DECLARANDO DE UTILIDAD PUBLICA Y SUJETO A EXPROPIACION INMUEBLE UBICADO EN BAHIA BLANCA PARA AMPLIACION DE LA ESCUELA N°61.
EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE
ARTICULO 1°: Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble ubicado en el partido de Bahía Blanca, designado catastralmente como: Circunscripción II, Sección D, Manzana 330 d, Parcela 24; inscripto su dominio al Folio 211/53 y Folio 2.091/60 a nombre de Nuñez, Baldomero y Seisdedos, María Dolores, Seisdedos de Marcucci, Sara Nieves, Seisdedos de Buide, María Teresa, Seisdedos Rubén Gregorio y Raúl y/o quien o quienes resulten ser sus legítimos propietarios.
ARTICULO 2°: El mencionado inmueble será transferido a la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, con destino a la ampliación edilicia de la Escuela N° 61 del partido de Bahía Blanca.
ARTICULO 3°: Autorízase al Poder Ejecutivo a realizar en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos para el ejercicio vigente, las adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias para el cumplimiento de la presente Ley.
ARTICULO 4°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.