LEY 12.378

El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires sancionan con fuerza de

LEY

Art. 1º - Reconócese el 13 de junio de 1906 como fecha de fundación del pueblo de Mechita, Cuartel II del Partido de Alberti y Cuartel III del partido de Bragado.

Art. 2º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los dos días del mes de diciembre del año mil novecientos noventa y nueve.

RAFAEL EDGARDO ROMA

Presidente H. Senado

José Luis Ennis

Secretario Legislativo H. Senado

ALEJANDRO R. MOSQUERA

Presidente H. C. Diputados

Juan Carlos López

Secretario Legislativo

H. C. Diputados

DECRETO 115

 

La Plata, 21 de diciembre de 1999.

Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al Registro y "Boletín Oficial" y archívese.

 

RUCKAUF

R. A. Othacehé

 

 

REGISTRADA bajo el número DOCE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y OCHO (12.378).

 

E. J. Caselli

A cargo

Secretaría Legal y Técnica