Decreto 751/2020

La Plata, 1 de septiembre de 2020

VISTO el Expediente N° 20652/2020 mediante el cual la Doctora María Isabel LANFRANCHI, eleva su renuncia al cargo de Agente Fiscal del Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil del Departamento Judicial Lomas de Zamora, y

CONSIDERANDO:

Que la Doctora María Isabel LANFRANCHI, fue designada Agente Fiscal del Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil del Departamento Judicial Lomas de Zamora, mediante Decreto N° 1030 del 6 de junio de 2008;

Que a fojas 5 del expediente citado en el exordio, la nombrada funcionaria ha presentado la renuncia a dicho cargo a los fines jubilatorios, solicitando que le sea aceptada a partir del 1° de agosto de 2020;

Que a fojas 14 ha tomado intervención la Dirección de Asesoramiento Técnico a la Presidencia en relación a los Organismos de la Constitución de la Suprema Corte de Justicia, señalando que no surgen actuaciones en trámite respecto de la Doctora LANFRANCHI;

Que a fojas 15 se expide la Secretaría Permanente del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios de la Provincia de Buenos Aires, informando que no obran actuaciones relacionadas con la mencionada funcionaria en el marco de la Ley N° 13.661 y sus modificatorias;

Que a fojas 27 la Subsecretaría de Justicia dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, informa que no ha recibido notificaciones en cuanto a la configuración del extremo indicado en el artículo 36 de la Ley N° 13.661, en relación a la Dra. LANFRANCHI;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1°. Aceptar, a partir del día 1° de agosto de 2020, a los fines jubilatorios, la renuncia presentada por la Doctora María Isabel LANFRANCHI (D.N.I. N° 13.935.526 – clase 1960) al cargo de Agente Fiscal del Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil del Departamento Judicial Lomas de Zamora.

ARTÍCULO 2°. El presente decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios en los Departamentos de Justicia y Derechos Humanos y de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 3°. Registrar, comunicar, notificar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.

Julio César Alak, Ministro; Carlos Alberto Bianco, Ministro; Axel Kicillof, Gobernador