LEY 13502
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTICULO 1.- Declárese Bien de Interés Histórico Cultural perteneciente al Patrimonio Cultural de la Provincia de Buenos Aires en los términos de la Ley 10.419 y su modificatoria 12.739, al monumento al Caballo Criollo ubicado en la Avenida Nuestra Señora de Luján y Chávez, en la Plazoleta Gato y Mancha, de la ciudad de Luján.
ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo