DECRETO 2114/2024
LA PLATA, 29 de Septiembre de 2024
VISTO el expediente EX-2023-06561702-GDEBA-HZGAPVCMSALGP del Ministerio de Salud, por el cual tramita la designación de María Eva Soledad PEREYRA en el Hospital Zonal General de Agudos "Petrona V. de Cordero" de San Fernando, y
CONSIDERANDO:
Que atento lo establecido por la Resolución N° 3526/22 del Ministerio de Salud y la Disposición N° 285/22 de la Dirección Delegada de la Dirección Provincial de Personal ante el referido Ministerio, se formuló un llamado a concurso abierto de ingreso al escalafón de la Carrera Profesional Hospitalaria, de acuerdo con lo determinado en los artículos 5° y 21 inciso b) de la Ley Nº 10.471 y sus modificatorias, reglamentada por Decreto Nº 1192/91 y su ampliatorio Decreto Nº 1719/91 para cubrir, entre otros, un (1) cargo de Médico/a – Especialidad: Neonatología, en grado de Asistente y con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales guardia de labor en Hospital Zonal General de Agudos "Petrona V. de Cordero" de San Fernando;
Que, conforme al Acta Definitiva labrada por el jurado constituido a tales efectos, se seleccionó a María Eva Soledad PEREYRA para cubrir el cargo de la Planta Permanente de la Ley N° 10.471 y modificatorias detallado en el párrafo que antecede;
Que, en consecuencia, se propicia la designación de la citada agente, a partir del 22 de diciembre de 2022, quien reúne los recaudos legales, condiciones y aptitudes necesarios para desempeñar dicha función, por haber obtenido el puntaje necesario;
Que, a fin de obtener la vacante respectiva, se propicia limitar, a partir del 22 de diciembre de 2022, la designación con carácter interino de la profesional mencionada, en idénticos cargos, lugar de prestación de servicios y régimen horario, oportunamente formalizada mediante Resolución N° 3678/21 del entonces Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que la agente cuya designación se propicia se desempeña efectivamente en un establecimiento hospitalario del Ministerio de Salud, y dicha jurisdicción cuenta con el cargo necesario, de acuerdo con lo previsto en el Presupuesto General Ejercicio 2023 – Ley N° 15.394, prorrogado para el Ejercicio 2024 mediante Decreto N° 12/24;
Que, asimismo, la citada agente se encuentra alcanzada por los términos del Decreto N° 598/15, modificado por Decreto N° 1554/22, por el cual se declaró el desgaste laboral o agotamiento prematuro para el personal que presta servicios en los establecimientos asistenciales dependientes del Ministerio de Salud;
Que, por otra parte, por el artículo 4º inciso b) del Decreto - Ley Nº 9650/80 (texto ordenado por Decreto Nº 600/94), se estableció que el personal que realice tareas insalubres efectuará un aporte previsional mensual obligatorio del dieciséis por ciento (16 %) sobre la remuneración que perciba;
Que en virtud de lo establecido por Decreto Nº 2198/01, ampliado por Decreto N° 2868/02, María Eva Soledad PEREYRA debe efectuar el aporte previsional al que se alude en el acápite anterior.
Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público, la Dirección Provincial de Asuntos Jurídicos, dependiente de la Subsecretaría Legal y Técnica, ambas de Secretaría General, y la Dirección Provincial de Presupuesto Público dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Economía;
Que la gestión que se promueve se exceptúa de lo dispuesto en el primer párrafo del artículo 11 del Decreto 272/17 E y modificatorios, y se impulsa conforme los términos de los artículos 5°, 7° inciso 1), 21 inciso b), 26 y 50 de la Ley N° 10.471 y sus modificatorias, reglamentada por Decreto Nº 1192/91 y su ampliatorio Decreto Nº 1719/91;
Que, asimismo, la medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1°. Limitar, en la Jurisdicción 1.1.1.12 – MINISTERIO DE SALUD, a partir del 22 de diciembre de 2022, la designacion de María Eva Soledad PEREYRA (D.N.I. 31.655.814 – Clase 1985), como Médica – Especialidad: Neonatología, en grado de asistente, con carácter interino y un régimen de treinta y seis (36) horas semanales guardia en el Hospital Zonal General de Agudos "Petrona V. de Cordero" de San Fernando, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales, formalizada mediante Resolución N° 3678/21 del entonces Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, de conformidad con lo establecido en el artículo 50 de la Ley N° 10.471 y modificatorias.
ARTÍCULO 2°. Designar, en la Jurisdicción 1.1.1.12 – MINISTERIO DE SALUD, a partir 22 de diciembre de 2022, en un cargo de la Planta Permanente con Estabilidad de la Ley N° 10.471 y sus modificatorias, a María Eva Soledad PEREYRA (D.N.I. 31.655.814 – Clase 1985), como Médica – Especialidad: Neonatología, en el grado de Asistente y con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales guardia en el Hospital Zonal General de Agudos "Petrona V. de Cordero" de San Fernando, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales, conforme al Concurso Abierto de Méritos, Antecedentes y Evaluación, en los términos de lo establecido en los artículos 5°, 7° inciso 1), 21 inciso b) y 26 de la Ley N° 10.471 y modificatorias, exceptuando la medida de lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Decreto 272/17 E y modificatorios.
ARTÍCULO 3°. Dejar establecido que, a partir del 22 de diciembre de 2022, María Eva Soledad PEREYRA (D.N.I. 31.655.814 – Clase 1985), debe efectuar un aporte previsional mensual obligatorio del dieciséis por ciento (16%) sobre la remuneración que percibe, de conformidad con lo establecido por el artículo 4° inciso b) del Decreto - Ley N° 9650/80 (texto ordenado por Decreto N° 600/94), en virtud de lo establecido por Decreto Nº 2198/01, ampliado por Decreto N° 2868/02.
ARTÍCULO 4°. Atender el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el presente con cargo al Presupuesto General Ejercicio 2023 – Ley N° 15.394, prorrogado para el Ejercicio 2024 por Decreto N° 12/2024, de acuerdo al siguiente detalle: Jurisdicción 1.1.1.12 - MINISTERIO DE SALUD – Jurisdicción Auxiliar 00 – Unidad Ejecutora: 103 – Programa: 13 – Subprograma: 7 – Actividad: 1 – Ubicación Geográfica: 749 – Finalidad 3 – Función 1 – Subfunción 0 - Fuente de Financiamiento 1.1 – Inciso 1 - Partida Principal 1 – Parcial 0 – Régimen Estatutario 09 – Personal comprendido en la Carrera Profesional Hospitalaria.
ARTÍCULO 5°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud, Economía y Gobierno.
ARTÍCULO 6°. Registrar, comunicar y dar al SINDMA. Cumplido, archivar.
Nicolas Kreplak, Ministro; Pablo Julio López, Ministro; Carlos Alberto Bianco, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador.