DECRETO 2994/89

 

LA PLATA, 10 de JULIO de 1989.

 

VISTO el Decreto 320 de fecha 30 de diciembre de 1987, mediante el cual se crea en el ámbito del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, la Comisión de Política y Ordenamiento Hídrico Provincial; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que dicha Comisión tiene como objetivo participar en la formulación del proyecto provincial de política y ordenamiento hídrico, estableciendo los pro­gramas y metas referidos al área de los recursos hídricos;

 

Que el citado Departamento de Estado solicita la modificación parcial de la aludida norma, a fin de adecuar su texto a la dinámica que se pretende infundir a la aludida Comisión;

 

Por ello,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- Modifícanse los artículos 2º inciso 5º y 3º del Decreto 320/87, que quedarán redactados de la siguiente manera:

 

“Artículo 2.- 5) Coordinar las relaciones con los organismos provinciales vinculados directa o indirectamente con el Ministerio de Obras y Servicios Públicos.

 

Artículo 3.- La Comisión estará presidida por el señor Ministro de Obras y Servicios Públicos y contará con un Coordinador General, quien tendrá a su cargo las sub-comisiones técnicas que se constituyan, completándose mediante cláusula reglamentaria la integración de la misma”.        

 

ARTÍCULO 2.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Obras y Servicios Públicos.

 

ARTÍCULO 3.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al “Boletín Oficial” y vuelva al Ministerio de Obras y Servicios Públicos para su conocimiento y fines pertinentes.