DEPARTAMENTO DE INFRAESTRUCTURA,
VIVIENDA Y SERVICIOS PUBLICOS
DECRETO 2227
VISTO: El Expediente Nº 2400-4718 de 2004 del Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos, relacionado con el dictado del Decreto nº 3082/04 a través del cual se encomienda al Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos la confección de los proyectos y ulterior construcción de obras municipales de carácter hidráulico; y
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario modificar las obras y montos establecidos en el Anexo I de la norma citada teniendo en cuenta las prioridades de ejecución de obras públicas orientadas al mejoramiento de la calidad de vida de sus habitantes;
Que la adopción de tales medidas llevará a resolver de manera definitiva la problemática generada por la falta de ejecución de tales emprendimientos;
Que los trabajos públicos que se impulsan han sido requeridos y consensuados con los municipios beneficiarios, comprometiéndose ese Departamento de Estado a llevar adelante todas las acciones;
Que a fs. 23 toma intervención el Fondo Fiduciario para el Desarrollo del Plan de Infraestructura Provincial;
Que en consecuencia procede dictar el pertinente acto administrativo;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE
DE
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Sustitúyese el Anexo 1 del Decreto 3.082/04 por el Anexo I que forma parte integrante del presente.
ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos.
ARTÍCULO 3º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y vuelva al Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos para su conocimiento y fines pertinentes. Cumplido archívese.
SOLA
E. Sicaro
Anexo 1
Nº: 1
Partido:
Nº: 2 Partido: GRAL. MADARIAGA - MAR CHIQUITA. Obra: Mejoramiento del Canal Nº 5 entre Hm. 50 a Hm. 69 - 1 Etapa - Monto: $ 400.000.
Nº: 3 Partido: LAS FLORES, Las Flores. Obra: Limpieza del Canal Pago de Oro al Arroyo Cementerio - I Etapa - Monto: $ 400.000.