Fundamentos de la

Ley 11737

 

            Tengo el honor de someter a consideración de esa Honorable Legislatura el presente proyecto de ley de reorganización de las distintas carteras que componen el Ejecutivo provincial en procura de una norma ágil y remozada que recoja la experiencia acumulada en la gestión que transcurriera en el período de cuatro años a punto de concluir.

            Ha sido precisamente este período el propicio para gestar un reordenamiento administrativo funcional imprescindible en beneficio a un alistamiento de la gestión administrativa y su instrumento, la estructura burocrática del Estado, no solo para afrontar el desafío natural del despliegue competencial tradicional sino también para las nuevas competencias transferidas.

            Ello, sumado a un proceso continuo de reforma de carácter cualitativo en procura de lograr una gestión que responda con eficacia y eficiencia a las crecientes demandas sociales, exige un remozamiento estructural que, en término de organización y normatización justifica el texto adjunto que se somete a consideración de la honorable legislatura provincial.

            Por ello es que se ha pensado en la reasignación de competencias entre algunos de los ministerios existentes la fusión de funciones a efectos de evitar duplicidades innecesarias e inconvenientes, así como la creación de un nuevo ministerio de asuntos agrarios resultado del desdoblamiento funcional del actual ministerio de la producción, en lo sucesivo de la producción y el empleo. En este aspecto, por un lado se ha pretendido jerarquizar la política de empleo en la Provincia y sus acciones conducentes fortaleciendo ese tópico en el ministerio citado. Y, por el otro, la creación del Ministerio de Asuntos Agrarios pretende revalorizar un aspecto tradicional en la política del gobierno provincial con una estructura acorde.

            Se intenta asimismo desconcentrar del ministerio de la familia y desarrollo humano la multiplicidad de funciones relativas al menor y la familia, desplazando esas competencias hacia un nuevo consejo provincial con atribución específica en materia de menores y ejercicio del patronato, con descentralización jerárquica, y hacia el consejo de la mujer al que se revaloriza y amplía al acordársele las atribuciones en esa materia y en la concerniente a la familia, el discapacitado y la tercera edad, procurando una respuesta integradora a cuestiones, sin duda, coligadas.

            Finalmente se adecuan los textos de distribución de competencias de las secretarias a la realidad institucional y, se crea una nueva secretaria de política ambiental que, en líneas generales recibe las competencias del Instituto Provincial homónimo al que viene a sustituir. Todo ello también en función de una mejor dinámica y más directa atención de las cuestiones relativas a esa área.

            Tales los lineamientos generales del proyecto sometido a consideración de esa honorable legislatura que, de sancionarse, permitirá a este Poder Ejecutivo afrontar con renovadas estructuras un nuevo período caracterizado por la profundización y consolidación de un proceso de reforma del estado iniciado con el que concluye.

            Dios guarde a Vuestra Honorabilidad.