |
Sin dato |
Biocombustibles (Ley 13.719). Las personas físicas y/o jurídicas cuyos proyectos sean para autoconsumo o bien estén promovidos por la Ley 26.093, estarán exentas por quince (15) años correspondientes al proyecto promovido. Aquellas cuyos proyectos sean para venta al mercado interno o para exportación estarán exentas por diez (10) años correspondientes al proyecto promovido. |
Sin dato |
Sin dato |
La exención de abonar por seis meses las cuotas del impuesto que venzan en ese lapso por los contribuyentes de la Planta Urbano Baldío que informen a Arba haber obtenido un permiso de obra. |
Sin dato |
Sin dato |
Promoción Industrial (Ley 13.656). Las empresas beneficiarias podrán gozar de una exención total de hasta diez (10) años según el Plan de Desarrollo Industrial. Cuando se trate de: 1) Planta nueva, será del 100% de las partidas inmobiliarias para los inmuebles afectados a las actividades promovidas. 2) Ampliación de una planta existente, será del porcentaje correspondiente a los inmuebles incorporados de acuerdo al proyecto aprobado. 3) Incorporación de un nuevo proceso productivo, será del porcentaje del total correspondiente a los inmuebles incorporados de acuerdo al proyecto aprobado. |
Sin dato |
Sin dato |
Régimen de Promoción de la Industria del Software (Ley 13.649). La exención será del 100% cuando se trate de beneficiarios que hayan manifestado en su solicitud de inscripción al Régimen que un porcentaje mayor al 80% de las actividades que desarrolla se encuadra dentro de la promoción. Para quienes hubieren declarado un porcentaje superior al 50% y hasta un 80% la exención será del 70%. |
Sin dato |
Sin dato |
Los régimenes promocionales de las Leyes 12.322 y 12.323 prevén exenciones del 50% del impuesto Inmobiliario para los sectores agropecuario, industrial, comercial y de prestación de servicios para el CORFO Patagones-Villarino, Púan y Tornquist y del 100%, para el área de secano de Patagones. |
Sin dato |
Sin dato |
Total Gastos Tributarios Impuesto Inmobiliario |
114,78 |
152,35 |
Nota: El Cálculo de Gastos Tributarios se encuentra subvaluado debido a la no actualización en la base de datos de los bienes inmuebles que se encuentran contribuidos por exenciones, tanto de valores como de reformas catastrales. ( e) Estimado (p) Proyectado |
|
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IMPUESTO SOBRE INGRESOS BRUTOS (*) |
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Detalle |
Gasto Tributario 2009 (e) (en millones de $) |
Gasto Tributario 2010 (p) (en millones de $) |
Las bolsas de Comercio autorizadas a cotizar títulos valores y los Mercados de Valores. |
0,73 |
0,81 |
Toda operación sobre títulos, letras, bonos, obligaciones y demás papeles emitidos y que se emitan en el futuro por la Nación, las provincias, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y las municipalidades, como así también las rentas producidas por los mismos y/o los ajustes de estabilización o corrección monetaria. Las operaciones sobre obligaciones negociables. |
Sin dato |
Sin dato |
Las asociaciones mutualistas, exclusivamente respecto de los ingresos que provengan de la realización de prestaciones mutuales a sus asociados, con excepción de la actividad que puedan realizar en materia de seguros. |
Sin dato
|
Sin dato |
Las operaciones realizadas por asociaciones, sociedades civiles, entidades o comisiones de beneficencia, bien público, asistencia social, de educación e instrucción, científicas, artísticas y culturales, instituciones religiosas y asociaciones obreras, siempre que los ingresos obtenidos sean destinados exclusivamente al objeto previsto en sus estatutos sociales, acta de constitución o documento similar y no se distribuya suma alguna de su producido entre asociados o socios, excepto clubes de fútbol. El beneficio no alcanza a los ingresos obtenidos por el desarrollo de actividades comerciales y/o industriales cuando superen, anualmente, $ 180.000 y la medicina prepaga. |
Sin dato |
Sin dato |
Las cooperativas y empresas de servicios eléctricos; las cooperativas que prestan servicio público telefónico; las cooperativas integradas por las municipalidades y/o vecinos, que realicen las actividades de construcción de redes de agua potable o redes cloacales y/o la prestación del suministro de agua potable o la prestación del servicio de mantenimiento de desagues cloacales, construcción de redes de distribución de gas natural y/o la prestación del servios de higiene urbana y la construcción de pavimentos, todo ello dentro del partido al que pertenecen. |
12,41 |
13,94 |
