FUNDAMENTOS DE LA

LEY 9564

 

La Ley Nacional número 19019, dispuso la restitución del dominio de bienes a los Partidos Políticos, -declarados vacantes por la Ley Nacional 16910- y que por imperio de la Ley nacional 17207 habían pasado a propiedad del Consejo Nacional de educación o de los organismos educacionales provinciales, según sea el lugar de ubicación de los mismos.

La norma dispuso la restitución libre de todo gasto a quienes los tuviesen inscriptos a su nombre en los registros respectivos al 28 de junio de 1966.

La legislación vigente en la Provincia no contempla exenciones impositivas para las transferencias de dominio de bienes inmuebles, situados en su jurisdicción, que se restituyen a los mismos en virtud del dictado de la Ley Nacional 19109. Por ello, ante la necesidad de una adecuación con la legislación nacional en el caso que nos ocupa y en virtud de sus facultades en materia impositiva, el Estado Provincial procede a la sanción de la presente, en adhesión a la Ley Nacional 19109.