DECRETO-LEY 9515/80

 

LA PLATA, 2 de ABRIL de 1980.

 

VISTO lo actuado en el expediente número 2203-774.994/79 y ­la autorización otorgada mediante la Instrucción número 1/77, artí­culo 1, apartado 4.2. de la Junta Militar; en ejercicio de las fa­cultades legislativas por ella conferidas,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble ubicado en la localidad de Florida, Partido de Vicente López, nomenclado según Catastro como: Circunscripción II, Sección G, Manzana 4, Parcela 25; inscripto su dominio en el Folio 2173/70 del citado Partido a nombre de JORGE COLOMBO, JUANA COLOMBO, PIERINA MARÍA COLOMBO y TERESA COLOMBO, de propiedad ­de los nombrados o de quién o quiénes fueren sus actuales titulares de dominio.

 

ARTÍCULO 2.- El inmueble descripto en el artículo anterior, será ­destinado a dependencia policial.

 

ARTÍCULO 3.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, será atendido con cargo a la siguiente imputación presupuestaria: PRESUPUESTO GENERAL EJERCICIO 1979, prorroga­do a 1980 - EROGACIONES DE CAPITAL - Carácter 1 - Jurisdicción 03 - Unidad de Organización 6 - Ítem 17 - Finalidad 2 - Función 01 - Sección 2 - Sector 5 - Programa 3 - Partida Principal 8 - Partida Subprincipal 3 - Partida Parcial 2.

 

ARTÍCULO 4.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y­ Boletín Oficial y archívese.