Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE COORDINACIÓN Y GESTIÓN PÚBLICA
Resolución N° 82/16
La Plata, 16 de noviembre de 2016.
VISTO el Expediente Nº 24000-623/16, por medio del cual se propicia la aprobación del Convenio de Prestaciones de Servicios celebrado entre el Ministerio de Coordinación y Gestión Pública de la Provincia de Buenos Aires y “Bapro Medios de Pago S.A.”, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Convenio citado en el exordio de la presente, las Partes acuerdan la provisión de una prestación consistente en una solución integral comprensiva de la implementación y capacitación de Microsoft Exchange, con destino a la Subsecretaría para la Modernización del Estado;
Que el Ministerio abonará como contraprestación la suma total estimada de pesos dos millones ochenta y siete mil ochocientos noventa y cinco ($2.087.895), conforme cláusula cuarta, en las condiciones previstas en la cláusula sexta;
Que el Convenio que se propicia tendrá una vigencia de doce (12) meses, a contar desde la fecha de aprobación del presente Convenio;
Que la Dirección Provincial de Información y Tecnologías, como órgano rector en la materia, promueve las presentes actuaciones, con la finalidad de mejorar la eficiencia en el uso de los recursos y la economía en el cumplimiento de los objetivos de la jurisdicción y entidades del sector público, cuya gestión incumbe al Estado Provincial;
Que la Dirección de Contabilidad y Servicios Auxiliares procedió a la realizar la imputación presupuestaria pertinente;
Que han tomado intervención Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado;
Que la contratación propiciada se encuadra en el artículo 18 inciso 2 apartado a) de la Ley N° 13.981;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas en el Anexo II del Decreto Nº 1.300/16 Reglamentario de la Ley N°13.981;
Por ello,
EL MINISTRO DE COORDINACIÓN Y GESTIÓN PÚBLICA
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Aprobar el Convenio de Prestación de Servicios celebrado entre el Ministerio de Coordinación y Gestión Pública de la Provincia de Buenos, representado por su titular, Licenciado Roberto Gigante, y Bapro Medio de Pagos S.A, representado por su presidente, Ingeniero Raúl Piola, por el cual acuerdan la provisión de una prestación consistente en una solución integral comprensiva de la implementación y capacitación de Microsoft Exchange con destino a la Subsecretaría para la Modernización del Estado, que como Anexo Único forma parte de la presente.
ARTÍCULO 2°. Autorizar a la Dirección de Contabilidad y Servicios Auxiliares de la Dirección General de Administración de esta Jurisdicción, a solventar las erogaciones estipuladas en la cláusula cuarta del Convenio aprobado por la presente Resolución, de acuerdo a lo descripto en el Anexo Único del mencionado instrumento.
ARTÍCULO 3º. Las erogaciones que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1° será atendido con cargo a la siguiente imputación: Presupuesto General Ejercicio 2016 - Ley N° 14.807 – Sector Público Provincial – Administración Pública Provincial- Administración Central – Jurisdicción 1.1.1. 24., PRG 3, Finalidad 4, Función 2, Fuente de Financiamiento 11, Partida Principal 3, Subprincipal 4, Parcial 6. $640.095,00.-
La Dirección de Contabilidad y Servicios Auxiliares deberá adoptar los recaudos necesarios a efectos de contemplar en el ejercicio 2017 la inclusión de pesos un millón cuatrocientos cuarenta y siete mil ochocientos ($1.447.800).
ARTÍCULO 4º. Dejar establecido que la contratación dispuesta por el artículo 1°, queda bajo la exclusiva responsabilidad de los funcionarios que promueven la presente.
ARTÍCULO 5º. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar.
Roberto Gigante
Ministro de Coordinación
y Gestión Pública
CONVENIO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS
Entre Bapro Medios de Pago S.A., en adelante "Provincia Net", representada en este acto, por el Ingeniero Raúl Piola, con domicilio en la calle Reconquista N° 46 Piso 6° de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por una parte; y, por la otra, el Ministerio de Coordinación y Gestión Pública de la Provincia de Buenos Aires, en adelante el "MINISTERIO", representado en este acto por el Ministro de Coordinación y Gestión Pública, Licenciado Roberto Gigante, con domicilio en la calle 6 entre 51 y 53 de la Ciudad de La Plata, acuerdan celebrar el presente Convenio de Prestación de Servicios sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:
Primera: Objeto: "Provincia Net" se obliga a suministrar al "Ministerio", a través de la Subsecretaría para la Modernización del Estado, una prestación consistente en una solución integral comprensiva de:
- Implementación de Microsoft Exchange.
- Microsoft Exchange.
- Taller de Capacitación.
Segunda: articulación del Objeto: Provincia Net, proveerá al "Ministerio", a través de la Subsecretaría para la Modernización del Estado de la siguiente prestación:
1) Implementación de Microsoft Exchange
1.1.- Active Directory Alcance • Diseño infraestructura ADDS 2012 R2 • Lógico (Forest - Domains) • Físico (No requerido) • Arquitectura DNS • 1000 Users:
Instalación de 2 DCs.
1.2.- Microsoft Exchange Server Alcance • Diseño infra MS Exchange Server 2013 • 1000 Usuarios: 2 Servidor Exchange 2016 Multi Rol. • Alta de hasta 1000 usuarios.
Para la implementación de lo mencionado en este punto la infraestructura que se consumirá es la siguiente: Recurso Cantidad v CPU 10 RAM 56 Gb Disco 2.5 Tb
De acuerdo a los requerimientos de la Subsecretaria para la Modernización de la Provincia de Buenos Aires, se adjunta en la tabla los componentes de la infraestructura a brindar:
RECURSO CANTIDAD
vCPU 200
RAM 320
Disco 1 2 Tb
La prestación referida no incluye conectividad.
