FUNDAMENTOS DE LA

LEY 9545

 

 

 

Por la ley adjunta, se otorgan facilidades para el pago del impuesto de sellos (Ley 9420, a los actos y contratos que celebre la firma COPETRO S.A.

La citada firma, tiene como objetivo esencial la construcción y operación de una planta de calcinación de coque residual de petróleo (“coque verde”) e infraestructura ferroviaria y portuaria para la recepción, clasificación, acopio y carga a buques y planta de coque verde y calcinado.

Esta importante obra estará ubicada dentro de la jurisdicción del puerto de Ensenada, a cuyo efecto esa firma celebrará un contrato de concesión de uso de una fracción de trece (13) hectáreas con la Administración General de Puertos propietaria del inmueble.

De acuerdo a los antecedentes suministrados, el monto de la inversión total del proyecto es de Veintisiete Millones (27.000.000.) de dólares, suma que será integrada por capitales extranjeros y nacionales.

El objetivo prioritario del proyecto es abastecer a la industria nacional del aluminio, que consume unas 70.000 toneladas anuales de coque de petróleo calcinado, con destino a la producción deanodos para la reducción electrolítica de la alúmina.

El resto de la producción (110/130.000 toneladas) se exportará mediante un convenio por el cual Great Lakes Export Sales Corporation a los precios del mercado internacional, garantizando el funcionamiento de la planta COPETRO S.A. a un ochenta y cinco (85%) por ciento de la capacidad instalada, como mínimo. Y.P.F. proveerá a COPETRO S.A. la totalidad del coque verde, mediante un contrato a largo plazo, a precios vinculados con el nivel de precios internacionales.

Asimismo, se señala que los equipos a utilizar se adquirirán en el país, salvo aquellos que por razones de tecnología, costos o plazo de entrega deban importarse.

La magnitud del proyecto queda demostrada por las instalaciones de recepción, acopio, carga y descarga, que tendrán una capacidad de 1.600.000 toneladas anuales, lo que permitirá asegurar la fluida y eficiente alimentación de la planta de COPETRO S.A. y la carga en buque del coque calcinado y de la totalidad de los excedentes exportables de coque residual de Y.P.F., actuales y Futuros. La utilización de estas instalaciones significaran para Y.P.F., de acuerdo a los argumentos esgrimidos por la empresa COPETRO S.A. una economía de dólares de 3 a 5 millones anuales, y eliminará en gran medida la contaminación ambiental causada por la acumulación de stock y los métodos actuales de transporte y carga del producto.

Uno de los aspectos de mayor importancia en materia Tecnológica es la utilización de controles automáticos y dispositivos que permitirán no sólo prevenir y evitar la contaminación ambiental, sino también solucionar los problemas que al respecto se originan en este momento por el transporte de coque residual.

Finalmente cabe señalar, que las autoridades nacionales han manifestado sumo interés en la materialización del proyecto, y a través de la Comisión Permanente de Planeamiento del Desarrollo de los Metales Livianos (COPEDESMEL), del Ministerio de Defensa, de la Subsecretaría Técnica de la Secretaría de Estado de Desarrollo Industrial, etc., motivando al Poder Ejecutivo Nacional a dictar el Decreto Nº 2785/78, que declara de interés nacional el mismo.