FUNDAMENTOS DE LA
LEY 9791
La ley que se sanciona, declara de utilidad pública y sujetos a expropiación tres (3) inmuebles ubicados en la localidad de Santos Lugares, Partido de Tres de Febrero, con destino al funcionamiento de la Escuela Nº 46 de dicho Distrito.
No habiendo prosperado las tratativas tendientes a concretar la compra directa de los bienes de que se trata y dado que resulta imprescindible contar con la titularidad de dominio de los mismos a fin de enervar una eventual acción de desalojo por parte de sus propietarios, es que se concreta su adquisición por el presente procedimiento.
Atento lo expuesto y teniendo en cuenta que la educación es un servicio que debe ser atendida en forma prioritaria, se sanciona la presente ley en un todo de acuerdo con los objetivos tendientes al desarrollo cultural de la comunidad.