Fundamentos de la Ley 14141
Se pone a consideración de los señores Legisladores el presente proyecto de ley, tendiente a actualizar el monto establecido en los arts. 278 y 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires. El principal objetivo que persigue esta reforma legal es restablecer el rol que le compete al máximo Tribunal de Justicia de la provincia, manteniendo el carácter extraordinario de su intervención. La suma de $ 25.000 establecida por la ley Nro. 11.593 como valor mínimo del agravio para interponer el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley (B.O. del 9 al 13/01/1995), ha devenido inactual con motivo de la derogación del régimen de convertibilidad y la modificación general del costo de vida. Es por ello que el presente proyecto de ley se propone no sólo actualizar dicho monto, cuyo objetivo es permitir regresar a la Suprema Corte de Justicia a su función natural, sino también incorporar un mecanismo que permita su fijación automática en términos de valor, a fin de evitar que la ley deba ser modificada en cada oportunidad que el mismo resulte desvirtuado por vicisitudes económicas. En otro orden, aprovechando la oportunidad y en aras de arrojar mayor claridad sobre las condiciones de admisibilidad del recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, el proyecto también modifica algunos aspectos terminológicos del mentado art. 278 del Código Procesal Civil y Comercial siguiendo la línea marcada por la jurisprudencia del máximo tribunal de justicia de la Provincia. En virtud de lo expuesto, se solicita a los señores Senadores se sirvan acompañar con su voto favorable el presente proyecto de ley.
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