DECRETO 1851/15
La Plata, 30 de noviembre de 2015.
VISTO el expediente nº 2423-2508/09, mediante el cual el Club de Gimnasia y Esgrima La Plata gestiona la regularización dominial de un inmueble ubicado en jurisdicción del Partido de Berisso, el Decreto-Ley Nº 9533/80, la le Ley Nº 11206, y
CONSIDERANDO:
Que a los efectos de regularizar la situación dominial el Club de Gimnasia y Esgrima La Plata ha solicitado la donación del inmueble en cuestión, con destino al cumplimiento de sus fines como entidad deportiva y social;
Que el pedido se funda en el Convenio Marco de Cooperación Asistencia Técnica y Saneamiento Jurídico de Predios de Entidades Deportivas, suscripto entre la Asociación del Fútbol Argentino y la Provincia de Buenos Aires;
Que el inmueble identificado catastralmente como Circunscripción V, Parcela 3995 a, se encuentra ocupado en parte por el Club de Gimnasia y Esgrima La Plata, destinándolo a la práctica del fútbol amateur e infantil y al funcionamiento de establecimientos educativos, constando inscripto en el Registro de la Propiedad a nombre del Estado Nacional Argentino;
Que según informe elaborado por el Consorcio de Gestión del Puerto de La Plata creado por Decreto Nº 1596/99, el inmueble se encuentra comprendido entre los bienes transferidos por el estado Nacional a la Provincia de Buenos Aires en los términos del “Convenio de Transferencia de Puertos Nación Provincia” ratificado por Ley Nº 11206;
Que mediante acta de Asamblea Extraordinaria “unánime” de la Administración General de Puertos Nº 41 de fecha 30 de noviembre de 1995, se transfirió el dominio de los puertos a la Provincia de Buenos Aires, entre los cuales se encuentra el Puerto La Plata, encontrándose pendiente su perfeccionamiento mediante los respectivos títulos registrales;
Que la Provincia de Buenos Aires otorgó al Consorcio de Gestión Puerto de La Plata el cumplimiento de los fines mencionados anteriormente, confiriendo este último un permiso de uso precario oneroso y revocable desde el mes de julio de 1992 a favor del Club de Gimnasia y Esgrima La Plata;
Que el artículo 25 inciso d) del Decreto-Ley Nº 9533/80, texto modificado por la Ley Nº 14461, establece que podrá efectuarse la transferencia en forma directa, en venta o donación, con exclusión del régimen de subasta pública y previa determinación del estado ocupacional, de los bienes pertenecientes al dominio privado provincial cuando lo requieran ocupantes que acrediten fehacientemente la erección de mejoras o construcciones permanentes con una antelación de tres (3) años a la fecha de la petición;
Que de acuerdo a lo manifestado por el Consorcio de Gestión Puerto de La Plata, el bien se halla ocupado por la institución deportiva desde el año 1992, situación que se corroboró con el relevamiento del lugar realizado por el personal del Área Física de la Dirección de Recursos Inmobiliarios Fiscales, que determinó el estado ocupacional del mismo y el estado de las construcción y mejoras realizadas;
Que se han expedido favorablemente las Áreas competentes del Ministerio de Economía, el Consorcio de Gestión Puerto del La Plata, el Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología y la Agencia de Recaudación de Buenos Aires (ARBA)
Que ha tomado intervención Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto-Ley Nº 9533/80 y el artículo 144 – proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Desafectar del uso público el inmueble identificado catastralmente como Circunscripción V, Parcela 3995 a, Partida (114) 37258 del Partido de Berisso, según croquis agregado como Anexo Único y que pasa a formar parte integrante del presente.
ARTÍCULO 2º.- Transferir a título gratuito el bien inmueble identificado en el artículo 1º del presente, donde se emplaza actualmente el complejo deportivo educacional “El Bosquecito”, a favor del Club de Gimnasia y Esgrima La Plata .
ARTÍCULO 3º.- Establecer que la presente donación se realiza con cargo de otorgarle como único destino la preparación deportiva de fútbol infantil y amateur y el dictado de clases de nivel primario y secundario de alumnos vinculados a le entidad deportiva.
ARTÍCULO 4º.- Instruir a la Gerencia General de Información y Desarrollo Territorial, dependiente de la Agencia de Recaudación de Buenos Aires (ARBA), en el marco de sus facultades y de conformidad con las pautas establecidas en el presente, la realización del plano de subdivisión del predio identificado en el artículo 1º.
Dejar determinado que los gastos que erogue la confección de los pertinentes planos de mensura y subdivisión estarán a cargo exclusivo del beneficiario de la donación que se instrumenta por el presente.
ARTÍCULO 5º.- Autorizar a la Subsecretaría de Coordinación con Estados y Organismos de Crédito Internacionales del Ministerio de Economía, a través de la Dirección Provincial de Recursos Inmuebles Fiscales del Ministerio de Economía, a formalizar la entrega de posesión del inmueble aludido al Club de Gimnasia y Esgrima La Plata.
ARTÍCULO 6º.- Dar intervención a la Escribanía General de Gobierno, a efectos de realizar los actos notariales de rigor para inscribir el inmueble objeto del presente en la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad a favor del Club de Gimnasia y Esgrima La Plata.
ARTÍCULO 7º.- Dejar establecido que en caso de incumplimiento del cargo estipulado, se operará la revocación de la donación y reversión del dominio a favor de la
Provincia de Buenos Aires, con todo lo plantado y adherido al suelo, sin derecho a reclamo e indemnización alguna por las mejoras introducida.
ARTÍCULO 8º.- El presente Decreto será refrendado por la Ministra Secretaria en el Departamento de Economía.
ARTÍCULO 9º.- Registrar, notificar al Fiscal de Estado, dar al Boletín Oficial, pasar a la Dirección Provincial de Recursos Inmobiliarios Fiscales. Cumplido, archivar.
NOTA: El Anexo ´Único puede ser consultado en nuestro sitio web en su versión PDF.
Silvina Batakis Daniel Osvaldo Scioli
Ministra de Economía Gobernador