FUNDAMENTOS DE LA

 

LEY 13899

 

HONORABLE LEGISLATURA:

 

Se somete a consideración de Vuestra Honorabilidad el proyecto de ley que se adjunta para su sanción, a través del cual se propician medidas tributarias que buscan sustituir el artículo 2 e incorporar un segundo párrafo al artículo 3 de la Ley № 13.562, a los efectos de precisar los alcances del texto de dicha ley.

Dichas medidas contemplan la exención al fideicomiso Central Termoeléctrica Manuel Belgrano y a la Central Eléctrica ubicada en la ciudad de Campana, Provincia de Buenos Aires, del pago de todo gravamen provincial que recaiga sobre sus actividades, sus bienes y los actos y contratos que instrumente.

De igual modo se buscar otorgar un beneficio tributario respecto del impuesto sobre los Ingresos Brutos para los contribuyentes del gravamen por la venta o locación de bienes y prestaciones de obras y servicios facturadas directamente al fideicomiso.

Asimismo se establece que se fideicomiso deberá suministrar la información que le sea requerida a la Dirección Provincial de Rentas, en la forma, modo y condiciones que esa repartición disponga a los fines de verificar la procedencia de los beneficios.

A mérito de las condiciones vertidas es que se solicita de ese Honorable cuerpo la pronta sanción del proyecto adjunto.

Dios guarde a Vuestra Honorabilidad.