Fundamentos de la Ley 13343
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La sífilis es una enfermedad causada por una bacteria llamada Treponema Pallidum y se transmite por contacto sexual, sangre y transmisión vertical. La consecuencia de la transmisión vertical es la sífilis congénita. La sífilis congénita es la que la madre infectada transmite a su hijo durante el embarazo produciendo la infección “in útero”. Esta bacteria pasa al feto a través de la sangre materna que llega por el cordón umbilical produciendo lesiones generalmente, a partir del cuarto mes de gestación. La infección se produce en el 75% de los casos, de los cuales la mortalidad es del 40% donde el feto no llega al parto o nace muerto. En los recién nacidos vivos pueden darse manifestaciones: precoces y tardías. En la sífilis congénita precoz se presentan al momento de nacer o antes de los dos años de vida. Son habitualmente graves, de tratamiento costoso y con riesgo de vida. En la sífilis congénita tardía las lesiones se presentan en la infancia y en la adolescencia. Esta enfermedad representa uno de los desafíos más importantes de la salud pública, dado que es la única patología dentro de las enfermedades de transmisión sexual (ETS), que puede ser erradicada con control sanitario. Esta situación queda expresada en el informe de la Organización Panamericana de la Salud (OPS) “Eliminación de la sífilis congénita en América Latina y el Caribe: Un objetivo alcanzable”, donde manifiesta que en América Latina y el Caribe, la sífilis congénita es un problema de salud pública severo y sub-notificado, y que un caso de sífilis congénita representa una falla en los programas de salud. Asimismo expone que, sólo en estudios recientes ha sido posible hacer una estimación más precisa de la magnitud del problema y se calcula que en la región, 330.000 mujeres embarazadas que tenían una prueba positiva para sífilis, no reciben tratamiento durante el control prenatal. Aunque el estadío de la enfermedad es un factor determinante, se estima que de estos embarazos nacen 110.000 niños con sífilis congénita y un número similar resulta en aborto espontáneo. La provincia de Buenos Aires mantiene sus tasas de infección en los últimos años, las que fueron publicadas en el boletín del Programa de Prevención y Control del VIH/Sida/ETS. La información de la red de laboratorios de la provincia de Buenos Aires, permite inferir que la real tasa de infección en sífilis, oscila entre el 1% y el 3%. En la actualidad, las pruebas diagnósticas para sífilis que deben prescribirse en el 1, 3 y 7 de gestación son simples y rápidas, pudiendo utilizarse en consultorios externos. El tratamiento con penicilina puede darse a madres y niños siendo un fármaco económico y disponible en los centros de toda complejidad. Por tanto, la erradicación de la sífilis congénita es costo-efectiva dado que las pruebas diagnósticas y el tratamiento tienen un costo ínfimo y solo requiere de capacitación al equipo de salud y apoyo logístico básico. Por todo lo expuesto, es que solicito a los señores senadores, me acompañen con su voto favorable en el presente proyecto de ley.
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