Los buhoneros, fotógrafos y floristas sin local propio y similares en tanto se encuentren registrados en la respectiva municipalidad y abonen la sisa corresp. |
Sin dato |
Sin dato |
Los ingresos provenientes de la locación de viviendas y mientras les sea de aplicación la exención respecto del impuesto a las ganancias. |
Sin dato |
Sin dato |
Los ingresos de profesionales liberales correspondientes a cesiones o participaciones que les efectúen otros profesionales cuando estos últimos computen la totalidad de los ingresos como materia gravada. |
Sin dato |
Sin dato |
Las emisoras de radiotelefonía y las de televisión |
Sin dato |
Sin dato |
Televisión por cable, codificadas, satelitales, de circuitos cerrados y toda otra forma que haga que sus emisiones puedan ser captadas únicamente por sus abonados. |
102,14 |
131,33 |
Las cooperativas de trabajo, cuando la actividad que realicen se encuentre prevista en el estatuto y sean conducentes al objeto social. |
Sin dato |
Sin dato |
Los ingresos de los socios o accionistas de cooperativas de trabajo, provenientes de los servicios prestados en las mismas. |
Sin dato |
Sin dato |
Los ingresos gravados de las personas discapacitadas, hasta $ 45.000 |
Sin dato |
Sin dato |
Los establecimientos educacionales privados. |
149,37 |
162,66 |
La edición de libros, diarios, periódicos y revistas, en todo su proceso de creación, ya sea que la actividad la realice el propio editor o terceros por cuenta de éste; igual tratamiento tendrán la distribución y venta de los impresos citados. Están comprendidos en esta exención los ingresos provenientes de la locación de espacios publicitarios (avisos, edictos, solicitadas, etc). Esta exención no comprende los ingresos provenientes de la impresión, edición, distribución y venta de material cuya exhibición al público y/o adquisición por parte de determinadas personas, se encuentre condicionada a las normas que dicte la autoridad competente. |
55,73 |
62,72 |
Los ingresos de los Talleres Protegidos de Producción y Centros de Día de acuerdo a lo normado en la Ley 10.592 |
Sin dato |
Sin dato |
Las congregaciones religiosas reconocidas oficialmente y los institutos de vida consagrada y sociedades de vida apostólica que gocen de personalidad jurídica pública en la Iglesia Católica conforme a los términos de la Ley 24.483. |
Sin dato |
Sin dato |
Alquiler de hasta 2 propiedades, en los ingresos correspondientes al propietario, salvo que éste sea una sociedad o empresa inscripta en el Registro Público de Comercio. |
Sin dato |
Sin dato |
Venta de inmuebles efectuadas después de 2 años de su escrituración, en los ingresos correspondientes al enajenante, salvo que éste sea una sociedad o empresa inscripta en el Registro Público de Comercio, el plazo no es exigible cuando se trate de ventas efectuadas por sucesiones, de ventas de única vivienda efectuadas por el propietario y las que se encuentren afectadas a la actividad como bienes de uso. |
Sin dato |
Sin dato |
Venta de lotes pertenecientes a subdivisiones de no más de 10 unidades, excepto que se trate de loteos efectuados por una sociedad o empresa inscripta en el Registro Público de Comercio. |
Sin datos |
Sin datos |
Actividades primarias, excepto cereales y carnes, cuando las mismas se desarrollen en establecimiento ubicado en la provincia de Buenos Aires y el total de ingresos gravados, no gravados y exentos, obtenidos por el contribuyente en el período fiscal anterior, por el desarrollo de cualquier actividad dentro o fuera de la Provincia, no supere los $ 60.000.000. |
430,44 |
467,89 |
Actividades industriales cuando las mismas se desarrollen en establecimiento ubicado en la provincia de Buenos Aires y el total de ingresos gravados, no gravados y exentos, obtenidos por el contribuyente en el período fiscal anterior, por el desarrollo de cualquier actividad dentro o fuera de la Provincia, no supere los $60.000.000 |
1.089,31 |
1.225,48 |
Actividades que tienen alícuota reducida: a) Cadena farmacéutica 1,0; 2,5 (General 1,5/3, 4,5/3) b) Concesionarias 4% (General de comercio 4,5/3) c) Transporte 1,5 (General de servicios 3,5). Servicios relacionados con la salud 1,5 (General de servicios 3,5). |
856,93 |
925,49 |
Actividades de comercialización, ya sea mayorista o minorista, cuando las mismas se desarrollen en establecimiento ubicado en la provincia de Buenos Aires y el total de ingresos gravados, no gravados y exentos, obtenidos por el contribuyente en el período fiscal anterior, por el desarrollo de cualquier actividad dentro o fuera de la Provincia, no supere los $ 30.000.000 |
755,68 |
816,13 |
