FUNDAMENTOS DE LA
LEY 9773
Por la presente, se prorroga -para
todos los períodos del año 1981- la vigencia de la ley 9656 que adoptó para el
cobro de los servicios que presta
Ante la necesidad del cobro de dichos servicios en las localidades de Ayacucho, Dolores, Mar del Plata, General Guido, Labardén, Maipú, Fair y Parravicini, en las que aún no se ha implementado su municipalización, y considerando la magnitud operacional que significa adecuar -a corto plazo- el régimen actualmente en vigor, al sistema de imposición utilizado por la provincia, el Estado Provincial sanciona la presente ley, en la que se ha previsto, además, la modificación de los coeficientes que estableciera la ley 9656 para el año 1980.