FUNDAMENTOS DE LA

LEY 9385

 

En expediente número 2400-8528/79, el Arzobispado de La Plata solicitó al Ministerio de Obras Públicas la donación de diversos materiales para ser utilizados en la construcción de la casa parroquial de “Nuestra Señora de Luján”, sita en la calle 60 entre 27 y 28 de la ciudad de La Plata.

La Dirección de Arquitectura, dependiente del nombrado Departamento de Estado manifiesta poseer los materiales requeridos.

Posteriormente, al darse la intervención que le compete a la Contaduría General de la Provincia y dictaminar los Organismos Legales Asesores correspondientes, hacen notar que la norma legal en vigencia no contempla disposición alguna que autorice donaciones de bienes muebles que han sido adquiridos con un fin específico (artículo 47 de la ley de Contabilidad número 8864) por lo que, toda excepción que se pretenda realizar en ese sentido requiere la sanción de una ley que así lo disponga.

Por tal motivo y dada la especial naturaleza de la Institución peticionante como la indudable importancia de las obras a realizar, es que se ha dictado la presente ley.