DECRETO-LEY 9043/78

 

LA PLATA, 8 de MAYO de 1978.

 

VISTO lo actuado en el expediente número 2100-15091/77 y la autorización otorgada mediante la Instrucción número 1/77, artículo 1, apartado 4.2. de la Junta Militar; en ejercicio de las facultades l­egislativas por ella conferidas,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Derógase la Ley número 8289.

 

ARTÍCULO 2.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Bo­letín Oficial y archívese.