LEY 471

 

Derogación del artículo 8º de la Ley 235 sobre venta de tierra pública en la Campaña.

 

EL SENADO Y CÁMARA DE REPRESENTANTES, ETC.

 

ARTÍCULO 1.- Derógase el artículo 8° de la Ley de 12 de octubre de 1858.

 

ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.