LEY 5606

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,

SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Declárase de utilidad pública la expropiación del edificio construido por la Asociación Escuelas y Patronatos, para el “Hogar de la Sagrada Familia”, en la localidad de Verónica, partido de Magdalena y su terreno correspondiente.

 

ARTÍCULO 2.- El Poder Ejecutivo destinará el inmueble para establecimiento educacional de niños huérfanos.

 

ARTÍCULO 3.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, que se declara de urgencia, será tomado de Rentas Generales.

 

ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.