DECRETO 1078/77
La Plata, 09 de mayo de 1977.
Visto el expediente 4102-351/76
por el que la
Municipalidad de San Antonio de Areco
gestiona se declare lugar histórico/provincial a la llamada “Posta de Morales”,
y
CONSIDERANDO:
Que ella integraba una de las
nueve primeras postas de la
Provincia de Buenos Aires que se incorporaron al Sistema de
Correos cuando éste se organizó oficialmente entre los años 1771/72;
Que las inmensas distancias que
caracterizan el actual territorio argentino, determinaron una constante
preocupación en los funcionarios coloniales, con el fin de lograr una efectiva
comunicación entre la zona del Río de la Plata, las provincias del Norte y la ciudad de
Lima-Capital del Virreinato del Perú así como también la conexión entre Buenos Aires,
Chile y Paraguay;
Que desde el 1º de julio de 1769,
cuando se incorpora definitivamente a la Corona el cargo Mayor de Indias, es entonces
cuando las postas habilitadas al sistema de Correos se convirtieron en un
servicio del Estado;
Que es un ineludible deber
preservar los lugares históricos que fueron testigos de hechos trascendentales
en la historia del país;
Atento los informes favorables de
la Dirección
de Museos, Monumentos y Lugares Históricos del Ministerio de Educación, la Dirección del Archivo
Histórico de la Provincia
y la Dirección
de Geodesia del Ministerio de Obras Públicas y lo dictaminado por la Asesoría General
de Gobierno.
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS
AIRES
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Declárase Lugar Histórico Provincial a la Posta de Morales,
individualizada catastralmente como Parcela 2 de la quinta 14, Sección C,
Circunscripción I, del Partido de San Antoni de Areco.
ARTÍCULO 2º.- El presente decreto será refrendado por los señores
Ministros Secretarios en los Departamentos de Gobierno y de Educación.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín
Oficial y archívese.