DEROGADA POR LEY 10437

 

DECRETO-LEY 10010/83

 

LA PLATA, 15 de agosto de 1983.

 

VISTO lo actuado en el expediente número 2100-17.430/83 y e1 Decreto Nacional número 877/80; en ejercicio de las facultades  legislativas conferidas por la Junta Militar,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

L E Y

 

ARTICULO 1.-  Desaféctase de su destino originario -reserva de uso púb1ico- el inmueble fiscal ubicado en 1a localidad ­ de City Be11, nomenc1ado catastra1mente como: Circunscripción VI- ­Sección H -Quinta 42; inscripto su dominio al folio nº 297 del año 1921 del Partido de La Plata.

 

ARTICULO 2.-  Dónase al Arzobispado de La Plata el bien descripto en el artículo anterior, para ser destinado al desarrollo de actividades educativas, espirituales y anexas.

 

ARTICULO 3. - Si se cambiare el destino establecido en el artículo anterior, se producirá la revocación de la dona­ción y reversión del dominio a la Provincia, con todo lo planta­do y adherido al suelo, sin derecho a reclamo e indemnización ­alguna por las mejoras introducidas

 

ARTICULO 4.- Extiéndase por ante la Escribanía General de Gobierno  la pertinente escritura de protocolización de las ac­tuaciones administrativas, con la sola comparecencia del represen­tante legal del donatario.

 

ARTICULO 5.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese