Decreto 1355/2019

La Plata, 17 de octubre de 2019

VISTO el EX-2018-29684160-GDEBA-DATJMCTI, por el cual tramita el traslado definitivo de Julieta ARANCEDO, con su cargo de revista, al Instituto de Obra Médico Asistencial, y

CONSIDERANDO:

Que por el presente Julieta ARANCEDO solicita su traslado definitivo, con el cargo de revista, al Instituto de Obra Médico Asistencial, Delegación Dolores, y fundamenta dicho pedido en razones de unidad familiar (Orden 86);

Que la interesada revista en el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación en un cargo de la planta permanente de la Ley N° 10.430, en el agrupamiento profesional, contador “C”, categoría 14, código-50031-VIII-2, con un régimen de treinta (30) horas semanales de labor en la Dirección de Contabilidad y Servicios Auxiliares;

Que tanto el Ministro de Ciencia Tecnología e Innovación como el Presidente del Instituto de Obra Medico Asistencial, toman conocimiento y prestan conformidad al movimiento que se gestiona (Orden 36 y 42);

Que la gestión encuadra en el artículo 24 de la Ley N° 10.430 (texto ordenado por Decreto N° 1869/96) y su Decreto reglamentario N° 4161/96;

Que procede modificar el resumen del número de cargos de la administración central, organismos descentralizados e instituciones de previsión social del presupuesto general ejercicio 2019, Ley N° 15.078, planilla N° 26;

Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Relaciones Laborales dependiente de la Subsecretaría de Capital Humano, la Dirección Provincial de Presupuesto Público dependiente del Ministerio de Economía y la Contaduría General de la Provincia;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1º. Efectuar, dentro del Presupuesto General Ejercicio 2019 – Ley Nº 15.078, Sector Público Provincial no Financiero, Administración Provincial, la transferencia de un (1) cargo de acuerdo con el siguiente detalle:

DÉBITO:

Jurisdicción 25: Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación PRG 002 - ACT 001 – UE 400 Finalidad 3 - Función 5 - Sub-Función 0 Fuente de Financiamiento 1.1 – Inciso 1 Partida Principal 1 – UG999 Régimen Estatutario 01 Grupo Ocupacional 05 (Profesional) un (1) cargo

CRÉDITO:

Jurisdicción 12: Instituto de Obra Médico Asistencial PRG 002 – ACT 001 – UE 317 Finalidad 3 – Función 1 – Sub-Función 0 Fuente de Financiamiento 1.2 – Inciso 1 Partida Principal 1 – UG 999 – Actividad 621 Régimen Estatutario 01 Grupo Ocupacional 05 (Profesional) un (1) cargo

ARTÍCULO 2º. Modificar, el resumen del número de cargos de la administración central y organismos descentralizados, del presupuesto general ejercicio 2019 – Ley N° 15.078, planilla anexa N° 26, de acuerdo con el siguiente detalle:

DISMINUCIÓN

ORGANISMO - MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN

PLANTA PERMANENTE..................................... un (1) cargo

AMPLIACIÓN

ORGANISMO - IOMA

PLANTA PERMANENTE.................................... un (1) cargo

ARTÍCULO 3º. Suprimir de la Jurisdicción 25 - Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, un cargo de la planta permanente de la Ley N° 10.430, agrupamiento profesional, contador “C”, categoría 14, código 5-0031-VIII-2, con un régimen de treinta (30) horas semanales de labor.

ARTÍCULO 4°. Incorporar a la Jurisdicción 12 - Instituto de Obra Médico Asistencial – Delegación Dolores-, un cargo de la planta permanente de la Ley N° 10.430, agrupamiento profesional, contador “C”, categoría 14, código 5-0031-VIII-2, con un régimen de treinta (30) horas semanales de labor.

ARTÍCULO 5°. Trasladar a la Jurisdicción 12 - Instituto de Obra Médico Asistencial – Delegación Dolores-, a partir de la fecha de notificación, a la agente Julieta ARANCEDO (DNI. 24.126.657 – Clase 1975) con su cargo de revista en la planta permanente de la Ley N° 10.430, en el agrupamiento personal profesional, contador “C”, categoría 14, código 5-0031-VIII-2, con un régimen de treinta (30) horas semanales de labor, proveniente del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, de conformidad el artículo 24 de la Ley N° 10.430 (texto ordenado por Decreto N° 1869/96) y su Decreto Reglamentario Nº 4161/96,

ARTÍCULO 6°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Ciencia, Tecnología e Innovación, de Salud, de Economía y de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 7°. Registrar, comunicar, publicar y dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar.

Jorge Román Elustondo, Ministro; Andres Roberto Scarsi, Ministro; Federico Salvai, Ministro; María Eugenia Vidal, Gobernadora