FUNDAMENTOS DE LA
LEY 9564
La Ley Nacional número
19019, dispuso la restitución del dominio de bienes a los Partidos Políticos,
-declarados vacantes por la
Ley Nacional 16910- y que por imperio de la Ley nacional 17207 habían
pasado a propiedad del Consejo Nacional de educación o de los organismos
educacionales provinciales, según sea el lugar de ubicación de los mismos.
La norma dispuso la restitución
libre de todo gasto a quienes los tuviesen inscriptos a su nombre en los
registros respectivos al 28 de junio de 1966.
La legislación vigente en la Provincia no contempla
exenciones impositivas para las transferencias de dominio de bienes inmuebles,
situados en su jurisdicción, que se restituyen a los mismos en virtud del
dictado de la Ley
Nacional 19109. Por ello, ante la necesidad de una adecuación
con la legislación nacional en el caso que nos ocupa y en virtud de sus
facultades en materia impositiva, el Estado Provincial procede a la sanción de
la presente, en adhesión a la
Ley Nacional 19109.