FUNDAMENTOS DE LA
LEY 9541
Es una permanente preocupación del Gobierno de la Provincia el logro de una mayor eficiencia administrativa. Uno de los medios empleados es la descentralización de las funciones, derivando la ejecución en lo posible, a los lugares de afectación.
La ley adjunta es un caso concreto de dicho propósito. Existe un organismo (C.O.R.F.O.-Río Colorado) con asiento en Pedro Luro, Partido de Villarino, con amplias facultades de realización y una estructura preparada para ello con tareas específicas de fomento del valle Inferior del Río Colorado en sus múltiples aspectos; delegarle la responsabilidad de la colonización en su zona de influencia no hace más que integrar los principios de su cometido.
La Ley 7948 y su Decreto Reglamentario número 2448 ya contemplan la posibilidad y es por el artículo 35 de la primera que toma a su cargo la administración del riego y el Poder de la Policía en el área de su competencia.
La modificación de la Ley de Ministerios acentúa la necesidad propuesta y es ésta una solución de sólida y dinámica aplicación.
La transferencia patrimonial determinada en el artículo 2 es una consecuente de la resolución principal.