Tercera: Taller de Capacitación Especializado: Provincia Net proveerá al "Ministerio", a través de la Subsecretaría para la Modernización del Estado, el servicio de soporte técnico especializado mediante el cual se dictará un "Taller de Trabajo" que permitirá capacitar al personal de la Subsecretaría de Modernización en las nuevas tecnologías implementadas.
El taller mencionado consistirá en la transferencia del conocimiento fundamental en el arte referido, incluyendo técnicas, información, teorías, datos y conocimiento empírico de la materia1.
Cuarta: Precio: El "Ministerio" abonará a Provincia Net, en contraprestación por las obligaciones asumidas por esta última, bajo el presente acuerdo, una Contraprestación Única de pesos dos millones ochenta y siete mil ochocientos noventa y cinco ($ 2.087.895), compuesto por: 1) un cargo único de instalación de pesos Trescientos cincuenta mil quinientos treinta y cinco ($ 350.535.) y 2) un cargo mensual de pesos ciento cuarenta y cuatro mil setecientos ochenta ($ 144.780) por el plazo de doce (12) meses.
Quinta: Plazo de Vigencia y Rescisión: El presente Convenio tendrá una vigencia de doce (12) meses, a contar desde la fecha de aprobación del presente convenio por autoridad competente. El presente convenio podrá ser denunciado por cualquiera de "Las Partes", notificando fehacientemente a la otra con una anticipación no inferior a sesenta (60) días. La rescisión no dará derecho a indemnización o compensación alguna a favor de la contraparte, a excepción de los servicios que se hubiesen prestado a la fecha de la rescisión y no hubiesen sido abonados.
Sexta: Forma de Pago: Los pagos por los servicios prestados se efectuarán a mes vencido, mediante la presentación de la respectiva factura al "Ministerio", a través de transferencia a la cuenta corriente N° 618/5, sucursal 1000 (Casa Central) del Banco de la Provincia de Buenos Aires de titularidad de Bapro Medios de Pago S.A.
Séptima: Responsabilidad: Las partes contratantes no incurrirán en responsabilidad alguna si por motivos de casos fortuitos o fuerza mayor, ajenos a su control, ya sea por huelgas que afecten la producción y/o faltantes de material, y/o causales motivadas por Decretos, Resoluciones o Disposiciones oficiales, nacionales, provinciales o del Banco Central de la República Argentina, no pudiendo cumplir las obligaciones del presente. En tal caso, y mientras subsistiere ese estado de cosas, el presente quedará suspendido durante el lapso en que perduren los impedimentos que imposibiliten su cumplimiento, sin costos para las partes. Dichas causas deberán ser fehacientemente notificadas a la otra contraparte, dentro de las veinticuatro (24) horas de acaecido el evento.
Cuando la suspensión tenga una duración mayor de NOVENTA (90) días corridos, cualquiera de las partes podrá dar por rescindido el presente.
Octava: Confidencialidad: Las Partes se comprometen a tratar con carácter de confidencial y reservada toda información y/o documentos y/o imágenes que tenga en su poder relacionado con el objeto de este convenio y a restringir su utilización a los fines enunciados en éste.
A tal efecto, "Información Confidencial" incluye, pero no está limitado, a la información sobre programas y subprogramas, código fuente y objeto, secretos comerciales, diseños, tecnología, conocimientos, procesos, datos, ideas, técnicas, invenciones (patentables o no), modelos de negocios, planes de desarrollo de modelos de negocios, listas de contactos o clientes.
La obligación de confidencialidad se mantendrá durante el plazo de vigencia del presente y se extenderá por plazo de cinco (5) años contados desde su finalización por cualquier causa. La Parte incumplidora mantendrá indemne a la parte cumplidora frente a cualquier reclamo por daños y perjuicios que sean consecuencia de la violación o incumplimiento de cualquiera de Las Partes y/o de cualquiera de sus dependientes de la obligación de confidencialidad establecida.
Novena. Responsabilidad: La relación laboral y/o de subordinación del personal que designe y/o contrate "Provincia Net", para la ejecución del presente será exclusiva responsabilidad de ésta, sin generar obligación y/o responsabilidad alguna para "El Ministerio". Dicho personal no integrará la Administración Pública, ni le serán aplicables las disposiciones del estatuto para el empleado público y las de ningún otro régimen vigente en el territorio de la Provincia. No percibirán honorarios o compensación alguna de la Provincia, por las tareas realizadas en el marco de este Convenio y solo percibirán los honorarios o compensaciones que correspondan abonar de parte de "Provincia Net".
Asimismo, "Provincia Net" asume expresamente la obligación de mantener indemne al "Ministerio/Provincia de Buenos Aires" ante cualquier reclamo judicial o extrajudicial y/o administrativo relacionado, directa o indirectamente, ante cualquier presentación indistinta
de terceros, y/o de los empleados y funcionarios de este último, y/o del personal de "Provincia Net" por cualquier medio contratado por éstas, directa o indirectamente relacionados con la ejecución de los programas y actividades derivadas del presente.
Décima: Para todos los efectos legales, judiciales y extrajudiciales emergentes del presente contrato, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios del Departamento Judicial La Plata con competencia en lo Contencioso Administrativo, renunciando expresamente a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiere corresponderles.
Las Partes constituyen domicilio en los indicados en el encabezado del presente, únicos lugares donde serán válidas las notificaciones o citaciones que se practiquen.
Se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de La Plata, Provincia de Buenos Aires, a los 16 días del mes de noviembre del año 2016.
Roberto Gigante Raúl Piola
Ministro de Coordinación Presidente
y Gestión Pública BAPRO Medios de Pago S.A.
1 Del neologismo anglosajón “Know how”
C.C. 217966