FUNDAMENTOS DE LA

LEY 8932

 

La ley adjunta dispone la donación a la Municipalidad de san Nicolás, de una fracción de tierra fiscal ubicada en la ciudad de San Nicolás, Partido del mismo nombre.

La aludida fracción, identificada catastralmente como: Circunscripción I, Sección D, Manzana 298c, Parcela 1 a, pertenece a la Provincia de Buenos Aires, con destino a calle.

Dicha Comuna requiere el mencionado inmueble a efectos de solucionar el problema planteado por la invasión a dicha calle por la edificación de la Manzana 298c, que integra el Barrio Obrero del citado Partido.

Por plano 98-129-74 se procedió a desafectar la fracción de calle a anexar, como asimismo, se tomó posesión del referido bien.

La Dirección de Planeamiento Territorial, dependiente del Ministerio de Obras Públicas, se expide en forma favorable en cuanto a la unificación de la Manzana 298c, con la superficie lindante destinada a vía pública, confeccionando el plano aprobado con característica 98-45-74, de mensura, unificación y nueva división.

Atento a la finalidad expuesta, el Estado Provincial accede mediante la sanción de la presente ley, al requerimiento interpuesto, previa desafectación de su destino originario e inscripción a favor de la Provincia de Buenos Aires.