LEY 5193
Biblioteca Popular Sarmiento de Lobería. (Subsidio)
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Acuérdase por una sola vez a la Biblioteca Popular Sarmiento de Lobería, la suma de cien mil pesos moneda nacional ($ 100.000m/n), que deberá destinarse a la construcción del edificio propio.
ARTÍCULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, se tomará de Rentas Generales con imputación a la misma.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.