DECRETO 5463/89
LA PLATA, 30 de NOVIEMBRE de 1989.
VISTO el Decreto 5135 mediante el cual se fijan los sueldos básicos del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires en función de una equivalencia con los sueldos básicos de Justicia Nacional y el Decreto 3291 en el cual se suspenden dichas equivalencias hasta el 30 de noviembre de 1989; y
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno Nacional ha promulgado la Ley 23.697 donde en su artículo 45 establece criterios en materia de política salarial, invitando a las Provincias a dictar normas similares;
Que en el supuesto de no sancionarse dichas normas en el plazo que la misma Ley establece, “las Provincias no podrán percibir ningún tipo de aporte del Tesoro Nacional...”;
Que, en consecuencia, resulta oportuno suprimir paulatinamente aquellas normas que sean contradictorias con la política salarial fijada por el Gobierno Nacional;
Que, no obstante ello, es intención del Poder Ejecutivo, seguir avanzando en la jerarquización de la Justicia de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Amplíase el plazo de suspensión dispuesto en el artículo 1º del Decreto 3291, hasta el 31 de marzo de 1990.
ARTÍCULO 2.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios en los Departamentos de Gobierno y de Economía.
ARTÍCULO 3.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín Oficial”, pase a la Dirección Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y a la Contaduría General de la Provincia para su conocimiento y demás efectos.