Provincia de Buenos Aires
ORGANISMO PROVINCIAL PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE
DIRECCIÓN EJECUTIVA
Resolución N° 31/17
La Plata, 3 de mayo de 2017.
VISTO el expediente Nº 2145-10327/16, la Ley Nacional Nº 25.916, las Leyes Provinciales Nº 11.723, Nº 13.592, Nº 14.803, Nº 14.805, el Decreto Nº 230/16, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el visto tramita la aprobación del Convenio Marco de Cooperación celebrado entre este Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible y la Municipalidad de Coronel Pringles;
Que el referido convenio tiene por objeto establecer entre las partes un amplio marco de colaboración a través del cual adoptar y arbitrar acciones dirigidas a mejorar la gestión integral de residuos sólidos urbanos en el territorio municipal, salvando escollos de índole económica, financiera y/o técnica;
Que este Organismo Provincial ejerce la autoridad de aplicación en materia ambiental en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, de conformidad con lo establecido por la Ley Nº 14.803 modificada por Ley Nº 14.805, promoviendo políticas de protección y conservación del ambiente para cada una de las etapas que integran la gestión de residuos;
Que en este sentido el convenio suscripto encuentra basamento en los principios y objetivos receptados en la Ley Provincial de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos y, específicamente, en la necesidad de alcanzar a nivel local una gestión de los mencionados residuos ambientalmente sustentable, técnica y económicamente factible y socialmente aceptable, de conformidad con lo establecido en la Ley Nacional Nº 25.916 y las Leyes Provinciales Nº 11.723 y Nº 13.592;
Que para materializar tales acciones las partes elaborarán un diagnóstico de situación de la actual gestión de los residuos sólidos urbanos en la jurisdicción municipal, que permita identificar y priorizar las mejoras necesarias, y desarrollarán, mediante Acuerdos Adicionales, diversas acciones vinculadas con la prevención y erradicación de basurales, la provisión de asistencia técnica, el fortalecimiento institucional de la gestión local de residuos sólidos urbanos, la concientización y educación ambiental en materia de residuos y la obtención de fuentes de financiamiento con destino o relacionadas con la optimización de la gestión integral de los residuos en cuestión;
Que han tomado intervención la Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado;
Por ello,
EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL DECRETO Nº 230/16, EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ORGANISMO PROVINCIAL
PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Aprobar el Convenio Marco de Cooperación en materia de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos celebrado el día 16 de junio de 2016 entre este Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible y la Municipalidad de Coronel Pringles, que como Anexo Único, integra la presente Resolución.
ARTÍCULO 2°. Dejar establecido que en los sucesivos actos (acuerdos, protocolos, adendas, etc.) que se suscriban como consecuencia del convenio que se aprueba, deberán tomar intervención cuando correspondiere, con carácter previo a su suscripción, los Organismos de Asesoramiento y Control, los que entrarán en vigencia a partir del dictado del pertinente acto aprobatorio.
ARTÍCULO 3°. Registrar, comunicar, notificar al Fiscal de Estado y a la Municipalidad de Coronel Pringles. Cumplido, archivar.
Ricardo Eduardo Pagola
Director Ejecutivo
NOTA: El Anexo Único podrá ser consultado en el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible.
C.C. 7713