DECRETO 2648/01

 

LA PLATA, 8 de NOVIEMBRE de 2001.

 

VISTO la Ley 12.727 y los Decretos N° 2082/01 y 2086/01, dictados en consecuencia, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que la ley citada tiende a impulsar la reestructuración del Estado, continuando el proceso de modernización ya iniciado, suprimiendo unidades orgánicas e incorporando sus competencias a organismos vinculados;

 

Que en función de ello, por el artículo 9° del mencionado Decreto N° 2082/01 se dispuso la eliminación, en un plazo de treinta (30) días, de la Administración General de Obras Sanitarias de la Provincia d e Buenos Aires (AGOSBA);

 

Que por Decreto N° 2086/01 se amplió el plazo antes referido a sesenta (60) días y se estableció la transferencia de sus misiones y funciones, como así también sus planteles básicos, a la órbita de la Autoridad del Agua y del Organismo Regulador de Aguas Bonaerense (ORAB), según corresponda;

 

Que con el propósito de no generar alteraciones en la previsión presupuestaria de la Administración General de Obras Sanitarias de la Provincia de Buenos Aires Residual contemplada en la Ley de Presupuesto del corriente año, se entiende conveniente modificar el plazo de sesenta (60) días del articulo 9° del Decreto N° 2086/01, prorrogándolo hasta el treinta y uno (31) de Diciembre de 2001 inclusive, fecha de agotamiento de la partida comprometida;

           

Que             habiéndose expedido favorablemente las Subsecretarias de Servicios Públicos y de Planificación y Control de Gestión del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, corresponde dictar el pertinente Acto Administrativo,

 

Por ello,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

DECRETA

 

ARTÍCULO 1.- Prorrógase el plazo establecido en el artículo 9° del Decreto N° 2082/01, modificado por su similar N° 2086/01, hasta el 31 de Diciembre del 2001.

 

ARTÍCULO 2.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios en los Departamentos de Gobierno y de Obras y Servicios Públicos.

 

ARTÍCULO 3.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y archívese.