DECRETO- LEY 9709/81
LA PLATA, 16 de
JUNIO de 1981.
VISTO lo actuado en
el expediente número 2203-774.624/79 y el Decreto Nacional número 877/80; en
ejercicio de las facultades legislativas conferidas por la Junta Militar,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY
ARTICULO
1: Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación un inmueble
ubicado en la ciudad de Billinghurst, jurisdicción del Partido de General San
Martín, designado catastralmente como: Circunscripción III, Sección V, Manzana
24, Parcela 19-a, cuyo dominio figura inscripto en el Registro de la Propiedad
al Folio 13.190/B/Fº 374/910, .D.H. Fº 2.090/47 y Fº 5734/48 del citado
Partido, a nombre de MARTINEZ Y RONCORONI, Sofía María y Vicente Ricardo,
respectivamente, o de quien o quienes resulten ser sus legítimos propietarios.
ARTICULO
2: El inmueble que se expropia por el artículo anterior, será destinado
al funcionamiento de dependencias policiales.
ARTICULO
3: El
gasto que demande el cumplimiento de esta Ley, será atendido con cargo a la
siguiente imputación presupuestaria: Presupuesto 1980 -prorrogado 1981-:
Carácter 1- Jurisdicción 3- Unidad de Organización 6- Item 17- Finalidad 2-
Función 01- Programa 3- Sección 2- Sector 5- Partida Principal 8- Subprincipal
3- Categoría 2.
ARTICULO
4: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial
y archívese.