DECRETO-LEY 10118/83
La Plata, 6 de diciembre de 1983.
VISTO lo actuado en el expediente número 2200-7371/83 y el Decreto Nacional número 877/80; en ejercicio de las facultades legislativas conferidas por la Junta Militar,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY
ARTICULO 1.- Sustitúyese el artículo 18 de la Ley 9551 -Ley Orgánica de
la Policía de la Provincia- modificada por Ley 9754, por el siguiente:
”Artículo 18.- La designación recaerá en un Oficial Superior de la más alta
jerarquía en actividad o en retiro de la Policía de la Provincia de Buenos
Aires.
La designación, en el cargo de Jefe de Policía, traerá aparejado el ejercicio de la administración de la Justicia de Faltas, conforme las prescripciones que rigen la ley en la materia.”
ARTICULO 2.- La presente Ley comenzara a regir al día siguiente de su
publicación.
ARTICULO 3.- Cúmplase, Comuníquese, publíquese, dése al Registro y
Boletín Oficial y archívese.