GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Resolución Número: RESOL-2018-843-GDEBA-MIYSPGP
LA PLATA, 16 de Julio de 2018.
Referencia: 2400-3260/17 Alcance 14 s/ VR febrero, marzo y abril de 2018.
VISTO el expediente Nº 2400-3260/17 Alcance Nº 14 y agregado, y conforme lo previsto por el artículo 4° del Decreto Nº 2113/02, la Resolución Nº 404/07 del entonces Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos y sus modificatorias Nº 878/11, 972/11 y 475/16, los Contratos de Obra Pública regidos por la Ley Nº 6.021 redeterminarán sus montos con ajuste a la Tabla de Valores y Precios de referencia, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 4° del Decreto Nº 2113/02, establece que los valores de referencia a utilizar en las redeterminaciones de precios, serán confeccionados por la Dirección Provincial de Estadística del Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires;
Que por la Resolución Nº 475/16 se modificó el artículo 7º de la Resolución Nº 878/11, estableciéndose que la Tabla de Valores de Referencia de cada mes será aprobada por Resolución Ministerial;
Que dicha tabla contendrá los valores específicos que servirán de base para las Redeterminaciones de Precios de las obras, en función de los precios de referencia confeccionados por la Dirección Provincial de Estadística del Ministerio de Economía a partir de los datos publicados por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC), y en caso de ausencia de dichos índices, se deberán utilizar los índices publicados por la Dirección General de Estadísticas y Censos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el señor Director Provincial de Estadística del citado Ministerio ha remitido a ésta cartera ministerial los valores de referencia procesados por la citada Dirección correspondientes a los meses de febrero, marzo y abril de 2018;
Que las referidas tablas contienen los valores de un conjunto de insumos que sirven de base para las redeterminaciones de precios de Contratos de Obra Pública, a aplicar en la metodología implementada por el entonces Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos;
Que a fojas 6 y a fojas 11 del alcance Nº 15, agregado como folio 11, toma conocimiento la Comisión de Precios de este Ministerio;
Que a fojas 1 y a fojas 1 del precitado alcance 15 la Dirección Provincial de Redeterminación de Precios de Obra Pública se expide en el marco de su competencia;
Que en consecuencia deviene su aprobación conforme lo dispuesto en el artículo 7° de la Resolución N° 404/07, modificada por su similar Nº 475/16;
Que de conformidad con lo dictaminado por Asesoría General de Gobierno a fojas 13 y vuelta, lo informado por Contaduría General de la Provincia a fojas 14 y la vista de Fiscalía de Estado a fojas 15 y vuelta, corresponde el dictado del pertinente acto administrativo;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 21 de la Ley Nº 14.989 y 7° de la Resolución N° 404/07 – modificada por Resolución N° 475/16;
Por ello,
EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
ARTÍCULO 1°. Aprobar las Tablas de Valores y Precios de Referencia confeccionadas por la Dirección Provincial de Estadística del Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires, correspondientes a los meses de febrero, marzo y abril de 2018, aplicables a los contratos de Obra Pública regidos por la Ley Nº 6.021 y sus modificatorias, para la redeterminación de precios, conforme a lo previsto por el Decreto Nº 2113/02, el artículo 4° de la Resolución Nº 553/06 y el artículo 7° de la Resolución Nº 404/07 (modificada por Resoluciones Nº 878/11, 972/11 y 475/16), con excepción de los Contratos de Concesión de Obra, que como Anexos (IF-2018-10134520-GDEBA-DPCLMIYSPGP) e (IF-2018-11971073.-GDEBA-DTAMIYSPGP), respectivamente, forman parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2°. Registrar, notificar al señor Fiscal de Estado y comunicar. Cumplido, archivar.
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Roberto Gigante
Ministro de Infraestructura
y Servicios Públicos
C.C. 8089