DECRETO- LEY 9709/81


LA PLATA, 16 de JUNIO de 1981.


VISTO lo actuado en el expediente número 2203-774.624/79 y el Decreto Nacional número 877/80; en ejercicio de las facultades legislativas conferidas por la Junta Militar,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,

SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE


LEY


ARTICULO 1: Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación un inmueble ubicado en la ciudad de Billinghurst, jurisdicción del Partido de General San Martín, designado catastralmente como: Circunscripción III, Sección V, Manzana 24, Parcela 19-a, cuyo dominio figura inscripto en el Registro de la Propiedad al Folio 13.190/B/Fº 374/910, .D.H. Fº 2.090/47 y Fº 5734/48 del citado Partido, a nombre de MARTINEZ Y RONCORONI, Sofía María y Vicente Ricardo, respectivamente, o de quien o quienes resulten ser sus legítimos propietarios.


ARTICULO 2: El inmueble que se expropia por el artículo anterior, será destinado al funcionamiento de dependencias policiales.


ARTICULO 3: El gasto que demande el cumplimiento de esta Ley, será atendido con cargo a la siguiente imputación presupuestaria: Presupuesto 1980 -prorrogado 1981-: Carácter 1- Jurisdicción 3- Unidad de Organización 6- Item 17- Finalidad 2- Función 01- Programa 3- Sección 2- Sector 5- Partida Principal 8- Subprincipal 3- Categoría 2.


ARTICULO 4: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.