DECRETO 1180/89

 

La Plata, 14 de marzo de 1989.

 

VISTO el Expediente 2716-348/88 y agregado sin acumular el 2716-394/88, del Ministerio de Asuntos A­grarios y Pesca, por el cual la Dirección de Conservación de Ambientes Naturales, solicita la asignación del régimen horario de cuarenta y cinco (45) horas semanales de labor, para el personal afectado a las Estaciones de Cría de Animales Sal­vajes y Aves Silvestres, del Departamento Flora y Parques Provinciales dependiente de la citada Dirección; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que, la mencionada Repartición expo­ne a fs. 1/4 y fs. 11/12, las razones que fundamentan dicha petición, dadas las características particulares de los servicios que cumplen en tales Estaciones;

 

Que, han tomado intervención la Dirección Provincial del Presupuesto (fs.7) y la Dirección de Ad­ministración Contable (fs.15), manifestándose en forma favorable en relación al aspecto presupuestario;

 

Que, en idéntico sentido, se han expedido la Dirección General del Personal de la Provincia (fs. 17/18) y la Comisión Asesora de Política Salarial del Sector Público (fs. 19);

 

Por ello,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

D E C R E T A

 

ARTICULO 1.- Asignar, en Jurisdicción VII - MINISTERIO DE ASUNTOS AGRARIOS Y PESCA-, la jornada laboral de cuarenta y cinco (45) horas semanales de labor, al personal de las Esta­ciones de Cría de Animales Salvajes y Aves Silvestres del Departamento Flora y Parques Provinciales dependientes de la Di­rección de Conservación de Ambientes Naturales.

 

ARTICULO 2.- Otorgar, en Jurisdicción VII - MINISTERIO DE ASUNTOS AGRARIOS y PESCA - la jornada laboral de cuarenta y cinco (45) horas semanales de labor al personal de la Direc­ción de Conservación de Ambientes Naturales que se detallan en la Planilla Anexa, la que pasa a formar parte integrante de este acto.

 

ARTICULO 3.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Asuntos Agrarios y Pesca, interino.

 

ARTICULO 4.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Bo­letín Oficial y archívese.

 

 

NOTA: La planilla anexa puede ser consultada en nuestro sitio web en su versión PDF.