Decreto 1109/2019
La Plata, 13 de agosto de 2019
VISTO el expediente N° 2914-6546/16 del Instituto de Obra Médico Asistencial, por el cual se gestiona la designación de Vladimir Andrés WUIOVICH, en el cargo de Director Regional Saladillo, a partir del 16 de febrero de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 1166/00 se aprobó la estructura orgánico funcional del Instituto de Obra Médico Asistencial;
Que por el presente se propicia la designación de Vladimir Andrés WUIOVICH para ocupar el cargo de Director Regional Saladillo, a partir del 16 de febrero de 2016, quien reúne las condiciones de idoneidad necesarias para ejercerlo;
Que por Resolución N° 889/16 del Directorio se resolvió instar ante el Poder Ejecutivo la designación de Vladimir Andrés WUIOVICH, en el cargo de Director Regional Saladillo, a partir del 16 de febrero de 2016, y encomendar al funcionario referido las tareas inherentes a dicho cargo, a partir de la misma fecha;
Que el cargo se encuentra vacante en virtud de la renuncia presentada por Gerardo Rubén ZARANDONA, dispuesta por Decreto Nº 1309/16;
Que la gestión que se promueve se efectúa de conformidad con lo establecido en los artículos 107, 108 y 109 de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado Decreto Nº 1869/96), reglamentada por Decreto Nº 4161/96;
Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de
Relaciones Laborales dependiente de la Subsecretaría de Capital Humano, del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros y la Dirección Provincial de Presupuesto Público, dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Economía;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 - proemio - de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTICULO 1°. Designar en la Jurisdicción 11412, Jurisdicción Auxiliar 00, Entidad 200, INSTITUTO DE OBRA MÉDICO ASISTENCIAL, a partir del 16 de febrero de 2016, en el cargo de Director Regional Saladillo, a Vladimir Andrés WUIOVICH (DNI. 24.512.334, Clase 1976), de conformidad con lo establecido en los artículos 107, 108 y 109 de la Ley Nº 10.430, (Texto Ordenado Decreto Nº 1869/96), reglamentada por Decreto Nº 4161/96.
ARTÍCULO 2°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud y de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 3°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
Andres Roberto Scarsi, Ministro; Federico Salvai, Ministro; María Eugenia Vidal, Gobernadora