DECRETO 8339/87

 

La Plata, 15 de septiembre de 1987.

 

Visto el expediente 4052-30.704/86 por el que la Municipalidad de General Sarmiento incorpora a la Ordenanza nº 448/79 y sus complementarias la figura “Viviendas Mancomunadas”, y

 

CONSIDERANDO:

 

Lo establecido por el artículo 83 del Decreto-Ley 8912/77, según texto Decreto-Ley 10.128/83 y lo dictaminado por Asesoría General de Gobierno;

 

Por ello;

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- Apruébase la propuesta presentada por la MUNICIPALIDAD DE GENERAL SARMIENTO por la que se incorpora a la Ordenanza nº 448/79 y sus complementarias la figura “Viviendas Mancomunadas” conforme el proyecto de ordenanza obrante a fs. 17 del expediente 4052-30.704/86 que forma parte integrante del presente.

 

ARTÍCULO 2.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios en los Departamentos de Gobierno, de Economía y de Obras y Servicios Públicos.

 

ARTÍCULO 3.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y pase a la Subsecretaría de Asuntos Municipales a sus efectos.

 

NOTA: El Anexo puede ser consultado en nuestro sitio web en su versión PDF.