DECRETO-LEY 9957/83

 

LA PLATA, 6 de junio de 1983.

 

VISTO lo actuado en el expediente número 4044-131/71 y el Decreto Nacional número 877/80; en ejercicio de las facultades legislativas conferidas por la Junta Militar,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

 

L E Y

 

ARTICULO 1.-  Déjase sin efecto el cargo que le fuera impuesto a la Municipalidad de General Las Heras con motivo de la donación efectuada por la Ley 8387.

 

ARTICULO 2.- Deróganse los artículos 2, 3 y 4 de la Ley 8387.

 

ARTICULO 3.-  Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.