DECRETO-LEY 10038/83

 

La Plata, 26 de setiembre de 1983

 

VISTO lo actuado en el expediente número 2900-20.322/81 y el Decreto Nacional número 877/80; en ejercicio de las facultades legislativas conferidas por la Junta Militar,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTICULO 1.- Fíjase como nuevo destino con el carácter de utilidad pública como causa expropiatoria para el inmueble fiscal ubicado en Gonnet, jurisdicción del Partido de La Plata, designado catastralmente como: Circunscripción III, Sección A, Chacra 16, Fracción I, Parcela 5-b, compuesto de una superficie de doce mil doscientos quince metros cuadrados (12.215 m2.), e inscripto su dominio, en mayor superficie, al Folio 5840, año 1955, del Registro del Partido citado, el de funcionamiento de establecimiento hospitalario.

 

ARTICULO 2.- Aféctase al uso del Ministerio de Salud, la fracción de tierra fiscal descripta en el artículo anterior con el destino en él indicado.

 

ARTICULO 3.- El movimiento patrimonial que se produzca será denunciado en la próxima actualización con intervención de los Registros Patrimoniales respectivos.

 

ARTICULO 4.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.-