FUNDAMENTOS DE LA
LEY 9385
En expediente número
2400-8528/79, el Arzobispado de La
Plata solicitó al Ministerio de Obras Públicas la donación de
diversos materiales para ser utilizados en la construcción de la casa
parroquial de “Nuestra Señora de Luján”, sita en la calle 60 entre 27 y 28 de
la ciudad de La Plata.
La Dirección de
Arquitectura, dependiente del nombrado Departamento de Estado manifiesta poseer
los materiales requeridos.
Posteriormente, al darse la
intervención que le compete a la Contaduría General de la Provincia y dictaminar
los Organismos Legales Asesores correspondientes, hacen notar que la norma
legal en vigencia no contempla disposición alguna que autorice donaciones de
bienes muebles que han sido adquiridos con un fin específico (artículo 47 de la
ley de Contabilidad número 8864) por lo que, toda excepción que se pretenda
realizar en ese sentido requiere la sanción de una ley que así lo disponga.
Por tal motivo y dada la especial
naturaleza de la
Institución peticionante como la indudable importancia de las
obras a realizar, es que se ha dictado la presente ley.