Los ingresos obtenidos por sujetos radicados en la zona franca, provenientes de actividades efectivamente realizadas en dicho ámbito territorial (sujetos radicados son los concesionarios de las zonas francas y los usuarios que hayan celebrado el contrato de admisión). Exclusiones: art. 1° de la Ley 12.045 |
Sin Dato |
Sin dato |
Los productores teatrales por los ingresos provenientes de la venta de localidades. |
1,32 |
1,46 |
Las personas físicas que desempeñen actividades teatrales y artísticas cuando los ingresos anuales no superen $18.000 |
Sin dato |
Sin dato |
Ingresos obtenidos por industriales comprendidas en el régimen de promoción industrial – por un período mínimo de 3 años y máximo de 10 años- según la región. |
Sin dato |
Sin dato |
Fundaciones y demás entidades que no se distribuyan suma alguna de su producido entre asociados o socios que tengan por objeto social la lucha contra la fiebre aftosa y todas aquellas enfermedades que afecten a la población animal y cuyas campañas para su control y/o erradicación sean declaradas de interés estatal. |
Sin dato |
Sin dato |
Cooperativas de provisión minorista Ley 10.345. Quedan contempladas dentro de esta exención, aquellas cooperativas que asuman por propia cuenta la adquisición de elementos de consumo alimentario y de limpieza a nivel mayorista, directamente de los centros de producción, para ser distribuidos entre sus asociados quienes lo utilizan para el desenvolvimiento de sus propias bocas de expendio y realicen toda la actividad inherente a la explotación integral de la misma. |
Sin dato |
Sin dato |
Las actividades Laborales de Autoempleo y Subsistencia (ALAS) |
Sin dato |
Sin dato |
Biocombustibles (Ley 13.719). Las personas físicas y/o jurídicas cuyos proyectos sean para autoconsumo o bien estén promovidos por la Ley 26.093, estarán exentas por quince (15 años) correspondientes al proyecto promovido. Aquellas cuyos proyectos sean para venta al mercado interno o para exportación estarán exentas por diez (10) años correspondientes al proyecto promovido. |
Sin dato |
Sin dato |
Régimen de Promoción de la Industria del Software (Ley 13.649). La exención será del 100% cuando se trate de beneficiarios que hayan manifestado en su solicitud de inscripción al Régimen que un porcentaje mayor al 80% de las actividades que desarrolla se encuadra dentro de la promoción. Para quienes hubieren declarado un porcentaje superior al 50% y hasta un 80% la exención será del 70%. |
Sin dato |
Sin dato |
Programa Provincial de apoyo a jóvenes empresarios (Ley 14.029). Exención del pago a las empresas PyME que tengan menos de 4 años de vida y cuando sus titulares sean en su totalidad jóvenes de entre 18 y 35 años de edad. El plazo de exención durará 2 años, prorrogables por otros dos. |
Sin dato |
Sin dato |
Total Gastos Tributarios Ingresos Brutos |
3.454,07 |
3.807,90 |
(*) En 2009 se avanzó en le perfeccionamiento del cálculo y actualización de datos, por lo tanto no es estrictamente comparable con el informe del año anterior |
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(e) Estimado |
|
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(p) Proyectado |
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IMPUESTO DE SELLOS |
Detalle |
Las instituciones religiosas reconocidas por autoridad competente, las cooperadoras, asociaciones de bomberos voluntarios y consorcios vecinales de fomento. |
Las cooperativas de consumo y trabajo por los actos de constitución de sociedades y por sus aumentos de capital. |
Las cooperativas de vivienda, así como los actos por los que se constituyan dichas sociedades y por sus aumentos de capital. |
Los actos constitutivos de las asociaciones mutualistas y de las entidades de bien público, incluso fundaciones. |
Las cooperativas y empresas de servicios eléctricos y las cooperativas que presten los siguientes servicios: a) Público telefónico; b) Suministro de agua potable; c) Gas por redes; y d) De mantenimiento de desagües cloacales. |
Los partidos políticos o agrupaciones municipales, debidamente reconocidos. |
Las obras sociales encuadradas en las Leyes Nacionales 23.660 y 23.661. |
Las cajas de previsión y seguridad social para profesionales. |
Los contratos de compraventa de inmuebles que se otorguen de acuerdo con los regímenes de fomento agrario nacionales y provinciales, comprendidos en las leyes de transformación agraria, colonización o arrendamiento y aparcerías rurales. |
Contratos de prenda agraria que garanticen préstamos de o para la compra de semillas, acordados a los agricultores de la Provincia. |
Operaciones de “Crédito Rural de Habilitación”, afianzadas con garantías personales o reales, que realice el Banco de la Provincia de Buenos Aires |
