FUNDAMENTOS DE LA
LEY 9074
El Estado Nacional, transfirió a la Provincia, mediante la Ley 17.878, las escuelas denominadas Lainez, existentes en el territorio provincial. Dicha transferencia fue homologada mediante el dictado en el orden provincial de la Ley 7479 por la cual se aprobó el respectivo convenio de transferencia de servicios de enseñanza primaria.
Entre los inmuebles transferidos se incluyó el referente a la Escuela Provincial número 47 “Profesor Juan Octavio Gauna” (ex–Lainez 222) ubicada en la ciudad de Caseros, Partido de Tres de Febrero, el cual por razones de trámite administrativo, aún no ha sido inscripto a nombre del Estado Provincial.
En virtud de la iniciativa del Ministerio de Cultura y Educación de la Nación, de erigir en el predio, el Centro Nacional de Educación Media de Caseros, el Gobierno de la Provincia, adhiriéndose a la misma, procede mediante el dictado de la ley adjunta a reintegrar al Estado Nacional, una parcela de la fracción cedida en su oportunidad, para que de esa manera se pueda concretar la construcción mencionada.
Asimismo, con intervención de la Escribanía General de Gobierno, se procede a regularizar la situación dominial del inmueble ocupado por la Escuela Provincial anteriormente citada.