DECRETO 1355/90
LA PLATA, 4 de MAYO de 1990.
VISTO el presente Expediente 2.200-19.943/89, por el que Policía gestiona la prórroga por 90 días de la aplicación del Decreto 2.621/89, cuya vigencia fuera prorrogada por los Decretos 4.501/89 y 21/90, referente al reempadronamiento de las armas de uso civil en la Provincia de Buenos Aires, y
CONSIDERANDO:
Que dicha solicitud se formula con la finalidad de seguir cubriendo los aspectos legales que pudieran presentarse y por continuar con la captación de recursos genuinos propios y, asimismo, por el cobro de comisión por la emisión de giro a cargo del usuario y el arancel correspondiente al REPAR, lo que causa una reticencia en el público;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
ARTICULO 1º: Prorrógase la vigencia por el término de noventa (90) días del Decreto 2.621/89, cuya aplicación fuera prorrogada por los Decretos 4.501/89 y 21/90, referente al reempadronamiento de las armas de uso civil en la Provincia de Buenos Aires, en virtud de las razones expuestas en el considerando del presente Decreto.
ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno.
ARTICULO 3º: Regístrese, comuníquese, dése al Boletín Oficial y archívese.