LEY 5835

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Los bienes, acciones y créditos pertenecientes a la entidad “Sociedad de Socorros de San Isidro”, cuya personería jurídica fue cancela por Decreto del Poder Ejecutivo número 9885 de fecha 28 de mayo de 1951, pasarán a formar parte del patrimonio de la Municipalidad de San Isidro.

 

ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.