Contratos hasta $ 5.000, que realicen los productores agropecuarios con destino a la adquisición y reparación de maquinarias e implementos agrícolas, alambrados, molinos y aguadas. |
Usuras pupilares. |
Adelantos entre bancos, con o sin caución; los créditos en moneda argentina concedidos por los bancos a corresponsales del exterior, los créditos concedidos por bancos para financiar operaciones de importación y exportación. |
Las operaciones de préstamos, a corto plazo entre bancos autorizados por el Banco Central de la República Argentina. |
Préstamos o anticipos a los empleados públicos, jubilados y pensionados, que acuerden bancos o instituciones oficiales. |
Documentación otorgada por sociedades mutuales formadas entre empleados, jubilados y pensionados de la Administración pública nacional, provincial y municipal. |
Los contratos de trabajo para el personal en relación de dependencia, en cualquiera de las modalidades a que se refiere la Ley de Contrato de Trabajo. |
Giros, cheques y valores postales; como asimismo las transferencias efectuadas por entidades regidas por la Ley 21.526. |
Actos y contratos que instrumenten operaciones de crédito y constitución de hipoteca para la compra, construcción o ampliación de la vivienda única, familiar y de ocupación permanente y cuyo monto no supere la suma de $60.000 y los que instrumenten la adquisición de lotes baldíos destinados a la construcción de la vivienda única, familiar y de ocupación permanente, cuyo monto no supere la suma de $ 30.000. |
Compraventa de inmuebles, destinados a vivienda única, familiar y de ocupación permanente, cuya valuación fiscal o el precio de la operación, el que fuera mayor, no supere la suma de $ 60.000. |
Las escrituras traslativas del dominio de inmuebles cuando se trate de lote o lotes baldíos destinados a vivienda única, familiar y de ocupación permanente y su valuación fiscal o el precio de la operación, no supere la suma de $30.000. |
Los boletos de compraventa de terrenos sujetos al régimen de la Ley Nacional 14.005 y Ley Provincial 4.564 y los boletos de compraventa de terrenos adquiridos en 100 o más cuotas. |
Las asociaciones y sociedades civiles con personería jurídica, en las cuales el producido de sus actividades se afecte exclusivamente a los fines de su creación y que no distribuyan suma alguna del mismo entre asociados y socios, siempre que cumplan las siguientes actividades: salud pública, beneficencia y asistencia social gratuita; bibliotecas públicas y actividades culturales; enseñanza e investigación científica; actividades deportivas. |
Los contratos de cesión de derechos de propiedad intelectual, los contratos de edición y los contratos de traducción de libros. |
Los contratos de impresión de libros, celebrados entre las empresas gráficas argentinas y las empresas editoras argentinas. |
Los contratos de venta de papel para libros. |
Los contratos de venta de papel para libros. |
Los contratos de venta de libros, aunque el precio se difiera en cuanto a su percepción, siempre que dichos contratos los celebren como vendedoras las empresas editoras argentinas. |
Los contratos de constitución de sociedades para la administración y explotación de servicios estatales que se privaticen, cuando sean formalizados por los empleados y/u operarios de aquellas. |
Los instrumentos y actos que formalicen operaciones de intermediación en el mercado de transacciones financieras entre terceros residentes en el país, que realicen las entidades financieras comprendidas en la Ley 21.526 dentro de las regulaciones establecidas por el Banco Central de la República Argentina. |
Los actos, contratos y operaciones, incluyendo entregas o recepciones de dinero, relacionados con la emisión, suscripción, colocación y transferencia de obligaciones negociables, emitidas conforme al régimen de las Leyes 23.576 y 23.962 y sus modificatorias. |
Las adquisiciones de dominio como consecuencia de juicios de prescripción, cuando reúnan los siguientes requisitos: a) Sean inmuebles edificados, cuyo avalúo fiscal total no supere la suma que fije la Ley Impositiva ($30.000) para inmuebles de uso familiar. b) Sean inmuebles destinados exclusivamente a vivienda familiar permanente. c) el beneficiario no se titular de otro bien inmueble. d) No superar los ingresos mensuales del peticionante, al momento de solicitar el beneficio, el monto de cuatro (4) sueldos correspondientes a la categoría 4 de la Administración Pública Provincial, según Ley 10.430. |
La creación, emisión y transferencia de letras hipotecarias, en los términos del Título III de la Ley 24. 441. |
Los contratos de leasing que revistan las modalidades previstas en los incisos a), b), c) y e) del artículo 5 de la Ley 25.248, cuando el tomador lo destine al desarrollo de las actividades agropecuaria, industrial, de servicios, minera y/o de la construcción. |
Los actos que instrumenten derechos de garantía otorgados a favor de Sociedades de Garantía Recíproca en el marco de lo establecido n el artículo 71 de la Ley 24.467. |
Los actos y contratos por los que se instrumente la transferencia del dominio de vehículos automotores comprendidos en el Capítulo III de la Ley 13.010 y aquellos referidos a unidades que por la antigüedad del modelo-año no se encuentren alcanzados por el Impuesto a los Automotores. |
Operatorias financieras y de seguros institucionalizadas destinadas a los sectores agropecuarios, industrial, minero y de la construcción. |
Actos jurídicos relacionados con actividades de implantación de bosques, su mantenimiento, el manejo, el riego, la protección y la cosecha de los mismos, incluyendo las actividades de investigación y desarrollo, la industrialización de la madera, cuando el conjunto de todas ellas formen parte de un emprendimiento forestal o forestaoindustrial integrado. |
Contratos de locación de obras y de servicios que tengan por objeto la construcción de una nueva planta industrial o la ampliación de una existente en la Provincia; contratos de suministro de energía eléctrica y gas con esa misma finalidad y contratos de seguro que cubran riesgos relacionados con igual objeto. |
Los sujetos radicados en las zonas francas de la Provincia, siempre que los actos, contratos u operaciones en que intervengan, tengan efecto exclusivamente en dichos territorios y su objeto se vincule directamente con el ejercicio de su actividad (sujetos radicados son los concesionarios de las zonas francas y los usuarios que hayan celebrado el contrato de admisión). |
Instrumentación de actos jurídicos relacionados con la prospección, exploración, explotación y beneficio de sustancias minerales, con excepción de los hidrocarburos sólidos, líquidos y gaseosos. |
Fundaciones y demás entidades que tengan por objeto social la lucha contra la fiebre aftosa y todas aquellas enfermedades que afecten a la población animal y cuyas campañas para su control y/o erradicación sean declaradas de interés estatal |
Determinadas operaciones de Fogaba S.A. (Ley 11.560). |
Constitución, cancelación e inscripción de hipotecas que garanticen préstamos otorgados mediante “Cédulas Hipotecarias Rurales”, emitidas por el Banco Nación Argentina. |
Los actos, contratos y operaciones (inclusive los relativos a la adquisición de inmuebles), que sean necesarios instrumentar a los fines del desarrollo y concreción de la Central de Generación de Energía eléctrica a ciclo combinado ubicada en la ciudad de Campana. |
Biocombustibles (Ley № 13.719). Todos aquellos actos jurídicos relacionados con la producción de biocombustibles, también aquellos involucrados en la construcción de la planta. |
Promoción Industrial (Ley 13.656). |
Régimen de Promoción de la Industria del Software (Ley 13.649). En todos aquellos actos jurídicos relacionados con cada una de las actividades a que hace referencia el artículo 4 de la Ley 25.922. |
Letras y pagarés hipotecarios, como parte del precio de un contrato de compraventa de inmuebles, cuando se haya efectuado la escritura traslativa de domino, siempre que lleven al dorso la certificación del escribano ante el cual haya sido otorgada dicha escritura, del cual resulte la fecha y número de ésta y el importe del impuesto pagado. No gozarán de esta exención los nuevos documentos que se otorguen para renovar las obligaciones cumplidas a su vencimiento. |
El documento expedido a los fines de su inscripción en el Registro Nacional de la Propiedad Automotor, como título de propiedad del automotor. |
Las transferencias de empresas y las transmisiones de domino, cuando las mismas se efectúen en concepto de aporte de capita a una sociedad. |
Los actos y contratos en los que se instrumenten operaciones de venta de bienes de capital nuevos y de producción nacional destinados a inversiones en actividades económicas que se realicen en el país. |
Los contratos de locación de inmuebles con destino a viviendas en los términos del artículo 1507 del Código Civil. Para acogerse a los beneficios que otorga la presente ley, la valuación fiscal del inmueble objeto de la locación no podrá superar el monto que fije la Ley Impositiva anual, 2009 $30.000 y 2010 $36.000. |
Elevo
así este proyecto de ley de Presupuesto General de
Dios guarde a Vuestra Honorabilidad.