LEY 471
Derogación del artículo 8º de la Ley 235 sobre venta de tierra pública en la Campaña.
EL SENADO Y CÁMARA DE REPRESENTANTES, ETC.
ARTÍCULO 1.- Derógase el artículo 8° de la Ley de 12 de octubre de 1858.
ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.