FUNDAMENTOS DE LA
LEY 9947
Por la presente se introduce una modificación a la Ley 8271 –Colegio de Bioquímicos de la Provincia de Buenos Aires-.
La reforma tiene por objeto elevar de dos a cuatro años el tiempo de duración en sus funciones de los miembros del Consejo Directivo Central y de los Colegios Zonales de dicha Institución.
De esta manera, se reducen considerablemente los elevados gastos originados en las asiduas convocatorias electorales, la recepción de votos, escrutarlos y ponerlos en conocimiento de la Asamblea, como así también en el costo de las certificaciones de firmas de los avalistas y de los candidatos que se propicien, y que son solventados con recursos propios del Colegio, provenientes de los aportes efectuados por los profesionales matriculados.
Asimismo se ha tenido en cuenta que en la normativa de otros organismos profesionales, el término de duración de los mandatos ha sido fijado coincidentemente en cuatro (4) años, lapso mínimo estimado para que el cuerpo directivo pueda cumplir acabadamente con un programa acorde al mejoramiento institucional.