FUNDAMENTOS

DE LA LEY 9391

 

La presente ley fija como nuevo destino con el carácter de utilidad pública como causa expropiatoria para la fracción de terreno a que se hace mención en el artículo 1, el de construcción del edificio donde funcionará el Centro Oncológico de Excelencia.

Por el artículo 2 se dona la fracción de terreno en cuestión a la Fundación Dr. José María Mainetti, para el Progreso de la Medicina, la cual asume la responsabilidad de la construcción del edificio donde funcionará el citado Centro.

El bien inmueble que se dona a la citada Fundación, pertenece al dominio de la Provincia de Buenos Aires, en virtud de la declaración de utilidad pública concretada mediante Decreto número 9241 de fecha 17 de mayo de 1949, acto administrativo que dio lugar a la promoción del correspondiente juicio expropiatorio, cuya causa judicial concluyó con la inscripción número 5840, de fecha 18 de agosto de 1955, a nombre del Fisco Provincial.

Atento la importancia que para la Provincia de Buenos Aires adquiere el funcionamiento del Centro Oncológico de Excelencia, organismo que unificará en un mismo ámbito físico y edilicio las actividades de la Escuela de Oncología de la Provincia, del futuro Instituto de Oncología y de la Fundación Doctor José María Mainetti para el Progreso de la Medicina, el Gobierno Provincial procede a sancionar la presente ley.