FUNDAMENTOS DE LA

LEY 9127

 

La presente ley califica de utilidad pública y sujetas a expropiación, las fracciones de lotes que constituyen los contrafrentes de dos inmuebles linderos al predio en el que funciona el Hospital Municipal de Pilar.

La expropiación tiene como destino específico la ampliación de las instalaciones del referido nosocomio, con miras al mejoramiento de su infraestructura edilicia, beneficio que redundará en un mejor servicio de sanidad a la comunidad que asiste.