DECRETO 2994/89
LA PLATA, 10 de JULIO de 1989.
VISTO el Decreto 320 de fecha 30 de diciembre de 1987, mediante el cual se crea en el ámbito del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, la Comisión de Política y Ordenamiento Hídrico Provincial; y
CONSIDERANDO:
Que dicha Comisión tiene como objetivo participar en la formulación del proyecto provincial de política y ordenamiento hídrico, estableciendo los programas y metas referidos al área de los recursos hídricos;
Que el citado Departamento de Estado solicita la modificación parcial de la aludida norma, a fin de adecuar su texto a la dinámica que se pretende infundir a la aludida Comisión;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Modifícanse los artículos 2º inciso 5º y 3º del Decreto 320/87, que quedarán redactados de la siguiente manera:
“Artículo 2.- 5) Coordinar las relaciones con los organismos provinciales vinculados directa o indirectamente con el Ministerio de Obras y Servicios Públicos.
Artículo 3.- La Comisión estará presidida por el señor Ministro de Obras y Servicios Públicos y contará con un Coordinador General, quien tendrá a su cargo las sub-comisiones técnicas que se constituyan, completándose mediante cláusula reglamentaria la integración de la misma”.
ARTÍCULO 2.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Obras y Servicios Públicos.
ARTÍCULO 3.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al “Boletín Oficial” y vuelva al Ministerio de Obras y Servicios Públicos para su conocimiento y fines pertinentes.